Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9374)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Módulo de almacenamiento Talayuela II BESS, de 23,87 MW, para su hibridación con la planta solar fotovoltaica existente Talayuela II, de 44,55 MW de potencia instalada, en Talayuela (Cáceres)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 62481

La Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana de la
Junta de Extremadura señala que sería conveniente realizar un Estudio de Integración
Paisajística. El promotor, en la documentación adicional presentada, aporta dicho estudio
en el que, entre otras medidas, propone la utilización de una gama cromática acorde al
entorno natural en el que se instala el proyecto, y también una correcta gestión de
residuos durante su funcionamiento.
c.9

Patrimonio cultural.

El documento ambiental expone que, tras la consulta cartográfica de elementos
arqueológicos, culturales o etnográficos en la zona de actuación, no existen elementos
afectados por la futura implantación del proyecto «Talayuela II BESS». No obstante, el
promotor apunta que, de manera previa al inicio de las obras, realizará trabajos de
prospección a fin de determinar la presencia o ausencia de elementos del patrimonio en
la zona de emplazamiento. Además, establecerá una batería de medidas preventivas y
correctoras en función de los resultados obtenidos, estimando que la incidencia global
del proyecto sobre el patrimonio cultural y arqueológico será compatible.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de
Extremadura informa que la instalación de almacenamiento se ubica en el interior de la
parcela ocupada por una planta fotovoltaica operativa, y que ya fue objeto de
prospecciones. Informa que, con vistas a la protección del patrimonio arqueológico no
detectado durante los trabajos previos, que pudiera verse afectado por el proceso de
ejecución, se adoptarán una serie de medidas preventivas y compensatorias.
El promotor indica que se realizará un correcto seguimiento y se vigilará el
cumplimiento del condicionado previsto, así como aquellas medidas adicionales que
disponga la Administración autonómica competente.
Vulnerabilidad del proyecto.

El documento ambiental incluye un apartado de análisis de vulnerabilidad en el que
evalúa la probabilidad de ocurrencia de una serie de riesgos de diferente tipología, tales
como: inundaciones, sismicidad, vulcanismo, emanaciones de radón, peligros de origen
kárstico, movimientos de ladera, expansividad de arcillas, erosión, meteorología,
incendios forestales y peligros de origen antrópico. El promotor concluye que el índice de
los riesgos detectados es bajo (a excepción del riesgo meteorológico, que es medio).
Entre los riesgos inherentes a la instalación, menciona los relacionados con el
funcionamiento de las baterías. Indica que el tipo de baterías elegido ofrece una gran
estabilidad térmica, no obstante, las posibles afecciones pueden mitigarse mediante el
cumplimiento de normas de seguridad específicas, como el uso de sistemas de
protección contra incendios, la implementación de sistemas de gestión y monitorización
de baterías y el entrenamiento adecuado del personal. Por todo ello, considera que el
riesgo es bajo.
El Servicio de Medioambiente, Transición Ecológica, Agricultura y GanaderíaEconomía Verde y Circular de la Diputación de Cáceres informa que el promotor deberá
analizar adecuadamente los impactos de posibles episodios de contaminación por
sustancias tóxicas como el litioferrofosfato (LFP) en caso de potenciales accidentes, así
como el riesgo de incendio y sus posibles consecuencias. A su vez, propone incluir en el
proyecto un Plan de actuación en caso de emergencias.
La Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Junta de
Extremadura informa que el estudio relativo a la «Vulnerabilidad del Proyecto» frente a
los riesgos por accidentes graves y catástrofes no recoge todos los aspectos ni lo hace
con la amplitud necesaria que permita determinar los riesgos. Por ello, recomienda que
se complete analizando los riesgos meteorológicos (viento, tormentas eléctricas,
nevadas y temperaturas extremas) frente a catástrofes, y proponiendo, si fuera el caso,
medidas mitigadoras. También informa que, frente a accidentes graves, se deberá
evaluar la vulnerabilidad para las personas frente a sustancias peligrosas.

cve: BOE-A-2025-9374
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c.10