Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-9799)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo de Airbus Defence and Space, SAU; Airbus Operations, SL, y Airbus Helicopters España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 17 de mayo de 2025
Artículo 58.
58.1

Sec. III. Pág. 64517

Política de subcontratación.

Objetivos:

– Armonizar el desarrollo de una descentralización o subcontratación productiva
eficaz, que haga conciliar la estrategia industrial con el interés social.
La rentabilidad de este proceso se ha de fundamentar en la eficacia y especialización
de las empresas, rechazando cualquier gestión basada en comportamientos
antisindicales y garantizando el cumplimiento de las vigentes normas de salud laboral y
medio ambiente. No podemos transferir riesgos ni diluir nuestra responsabilidad.
Entendiendo que, en la concienciación de las empresas, la responsabilidad social es
parte integrante de una gestión empresarial orientada en la creación de valores.
– Articular la transparencia y el rigor necesario que dé credibilidad y ayude a
comprender al conjunto de los que componemos nuestras empresas, las orientaciones
estratégicas en el nuevo marco global.
– Así como garantizar el mantenimiento de las capacidades, el conocimiento
tecnológico y las competencias consideradas estratégicas dentro de nuestras empresas,
dotando de las facultades necesarias a la Comisión de Subcontratación.
58.2

Definición subcontratación:

Los trabajos propios de subcontratación se pueden clasificar en función del tipo
(interna y externa) o en función de su naturaleza (estructural o coyuntural).
Interna.
Es aquella que se corresponde con la actividad principal de la empresa,
desarrollándose dentro de los centros de trabajo de esta última.
Utiliza equipos propios o paga un canon por la utilización de los de la empresa
principal.
Externa.
Es aquella que realiza trabajo aeroespacial propio de la actividad de la empresa
principal, pero que preferentemente desarrolla su trabajo fuera, pudiendo en una fase
final tener que desplazarse de forma temporal al centro de trabajo de la empresa
principal.
Naturaleza.
La subcontratación tanto externa como interna puede ser tanto estructural como
coyuntural.
Estructural.
Es aquella actividad que la empresa principal no realiza total o parcialmente, en
función del número de piezas a fabricar, materia prima, tecnología o precio, buscando
una empresa especializada que se encargue de su producción.

Es aquella que responde a unos procesos de trabajo que de manera puntual se
subcontratan temporalmente por razones coyunturales específicas.
Compras.
Es el encargo que bajo pedido contrato y a precio cierto se hace a una empresa que
fabrica lo requerido en sus centros de producción, adquiriéndose el producto terminado
sin mayor intervención en el proceso de fabricación, salvo los controles de calidad.

cve: BOE-A-2025-9799
Verificable en https://www.boe.es

Coyuntural.