Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9455)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Fundación Industrias Creativas, para la colaboración en el desarrollo del espacio «Conexiones i» en el marco del Festival Bime y la internacionalización de la industria musical española en 2025 y 2026, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116

Miércoles 14 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 62936

Tercera. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se rige por lo establecido en
el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y, por tanto, se regirá por sus propias cláusulas, aplicándose
los principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse
en su interpretación y ejecución.
Cuarta.

Obligaciones del Ministerio de Cultura.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MCLT se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo:
1. Participar en el diseño, elaboración y realización del programa de actividades
referido en la cláusula segunda y en el anexo, comprometiéndose a participar
presencialmente en los actos de inauguración y/o clausura, así como a que un empleado
público del Ministerio intervenga en las actividades conjuntas.
2. Aportar la cantidad máxima de trescientos cincuenta mil euros (350.000 €) en la
totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, una vez ejecutadas y
justificadas
las
acciones
programadas
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 24.50.33XA.482.
3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
4. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
Obligaciones de la Fundación.

1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de las acciones promocionales previstas, informando al MCLT de las mismas.
2. Aportar la cantidad máxima de trescientos cuarenta y nueve mil euros (349.000 €)
en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, de conformidad con el
desglose indicado en el anexo.
3. Diseñar y ejecutar, conjuntamente con el MCLT, las actividades mencionadas en
la cláusula segunda y en el anexo, debiendo tener en cuenta todos los aspectos técnicos
necesarios para la correcta ejecución de las mismas.
4. Diseñar y aportar un programa de actividades detallado que recoja una
descripción de las acciones a realizar, así como una valoración de su impacto,
presupuesto y posible calendario de acciones. Este programa deberá presentarse ante el
MCLT y estará sometido a su aprobación.
5. Elaborar y aportar todos los elementos divulgativos y promocionales necesarios
para el adecuado desarrollo de las acciones contempladas en el presente convenio.
6. Incluir la imagen del MCLT acompañada del texto «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU» en las actuaciones promocionales de conformidad con lo
establecido en la cláusula octava.
7. Apoyar la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del
presente convenio.
8. Informar al MCLT previamente a su realización, mediante la entrega de una ficha
explicativa, de los calendarios de puesta en marcha y ejecución de cada una de las
actuaciones previstas.
9. Elaborar y presentar a la Comisión de seguimiento la documentación pertinente
para la justificación del cumplimiento de las acciones previstas en el convenio, con fecha
máxima de 15 de julio para las acciones en BIME Bogotá 2025, de 18 de noviembre para

cve: BOE-A-2025-9455
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.