Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-10038)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Tías a inscribir la escritura de adjudicación de inmueble por liquidación de una sociedad.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65990
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 11, 12, 1216, 1218 y 1280 del Código Civil; 18 y 20 del
Código de Comercio; 1, 3, 4 y 18 de la Ley Hipotecaria; 98 de la Ley 24/2001, de 27 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; 24.4 de la Ley del
Notariado; 1.2 y 4.1.c) del Reglamento (CE) n.º 593/2008 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales
(Roma I); 2.c) del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el
reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil; 36
del Reglamento Hipotecario; 5, 80 y 108 del Reglamento del Registro Mercantil; 143,
145, 148, 164, 165 y 166 del Reglamento Notarial; las Sentencias del Tribunal Supremo,
Sala de lo Contencioso-administrativo, de 20 de mayo de 2008 y, de la Sala de lo Civil,
de 29 de junio y 23 de septiembre de 2011, 20 y 22 de noviembre de 2018 y 1 de junio
de 2021; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado
de 14 de diciembre de 1981, 11 de junio de 1999, 4 de febrero de 2000, 12 de noviembre
de 2001, 21 de abril de 2003, 19 de febrero, 24 de marzo y 28 de diciembre de 2004, 5
y 7 de febrero, 1 de marzo, 7 de febrero, 2 de abril, 20 de mayo y 18 de noviembre
de 2005, 23 y 29 de mayo de 2006, 6 de noviembre de 2007, 13 de diciembre de 2010,
17 de enero, 9, 10, 11 y 22 de junio y 4 de agosto de 2011, 22 de febrero, 4 y 22 de junio,
5 de octubre y 6 de noviembre de 2012, 9 de enero, 24 de junio, 11 de julio y 31 de
octubre de 2013, 22 de febrero, 5 de marzo, 9 de mayo, 27 de febrero y 13 de
septiembre de 2014, 14 de mayo, 14 y 20 de julio, 7 de septiembre, 26 de noviembre
y 11 de diciembre de 2015, 10 de marzo, 25 de abril, 14 de septiembre, 10 y 25 de
octubre y 14 de diciembre de 2016, 5 de enero, 17 de abril, 25 de mayo, 1 de junio, 20
de julio y 13 de septiembre y 6 de noviembre de 2017, 12 de abril, 18 de septiembre y 7
de noviembre de 2018 y 8 de febrero, 10 de abril, 3 de julio, 17 de septiembre, 11 y 16 de
octubre y 18 de diciembre de 2019, y las Resoluciones de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública de 5 de febrero, 11 de marzo, 4 de junio y 31 de agosto
de 2020, 7, 23 y 29 de junio, 1 y 22 de julio, 8 de octubre y 8, 16 y 17 de noviembre
de 2021, 3 de enero, 14 de marzo, 11 abril, 6 y 11 de julio y 4 y 22 de noviembre
de 2022, 9 de marzo, 19 y 27 de abril, 9 y 22 de mayo, 2 y 26 de junio, 5 de julio, 21 de
septiembre y 15, 27 y 28 de noviembre de 2023, 21 de febrero, 26 de marzo, 28 de
mayo, 20 de junio y 25 de septiembre de 2024 y 4 de febrero de 2025.
1. El título objeto de la calificación impugnada es una escritura por la que se
formaliza la adjudicación de determinado inmueble en favor del socio único de una
sociedad estadounidense, domiciliada en el Estado de Delaware («Union Properties
Limited Liabilty Company»), mediante liquidación de dicha sociedad.
La escritura fue otorgada el día 10 de junio de 2024 por el ahora recurrente como
apoderado del socio único y liquidador de dicha sociedad, según escritura de poder que
se reseña, autorizada por el mismo notario el día 5 de octubre de 2023, quien, según
afirma, la considera «suficiente para la presente escritura de adjudicación por liquidación
de mercantil extranjera».
En la escritura calificada se expresa que dicha sociedad está «debidamente
constituida conforme a las leyes de su país, el día 28 de abril de 2005, e inscrita en el
Registro Mercantil de Delaware, Estados Unidos de América, con el número 396863
(…)». Se incorpora una certificación expedida el día 17 de enero de 2024 por el
secretario de Estado del Estado de Delaware (don Jeffrey W. Bullock), en la que consta
que la sociedad referida se encuentra debidamente constituida e inscrita bajo las leyes
de dicho Estado y que, en la fecha de expedición del certificado, se encuentra vigente.
