Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-9618)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Saint-Gobain PAM España, SA.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 63534

por los días naturales que se indican y por las causas reguladas según la Ley
de Familias de 2023.
Fallecimiento Enfermedad grave Hospitalización

Intervención sin hospitalización
con reposo domiciliario

Matrimonio Nacimiento hijo/a

Cónyuge o pareja de hecho.

5

5

Hasta 5 días

Hasta 5 días

15



Hijo/a.

5

5

Hasta 5 días

5

1



Nuera/yerno.

2

2

Hasta 2 días

2





Padres.

5

5

Hasta 5 días

5

1



Suegro/a.

2

2

Hasta 2 días

2





Hermano/a.

5

5

Hasta 5 días

5

1



Cuñado/a.

2

2

Hasta 2 días

2

1



Abuelos.

5

5

Hasta 5 días

5





Abuelos políticos.

2

2

Hasta 2 días

2





Nieto/a.

5

5

Hasta 5 días

5





Tíos y tíos políticos.

1











Concuñados.

1











a) Excepto partos y reconocimientos médicos.
b) Un día por traslado de domicilio habitual.
c) Los permisos retribuidos incluidos en el cuadro anterior se ampliarán en dos días
cuando sea necesario realizar al efecto un desplazamiento superior a 200 km.
d) El tiempo necesario para exámenes de estudios oficiales.
CAPÍTULO VIII
Acción sindical

Se entiende por sección sindical de empresa al conjunto de trabajadores de su
plantilla afiliados a un mismo sindicato.
Todo sindicato legalmente constituido tiene derecho a organizar una sección sindical
reconocida por la Dirección, de acuerdo con lo indicado en la legislación al efecto. Este
reconocimiento lleva aparejados los derechos y obligaciones contempladas por la
legislación vigente.
Igualmente, los componentes de las Secciones Sindicales que obtengan
representación en el Comité de Empresa y órganos de representación de los
trabajadores dispondrán, en su conjunto, hasta un máximo de dieciséis horas de permiso
retribuidas al mes en el centro de Santander y de hasta un máximo de ocho horas en el
centro de Madrid. El uso de estas horas no será compatible con las que correspondan a
los miembros de la sección sindical por su condición de miembros del Comité de
Empresa.
Si existen necesidades, adecuadamente justificadas, se podrán conceder horas
retribuidas suplementarias.
Artículo 48. Comité de Empresa de centro trabajo Santander.
Sin rebasar el máximo legal, podrán ser utilizadas las treinta horas retribuidas de que
disponen los miembros del Comité de Empresa para la asistencia de los mismos a

cve: BOE-A-2025-9618
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 47. Secciones sindicales.