Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos. (BOE-A-2025-9930)
Resolución de 15 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 65589

Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación:
Alternativamente a la modalidad anterior, las personas aspirantes que así lo deseen
podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se
incluyen en el anexo III, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores
al plazo de finalización de presentación de solicitudes.
Aquellas personas aspirantes que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo
en el modelo 790, deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el
conocimiento de inglés.
Previamente a la celebración del ejercicio, el órgano de selección habrá de estudiar
la documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. En el
caso de que se detecte que la titulación presentada no cumple con los requisitos para la
acreditación de un nivel B1 o superior, publicará una relación de las personas aspirantes
que, debido a este motivo, deberán realizar el segundo ejercicio en la modalidad
presencial. Dicha relación se publicará con antelación suficiente a la fecha de realización
del segundo ejercicio.
Sin perjuicio de lo anterior, el órgano de selección, por la relevancia del documento y
ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la
documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso
selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento
indicado. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se
dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se
perderá el derecho a la realización del siguiente ejercicio.
6.6 Tercer ejercicio. Este ejercicio tiene el propósito de valorar en las personas
aspirantes: la capacidad de aplicar a un supuesto o conjunto de supuestos los
conocimientos incluidos en el programa (40 %); la capacidad de análisis, identificación y
resolución de la problemática planteada (40 %); y la capacidad para exponer los
contenidos por escrito con orden y claridad (20 %).
Consistirá en la resolución, por escrito, de un supuesto de contenido teórico-práctico
sobre las Materias específicas del programa recogido en el anexo I.
El ejercicio se realizará en una sola sesión y las personas aspirantes dispondrán de
tres horas para su realización, pudiendo utilizar únicamente los materiales, informaciones
y datos en soporte papel e informático que establezca el órgano de selección.
La resolución del supuesto será depositada en sobres. El órgano de selección
procederá a la apertura de sobres, a la corrección anónima de los ejercicios y a su
calificación.
Este ejercicio se calificará con un máximo de 50 puntos, siendo necesario obtener un
mínimo de 25 puntos para superar el ejercicio.
6.7 La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Curso selectivo y periodo de prácticas
6.8 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición y, deberán superar
un curso selectivo, que consistirá en un periodo de formación de carácter teórico
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 253/2024 de 12 de marzo (BOE del 13), por la que se desarrolla la estructura
orgánica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y se modifica el Real
Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de
oposición y tendrá una duración máxima de dos meses.

cve: BOE-A-2025-9930
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 121