Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-9799)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo de Airbus Defence and Space, SAU; Airbus Operations, SL, y Airbus Helicopters España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 17 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 64534

correspondientes niveles de estudios para aquellos colectivos donde el mismo pueda ser
aplicable y con el fin de fomentar el empleo joven.
Asimismo, para los casos en los que se utilice un contrato de formación en
alternancia que tiene como principal objetivo compatibilizar la actividad laboral retribuida
con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional,
los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema
Nacional de Empleo, resultará de aplicación lo estipulado en el artículo 11.2 del vigente
Estatuto de los Trabajadores, prevaleciendo esto, en todo caso, sobre la regulación
convencional en aquello en lo que pudiera entrar en contradicción.
2. Seguida o alternativamente a la utilización de un contrato formativo, cuando
medie necesidad de carácter estructural, se usará, como regla general, el contrato
indefinido. Ello así, sin perjuicio de que, en caso de tratarse de una nueva contratación,
se acuerde en el contrato de trabajo un periodo de prueba, conforme a los límites
legales, y con el fin de que las partes puedan comprobar si sus características,
circunstancias, aptitudes y expectativas satisfacen la relación laboral pactada.
3. No obstante, para el caso de que concurriesen necesidades de carácter
temporal, se podrán suscribir contratos por circunstancias de la producción, atendiendo
en todo caso a las características de este tipo de contrato y a los requisitos y limitaciones
legales del mismo. En concreto, cuando se trate de una necesidad de carácter ocasional
e imprevisible, la duración máxima será de seis meses, extensible a doce meses
conforme al convenio colectivo sectorial.
Del seguimiento de lo aquí estipulado se encargará la Comisión paritaria de vigilancia
del convenio colectivo, así como, las comisiones locales de convenio colectivo para la
vigilancia de la aplicación del convenio en sus respectivos centros de trabajo.
Con objeto de estudiar nuevas posibilidades de empleabilidad, las partes valorarán
otras figuras contractuales como por ejemplo el contrato indefinido a tiempo parcial,
cuando existan necesidades productivas que se ajusten a este tipo contractual. Con este
objetivo, las partes acuerdan que los contratos que pudieran realizarse respetarán un
mínimo del 40 % de la jornada anual general y un porcentaje máximo de 60 % de horas
complementarias A tal fin, las partes se comprometen a analizar y explorar esta y otras
figuras en los próximos meses desde la firma del presente Plan de Empleo.
I.

Bolsas de personas candidatas para la aplicación del VII Plan de Empleo.

Las partes coinciden en la validez de las bolsas de personas candidatas, en los
mismos términos que fueron acordadas y definidas en el VI Plan de Empleo, como
mecanismo para regular los procesos de contratación que pudieran realizarse.
Las indicadas Bolsas de personas candidatas continuarán rigiéndose por los
siguientes criterios:
II.A Modelo de Gestión.

– Zona Centro: incluyendo los centros de Getafe e Illescas.
– Zona Albacete. Esta bolsa será la de aplicación preferente para el centro de
Albacete; si bien, en caso de necesidad y de forma subsidiaria, se recurrirá a la bolsa de
la Zona Centro.
– Zona Sevilla.
– Zona Cádiz.
Estas bolsas de personas candidatas se conformarán con aquellas personas que
acrediten su capacitación respecto a los perfiles requeridos por la empresa para la ocupación
de posibles vacantes, contando con las competencias y titulaciones necesarias, valorándose
positivamente el contar con una estancia formativa en nuestras instalaciones.
Las personas que hayan prestado servicios para las empresas del Grupo y causen
baja (terminación de la duración del contrato) en la misma pasarán a formar parte, de

cve: BOE-A-2025-9799
Verificable en https://www.boe.es

Las Bolsas de personas candidatas serán definidas según las siguientes zonas: