Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-10208)
Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.
90 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 68276

Disposición adicional duodécima. Reserva de contratos a centros especiales de empleo
de iniciativa social y empresas de inserción.
1. Los órganos de contratación de la Administración de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos deberán reservar la participación en
los procedimientos de adjudicación de contratos de servicios, suministros y gestión de
servicios públicos, o de determinados lotes de los mismos, a centros especiales de
empleo de iniciativa social y a empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13
de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan
con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración, o
reservar la ejecución de estos contratos en el marco de programas de empleo protegido.
A tal fin, se exigirá como condición que el porcentaje de personas trabajadoras con
discapacidad o en situación de exclusión social con que han de contar dichos centros
especiales de empleo, empresas de inserción y programas de empleo protegido respete
el mínimo previsto en su respectiva normativa de referencia. En ningún caso, dicho
porcentaje podrá ser inferior al 30 por ciento.
2. El importe global de los contratos reservados será como mínimo del 10 por
ciento del presupuesto total adjudicado en el ejercicio presupuestario inmediatamente
anterior en las áreas de actividad que se determinen.
3. Las áreas de actividad susceptibles de esta reserva y las condiciones mínimas
para garantizar su cumplimiento son las establecidas en el Acuerdo de 20 de diciembre
de 2016, del Consejo de Gobierno (DOCM n.º 248, de 23 de diciembre de 2016), sin
perjuicio de su posible modificación por dicho órgano a propuesta de la consejería
competente en materia de hacienda.
Disposición adicional decimotercera. Gestión de los créditos procedentes de la asignación
para fines sociales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La gestión mediante convocatoria pública de los créditos correspondientes a CastillaLa Mancha procedentes de la asignación para fines sociales en el Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas corresponderá al órgano directivo que determine la
persona titular de la consejería competente en materia de servicios sociales, sin perjuicio
de que en el procedimiento de valoración de las solicitudes se recaben los informes
pertinentes de los órganos gestores competentes en función de la materia.
Disposición adicional decimocuarta.
cultural en Castilla-La Mancha.

Crédito presupuestario destinado al porcentaje

El crédito presupuestario destinado al porcentaje cultural al que se refiere el
artículo 65 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La
Mancha, ascenderá, para el ejercicio 2025, a 1.461.031,29 euros, y será destinado
prioritariamente a la restauración de aquellos bienes culturales afectados por los efectos
de la depresión aislada en niveles bajos (DANA) acaecidos en nuestra región en 2024.
Disposición adicional decimoquinta. Contrataciones temporales de personal
investigador laboral y de personal técnico de apoyo a proyectos de investigación en
el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de
Castilla-La Mancha.
1. Los contratos de carácter temporal de personal investigador laboral y de
personal técnico de apoyo a proyectos específicos de investigación deberán financiarse,
al menos, en un 50 por ciento, con fondos finalistas I+d+i procedentes de otras
Administraciones públicas, o mediante fondos procedentes de contratos y convenios de
investigación con otras entidades públicas o privadas. El personal contratado conforme a
los mismos no ocupará puestos de trabajo integrados en la relación de puestos de
trabajo del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de
Castilla-La Mancha.

cve: BOE-A-2025-10208
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 124