Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9176)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América y el Instituto Nacional de Administración Pública, para la convocatoria de becas de formación y perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61341
VI. Que ambas partes son conscientes de la importancia de la cooperación entre
España y los Estados Unidos en materia de relaciones culturales, educativas y
científicas.
VII. Que el 15 de diciembre de 2020 el INAP y la Comisión Fulbright suscribieron un
convenio con el objeto de establecer las condiciones de colaboración para la
convocatoria de becas anuales Fulbright dirigidas al personal funcionario público que
prestase servicios en la Administración General del Estado, para su formación y
perfeccionamiento profesional, mediante un programa de estudios de postgrado a
realizar en una universidad de los Estados Unidos.
Ambas partes manifiestan que se han cumplido satisfactoriamente los objetivos
propuestos en el referido acuerdo, y, por tal motivo, se reconoce la conveniencia de
firmar un nuevo acuerdo con los mismos objetivos, con el fin de dar continuidad a la
convocatoria de las becas anuales INAP-Fulbright.
A tal efecto, la Comisión Fulbright y el INAP desean suscribir el presente convenio y,
en su virtud,
ACUERDAN
Primera. Objeto del convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre el
INAP y la Comisión Fulbright para la convocatoria y concesión de una beca anual INAPFulbright, contribuyendo así a la formación académica y perfeccionamiento técnicoprofesional de las personas funcionarias de los cuerpos y escalas que se determinen en
cada convocatoria.
La Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo, por la que el Ministerio de Política Territorial
y Función Pública al que estaba adscrito el INAP, a través de la Secretaría de Estado de
Función Pública, aprobó las bases reguladoras para la concesión de las becas Fulbright
(BOE núm. 120, de 20 de mayo de 2021).
Al amparo de dichas bases, cada año y durante el plazo de vigencia del convenio, el
INAP procederá a convocar y conceder una beca mediante el procedimiento de
concurrencia competitiva.
Sin embargo, el INAP y la Comisión Fulbright podrán aprobar conjuntamente, y de
acuerdo con las normas por las que se rige el Programa Fulbright, nuevas bases
reguladoras, que habrán de ser aprobadas por Orden del Ministerio de adscripción del
INAP en cada momento, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley General de
Subvenciones.
Segunda.
Características de la beca INAP-Fulbright.
–
–
–
–
–
–
–
–
Análisis y gestión de políticas públicas.
Análisis financiero y gestión pública.
Gestión de recursos humanos del sector público.
Política de la gestión de tecnologías de la información.
Administración electrónica.
Dirección de organizaciones del sector público.
Política social.
Sistemas descentralizados de Administración.
cve: BOE-A-2025-9176
Verificable en https://www.boe.es
La colaboración entre el INAP y la Comisión Fulbright se materializará en la
convocatoria anual de una beca en régimen de concurrencia competitiva, de una
duración máxima de un año, para que la persona funcionaria seleccionada que cumpla
los requisitos establecidos, pueda obtener un título de posgrado o titulación equivalente
en una institución de educación superior estadounidense en materias relacionadas con la
Administración Pública y, de forma prioritaria:
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61341
VI. Que ambas partes son conscientes de la importancia de la cooperación entre
España y los Estados Unidos en materia de relaciones culturales, educativas y
científicas.
VII. Que el 15 de diciembre de 2020 el INAP y la Comisión Fulbright suscribieron un
convenio con el objeto de establecer las condiciones de colaboración para la
convocatoria de becas anuales Fulbright dirigidas al personal funcionario público que
prestase servicios en la Administración General del Estado, para su formación y
perfeccionamiento profesional, mediante un programa de estudios de postgrado a
realizar en una universidad de los Estados Unidos.
Ambas partes manifiestan que se han cumplido satisfactoriamente los objetivos
propuestos en el referido acuerdo, y, por tal motivo, se reconoce la conveniencia de
firmar un nuevo acuerdo con los mismos objetivos, con el fin de dar continuidad a la
convocatoria de las becas anuales INAP-Fulbright.
A tal efecto, la Comisión Fulbright y el INAP desean suscribir el presente convenio y,
en su virtud,
ACUERDAN
Primera. Objeto del convenio.
Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones de colaboración entre el
INAP y la Comisión Fulbright para la convocatoria y concesión de una beca anual INAPFulbright, contribuyendo así a la formación académica y perfeccionamiento técnicoprofesional de las personas funcionarias de los cuerpos y escalas que se determinen en
cada convocatoria.
La Orden TFP/483/2021, de 13 de mayo, por la que el Ministerio de Política Territorial
y Función Pública al que estaba adscrito el INAP, a través de la Secretaría de Estado de
Función Pública, aprobó las bases reguladoras para la concesión de las becas Fulbright
(BOE núm. 120, de 20 de mayo de 2021).
Al amparo de dichas bases, cada año y durante el plazo de vigencia del convenio, el
INAP procederá a convocar y conceder una beca mediante el procedimiento de
concurrencia competitiva.
Sin embargo, el INAP y la Comisión Fulbright podrán aprobar conjuntamente, y de
acuerdo con las normas por las que se rige el Programa Fulbright, nuevas bases
reguladoras, que habrán de ser aprobadas por Orden del Ministerio de adscripción del
INAP en cada momento, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley General de
Subvenciones.
Segunda.
Características de la beca INAP-Fulbright.
–
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Análisis y gestión de políticas públicas.
Análisis financiero y gestión pública.
Gestión de recursos humanos del sector público.
Política de la gestión de tecnologías de la información.
Administración electrónica.
Dirección de organizaciones del sector público.
Política social.
Sistemas descentralizados de Administración.
cve: BOE-A-2025-9176
Verificable en https://www.boe.es
La colaboración entre el INAP y la Comisión Fulbright se materializará en la
convocatoria anual de una beca en régimen de concurrencia competitiva, de una
duración máxima de un año, para que la persona funcionaria seleccionada que cumpla
los requisitos establecidos, pueda obtener un título de posgrado o titulación equivalente
en una institución de educación superior estadounidense en materias relacionadas con la
Administración Pública y, de forma prioritaria: