Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Patrimonio natural y de la biodiversidad. (BOE-A-2025-9192)
Orden TED/452/2025, de 5 de mayo, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; del Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras; y por la que se declara la situación crítica de «Fulica cristata» y «Galemys pyrenaicus» en España.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 61447
Demográfico ha recibido diferentes propuestas de un conjunto de administraciones y
otras entidades.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 56.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el Ministerio debe llevar a cabo de oficio la
inclusión, cambio de categoría o exclusión en el Listado, previa notificación a la Comisión
Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, de taxones o poblaciones
protegidas en los anexos de las normas o decisiones de la Unión Europea o en los
instrumentos internacionales ratificados por España.
Es el caso, por una parte, de los nuevos taxones incluido en el anexo II del Protocolo
sobre las Zonas Especialmente Protegidas y la Diversidad Biológica en el Mediterráneo
del Convenio para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación y de los
Protocolos anejos, hechos en Barcelona el 16 de febrero de 1976, según enmiendas
recogidas en la Decisión IG.23/10 de la 20.ª reunión de las Partes celebrada en Tirana
en diciembre de 2017 (BOE de 2 de agosto de 2019), así como las recogidas en la
Decisión IG.26/4 de la 23.ª reunión de las Partes, celebrada en Portoroz (Eslovenia) en
diciembre de 2023. Por otra parte, ello es también aplicable a las modificaciones del
apéndice I de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de
Animales Salvajes, hecha en Bonn el 23 de junio de 1979, según las enmiendas al
mencionado apéndice adoptadas en la 14.ª Conferencia de las Partes, celebrada en
Uzbekistán en febrero de 2024, que entraron en vigor el 17 de mayo de 2024.
Considerando lo expuesto, en lo referente a la protección legal de especies
amenazadas, y tras la aplicación, en su caso, de los criterios orientadores para la
inclusión de taxones y poblaciones en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, se
procede a la inclusión en el Catálogo de especies amenazadas, en la categoría «En
peligro de extinción» de las siguientes especies: en cuanto a la flora, el Nomevés
(Gyrocaryum oppositiflorum), el Pico paloma gomero (Lotus gomerythus) y el Dragoncito
de la Sierra de Gádor (Gadoria falukei); y en cuanto a los artrópodos, la Gambilusa
(Linderiella baetica), las mariposas Manto violeta (Lycaena helle) y Veloz balear
(Gegenes pumilio). Se incluye en la categoría «Vulnerable» el molusco Caracol chato de
Arguineguín (Monilearia arguineguinensis).
Respecto al Listado, se procede a la inclusión de las siguientes especies: en cuanto
a la flora, el Peralillo espino (Gymnosporia cryptopetala); en cuanto a la fauna
invertebrada de artrópodos: las mariposas Alpina de Sierra Nevada (Agriades zullichi),
Ajedrezada haltera (Pyrgus cinarae) y Ajedrezada amarilla (Pyrgus sidae); y, por último,
se incluye un ave, la Graja (Corvus frugilegus). Asimismo, se incluyen de oficio en el
Listado las poblaciones del Mediterráneo de cuatro especies de cnidarios: el Coral
amarillo (Dendrophyllia cornigera), el Coral naranja (Dendrophyllia ramea), el Coral
cresta de gallo (Desmophyllum dianthus) y el Coral bambú (Isidella elongata); en relación
a los peces, se incluyen de oficio las poblaciones del Mediterráneo de cuatro especies de
peces cartilaginosos o condrictios: la Raya toro (Aetomylaeus bovinus), la Raya marrón
(Bathytoshia lata), la Pastinaca (Dasyatis pastinaca) y el Gavilán lusitánico (Rhinoptera
marginata), así como todas las poblaciones del Tiburón toro (Carcharias taurus), cuya
población del Mediterráneo ya se encontraba incluida en el Listado.
En cuanto a especies que cambian de categoría dentro del Catálogo, pasan a «En
peligro de extinción» el resto de las poblaciones del mamífero Desmán Ibérico (Galemys
pyrenaicus), que se encontraban en la categoría «Vulnerable» (con excepción de la
población del Sistema Central, que ya estaba en la categoría «En peligro de extinción»).