Este documento tiene código seguro de verificación y está traducido y acompañado de
otra certificación expedida el día 24 de enero de 2024 por el «Jefe de Servicios
Societarios» del Estado de Dakota del Sur, don J. V. (cuya firma consta legitimada por un
notario de dicho Estado, con la correspondiente apostilla), traducida, que acredita que la
certificación anterior es copia auténtica del original.
cve: BOE-A-2025-10038
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 122
Miércoles 21 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65990
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 11, 12, 1216, 1218 y 1280 del Código Civil; 18 y 20 del
Código de Comercio; 1, 3, 4 y 18 de la Ley Hipotecaria; 98 de la Ley 24/2001, de 27 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; 24.4 de la Ley del
Notariado; 1.2 y 4.1.c) del Reglamento (CE) n.º 593/2008 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales
(Roma I); 2.c) del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el
reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil; 36
del Reglamento Hipotecario; 5, 80 y 108 del Reglamento del Registro Mercantil; 143,
145, 148, 164, 165 y 166 del Reglamento Notarial; las Sentencias del Tribunal Supremo,
Sala de lo Contencioso-administrativo, de 20 de mayo de 2008 y, de la Sala de lo Civil,
de 29 de junio y 23 de septiembre de 2011, 20 y 22 de noviembre de 2018 y 1 de junio
de 2021; las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado
de 14 de diciembre de 1981, 11 de junio de 1999, 4 de febrero de 2000, 12 de noviembre
de 2001, 21 de abril de 2003, 19 de febrero, 24 de marzo y 28 de diciembre de 2004, 5
y 7 de febrero, 1 de marzo, 7 de febrero, 2 de abril, 20 de mayo y 18 de noviembre
de 2005, 23 y 29 de mayo de 2006, 6 de noviembre de 2007, 13 de diciembre de 2010,
17 de enero, 9, 10, 11 y 22 de junio y 4 de agosto de 2011, 22 de febrero, 4 y 22 de junio,
5 de octubre y 6 de noviembre de 2012, 9 de enero, 24 de junio, 11 de julio y 31 de
octubre de 2013, 22 de febrero, 5 de marzo, 9 de mayo, 27 de febrero y 13 de
septiembre de 2014, 14 de mayo, 14 y 20 de julio, 7 de septiembre, 26 de noviembre
y 11 de diciembre de 2015, 10 de marzo, 25 de abril, 14 de septiembre, 10 y 25 de
octubre y 14 de diciembre de 2016, 5 de enero, 17 de abril, 25 de mayo, 1 de junio, 20
de julio y 13 de septiembre y 6 de noviembre de 2017, 12 de abril, 18 de septiembre y 7
de noviembre de 2018 y 8 de febrero, 10 de abril, 3 de julio, 17 de septiembre, 11 y 16 de
octubre y 18 de diciembre de 2019, y las Resoluciones de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública de 5 de febrero, 11 de marzo, 4 de junio y 31 de agosto
de 2020, 7, 23 y 29 de junio, 1 y 22 de julio, 8 de octubre y 8, 16 y 17 de noviembre
de 2021, 3 de enero, 14 de marzo, 11 abril, 6 y 11 de julio y 4 y 22 de noviembre
de 2022, 9 de marzo, 19 y 27 de abril, 9 y 22 de mayo, 2 y 26 de junio, 5 de julio, 21 de
septiembre y 15, 27 y 28 de noviembre de 2023, 21 de febrero, 26 de marzo, 28 de
mayo, 20 de junio y 25 de septiembre de 2024 y 4 de febrero de 2025.
1. El título objeto de la calificación impugnada es una escritura por la que se
formaliza la adjudicación de determinado inmueble en favor del socio único de una
sociedad estadounidense, domiciliada en el Estado de Delaware («Union Properties
Limited Liabilty Company»), mediante liquidación de dicha sociedad.
La escritura fue otorgada el día 10 de junio de 2024 por el ahora recurrente como
apoderado del socio único y liquidador de dicha sociedad, según escritura de poder que
se reseña, autorizada por el mismo notario el día 5 de octubre de 2023, quien, según
afirma, la considera «suficiente para la presente escritura de adjudicación por liquidación
de mercantil extranjera».
En la escritura calificada se expresa que dicha sociedad está «debidamente
constituida conforme a las leyes de su país, el día 28 de abril de 2005, e inscrita en el
Registro Mercantil de Delaware, Estados Unidos de América, con el número 396863
(…)». Se incorpora una certificación expedida el día 17 de enero de 2024 por el
secretario de Estado del Estado de Delaware (don Jeffrey W. Bullock), en la que consta
que la sociedad referida se encuentra debidamente constituida e inscrita bajo las leyes
de dicho Estado y que, en la fecha de expedición del certificado, se encuentra vigente.
Este documento tiene código seguro de verificación y está traducido y acompañado de
otra certificación expedida el día 24 de enero de 2024 por el «Jefe de Servicios
Societarios» del Estado de Dakota del Sur, don J. V. (cuya firma consta legitimada por un
notario de dicho Estado, con la correspondiente apostilla), traducida, que acredita que la
certificación anterior es copia auténtica del original.
cve: BOE-A-2025-10038
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 122