Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-10410)
Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información en virtud del Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 69277

de forma automática con las otras Autoridades competentes la información obtenida en
aplicación de dichas normas y especificada en el apartado 3.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las Autoridades competentes de las
Jurisdicciones que confirmen que deben incluirse como Jurisdicciones con las que no
existe reciprocidad mediante notificación remitida conforme al artículo 7, apartado 1,
letra b), comunicarán, pero no recibirán, la información especificada en el apartado 3. Las
Jurisdicciones que no figuran como Jurisdicciones no recíprocas recibirán la información
especificada en el apartado 3, pero no enviarán dicha información a las Jurisdicciones
incluidas en dicho listado de Jurisdicciones con las que no existe reciprocidad.
3. La información que debe intercambiarse con respecto a cada persona sujeta a
comunicación de información de otra Jurisdicción es la siguiente:
a) el nombre, el domicilio, las Jurisdicciones de residencia, los NIF y el lugar y la
fecha de nacimiento (en caso de que se trate de una persona física) de cada Usuario
sujeto a comunicación de información y, en el caso de Entidades que, tras la aplicación
de los procedimientos de diligencia debida, se determine que tiene una o varias
Personas que ejercen el control que son personas sujetas a comunicación de
información, el nombre, el domicilio, las Jurisdicciones de residencia y el los NIF de la
entidad y el nombre, el domicilio, las Jurisdicciones de residencia, los NIF y la fecha y el
lugar de nacimiento de cada Persona que ejerce el control de la Entidad que sea
persona sujeta a comunicación de información, así como la función o funciones en virtud
de las cuales cada una de esas Personas sujetas a comunicación de información sea
Persona que ejerce el control de la entidad;
b) el nombre, la dirección y el número de identificación (si lo hubiera) del proveedor
de servicios de criptoactivos obligado a comunicar información;
c) para cada tipo de criptoactivo pertinente respecto del cual el proveedor de
servicios de criptoactivos obligado a comunicar información haya realizado operaciones
pertinentes durante el año natural pertinente u otro periodo de referencia pertinente:
i) el nombre completo del tipo de criptoactivo correspondiente;
ii) el importe bruto agregado pagado, el número agregado de unidades y el número
de operaciones pertinentes en relación con las adquisiciones a cambio de monedas
fiduciarias;
iii) el importe bruto agregado recibido, el número agregado de unidades y el número
de operaciones pertinentes en relación con las transmisiones a cambio de monedas
fiduciarias;
iv) el valor de mercado agregado, el número agregado de unidades y el número de
operaciones pertinentes en relación con las adquisiciones a cambio de otros
criptoactivos pertinentes;
v) el valor de mercado agregado, el número agregado de unidades y el número de
operaciones pertinentes en relación con las transmisiones a cambio de otros
criptoactivos pertinentes;
vi) el valor de mercado agregado, el número agregado de unidades y el número de
operaciones de pago minorista sujetas a comunicación de información;
vii) el valor de mercado agregado, el número agregado de unidades y el número de
operaciones pertinentes, desglosadas por tipo de transferencia cuando el proveedor de
servicios de criptoactivos obligado a comunicar información lo conozca, en relación con
las transferencias enviadas al usuario sujeto a comunicación de información no incluidas
en la letra c), incisos ii) y iv);
viii) el valor de mercado agregado, el número agregado de unidades y el número de
operaciones pertinentes, desglosadas por tipo de transferencia cuando el proveedor de
servicios de criptoactivos obligado a comunicar información lo conozca, en relación con
las transferencias realizadas por el usuario sujeto a comunicación de información no
incluidas en la letra c), incisos iii), v) y vi); y
ix) el valor de mercado agregado, así como el número agregado de unidades en
relación con las transferencias realizadas por el usuario efectuadas por el proveedor de

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Núm. 127