Por otra parte, dos especies de flora cambian desde la categoría «En Peligro de
Extinción» a «Vulnerable»: la Silene de Ifach (Silene hifacensis) y la Saladilla de
Peñíscola (Limonium perplexum), dado que su estado de conservación ha mejorado. Por
último, una especie de artrópodo se excluye del Catálogo y del Listado: la Cochinilla de
los Jameos (Halophiloscia canariensis), al haberse constatado que su distribución es
mucho más extensa de lo que se suponía tras corregirse un error de determinación
taxonómica.
cve: BOE-A-2025-9192
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 114
Lunes 12 de mayo de 2025
Sec. I. Pág. 61447
Demográfico ha recibido diferentes propuestas de un conjunto de administraciones y
otras entidades.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 56.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el Ministerio debe llevar a cabo de oficio la
inclusión, cambio de categoría o exclusión en el Listado, previa notificación a la Comisión
Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, de taxones o poblaciones
protegidas en los anexos de las normas o decisiones de la Unión Europea o en los
instrumentos internacionales ratificados por España.
Es el caso, por una parte, de los nuevos taxones incluido en el anexo II del Protocolo
sobre las Zonas Especialmente Protegidas y la Diversidad Biológica en el Mediterráneo
del Convenio para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación y de los
Protocolos anejos, hechos en Barcelona el 16 de febrero de 1976, según enmiendas
recogidas en la Decisión IG.23/10 de la 20.ª reunión de las Partes celebrada en Tirana
en diciembre de 2017 (BOE de 2 de agosto de 2019), así como las recogidas en la
Decisión IG.26/4 de la 23.ª reunión de las Partes, celebrada en Portoroz (Eslovenia) en
diciembre de 2023. Por otra parte, ello es también aplicable a las modificaciones del
apéndice I de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de
Animales Salvajes, hecha en Bonn el 23 de junio de 1979, según las enmiendas al
mencionado apéndice adoptadas en la 14.ª Conferencia de las Partes, celebrada en
Uzbekistán en febrero de 2024, que entraron en vigor el 17 de mayo de 2024.
Considerando lo expuesto, en lo referente a la protección legal de especies
amenazadas, y tras la aplicación, en su caso, de los criterios orientadores para la
inclusión de taxones y poblaciones en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, se
procede a la inclusión en el Catálogo de especies amenazadas, en la categoría «En
peligro de extinción» de las siguientes especies: en cuanto a la flora, el Nomevés
(Gyrocaryum oppositiflorum), el Pico paloma gomero (Lotus gomerythus) y el Dragoncito
de la Sierra de Gádor (Gadoria falukei); y en cuanto a los artrópodos, la Gambilusa
(Linderiella baetica), las mariposas Manto violeta (Lycaena helle) y Veloz balear
(Gegenes pumilio). Se incluye en la categoría «Vulnerable» el molusco Caracol chato de
Arguineguín (Monilearia arguineguinensis).
Respecto al Listado, se procede a la inclusión de las siguientes especies: en cuanto
a la flora, el Peralillo espino (Gymnosporia cryptopetala); en cuanto a la fauna
invertebrada de artrópodos: las mariposas Alpina de Sierra Nevada (Agriades zullichi),
Ajedrezada haltera (Pyrgus cinarae) y Ajedrezada amarilla (Pyrgus sidae); y, por último,
se incluye un ave, la Graja (Corvus frugilegus). Asimismo, se incluyen de oficio en el
Listado las poblaciones del Mediterráneo de cuatro especies de cnidarios: el Coral
amarillo (Dendrophyllia cornigera), el Coral naranja (Dendrophyllia ramea), el Coral
cresta de gallo (Desmophyllum dianthus) y el Coral bambú (Isidella elongata); en relación
a los peces, se incluyen de oficio las poblaciones del Mediterráneo de cuatro especies de
peces cartilaginosos o condrictios: la Raya toro (Aetomylaeus bovinus), la Raya marrón
(Bathytoshia lata), la Pastinaca (Dasyatis pastinaca) y el Gavilán lusitánico (Rhinoptera
marginata), así como todas las poblaciones del Tiburón toro (Carcharias taurus), cuya
población del Mediterráneo ya se encontraba incluida en el Listado.
En cuanto a especies que cambian de categoría dentro del Catálogo, pasan a «En
peligro de extinción» el resto de las poblaciones del mamífero Desmán Ibérico (Galemys
pyrenaicus), que se encontraban en la categoría «Vulnerable» (con excepción de la
población del Sistema Central, que ya estaba en la categoría «En peligro de extinción»).
Por otra parte, dos especies de flora cambian desde la categoría «En Peligro de
Extinción» a «Vulnerable»: la Silene de Ifach (Silene hifacensis) y la Saladilla de
Peñíscola (Limonium perplexum), dado que su estado de conservación ha mejorado. Por
último, una especie de artrópodo se excluye del Catálogo y del Listado: la Cochinilla de
los Jameos (Halophiloscia canariensis), al haberse constatado que su distribución es
mucho más extensa de lo que se suponía tras corregirse un error de determinación
taxonómica.
cve: BOE-A-2025-9192
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 114