Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-9130)
Orden ITU/450/2025, de 5 de mayo, por la que se modifica la Orden ICT/736/2023, de 5 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos para el impulso a la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la convocatoria de ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico del año 2023.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61091
aprobados por el Consejo de Ministros. Este régimen de subvenciones pretende facilitar
inicialmente al menos 250 millones de euros de financiación a través de la Sociedad
Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial (en
adelante SEPIDES, E.P.E.), quien gestionará el régimen en calidad de entidad ejecutora.
Por lo que respecta a la inversión 7 (C12.I7), la medida consistirá en un sistema de
apoyo para incentivar la inversión privada en la cadena de valor de los vehículos
eléctricos y del sector agroalimentario a través de préstamos. El régimen promoverá la
transformación de sectores estratégicos como el de la automoción y los vehículos
eléctricos y el agroalimentario a través de la concesión de préstamos al sector privado,
en el contexto de los Proyectos Estratégicos o PERTE aprobados por el Consejo de
Ministros. Este régimen de préstamos pretende facilitar inicialmente al menos 1.200
millones de euros de financiación, igualmente a través de la Sociedad Estatal de
Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial (SEPIDES,
E.P.E.), quien gestionará el régimen en calidad de entidad ejecutora.
La Decisión de la Comisión exige un nuevo tipo de gobernanza para la ejecución de
las inversiones por un órgano del sector público que pueda ejercer potestades
administrativas. Es por ello que, para implementar esta medida, la anterior sociedad
mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E. (SEPIDES), fue transformada
en la actual Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad
Pública Empresarial (SEPIDES, E.P.E.), mediante el Real Decreto 1247/2024, de 10 de
diciembre, por el que se aprueba la transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI
Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E., en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y
Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial, y se aprueba su Estatuto.
El modelo de ayudas regulado en la Orden ICT/736/2023, de 5 de julio, modificada
por la Orden ICT/791/2023, de 13 de julio, es un instrumento adecuado para continuar
con el desarrollo de la política de automoción y de las inversiones 6 y 7 del
Componente 12; para lo cual se introducen modificaciones en esta orden que tienen por
objeto dar cabida al modelo de gobernanza requerido por la Decisión CID para la gestión
y ejecución de las inversiones 6 y 7.
Esta norma se ha elaborado teniendo en cuenta los principios que conforman la
buena regulación, a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
El ajuste de la norma propuesta al principio de necesidad y eficacia viene dado por la
importancia que tiene para un país disponer de un sector industrial potente, generador
de empleo estable y de calidad con mayor capacidad para afrontar las crisis globales
como las recientemente experimentadas en el siglo XXI.
En cuanto al principio de transparencia, esta norma establece unos criterios de
comprobación de las solicitudes que son objetivos, públicos y conocidos previamente,
muchos de los cuales son de cálculo automático.
El principio de eficiencia se cumple al realizar convocatorias a nivel nacional, de
modo que el esfuerzo de las administraciones se reduce, obteniéndose economías de
escala y asegurando que los criterios utilizados son homogéneos, independientemente
del origen geográfico de la solicitud.
Las bases de las ayudas reguladas en esta orden se dictan al amparo del
artículo 149.1.13.ª y 15.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la
competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica
y para el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.
El Ministerio de Industria y Turismo es el Departamento de la Administración General
del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
industria y turismo que abarca, entre otros aspectos, la estrategia y el desarrollo industrial,
del emprendimiento y de la pequeña y mediana empresa; la promoción y defensa de la
propiedad industrial y la política de turismo, así como el resto de competencias y
atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. La gestión que la Administración
General del Estado realiza de estas ayudas, permite introducir un adecuado nivel de
competencia, así como una planificación racional y eficaz de las mismas.
cve: BOE-A-2025-9130
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112
Viernes 9 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61091
aprobados por el Consejo de Ministros. Este régimen de subvenciones pretende facilitar
inicialmente al menos 250 millones de euros de financiación a través de la Sociedad
Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial (en
adelante SEPIDES, E.P.E.), quien gestionará el régimen en calidad de entidad ejecutora.
Por lo que respecta a la inversión 7 (C12.I7), la medida consistirá en un sistema de
apoyo para incentivar la inversión privada en la cadena de valor de los vehículos
eléctricos y del sector agroalimentario a través de préstamos. El régimen promoverá la
transformación de sectores estratégicos como el de la automoción y los vehículos
eléctricos y el agroalimentario a través de la concesión de préstamos al sector privado,
en el contexto de los Proyectos Estratégicos o PERTE aprobados por el Consejo de
Ministros. Este régimen de préstamos pretende facilitar inicialmente al menos 1.200
millones de euros de financiación, igualmente a través de la Sociedad Estatal de
Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial (SEPIDES,
E.P.E.), quien gestionará el régimen en calidad de entidad ejecutora.
La Decisión de la Comisión exige un nuevo tipo de gobernanza para la ejecución de
las inversiones por un órgano del sector público que pueda ejercer potestades
administrativas. Es por ello que, para implementar esta medida, la anterior sociedad
mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E. (SEPIDES), fue transformada
en la actual Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad
Pública Empresarial (SEPIDES, E.P.E.), mediante el Real Decreto 1247/2024, de 10 de
diciembre, por el que se aprueba la transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI
Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E., en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y
Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial, y se aprueba su Estatuto.
El modelo de ayudas regulado en la Orden ICT/736/2023, de 5 de julio, modificada
por la Orden ICT/791/2023, de 13 de julio, es un instrumento adecuado para continuar
con el desarrollo de la política de automoción y de las inversiones 6 y 7 del
Componente 12; para lo cual se introducen modificaciones en esta orden que tienen por
objeto dar cabida al modelo de gobernanza requerido por la Decisión CID para la gestión
y ejecución de las inversiones 6 y 7.
Esta norma se ha elaborado teniendo en cuenta los principios que conforman la
buena regulación, a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.
El ajuste de la norma propuesta al principio de necesidad y eficacia viene dado por la
importancia que tiene para un país disponer de un sector industrial potente, generador
de empleo estable y de calidad con mayor capacidad para afrontar las crisis globales
como las recientemente experimentadas en el siglo XXI.
En cuanto al principio de transparencia, esta norma establece unos criterios de
comprobación de las solicitudes que son objetivos, públicos y conocidos previamente,
muchos de los cuales son de cálculo automático.
El principio de eficiencia se cumple al realizar convocatorias a nivel nacional, de
modo que el esfuerzo de las administraciones se reduce, obteniéndose economías de
escala y asegurando que los criterios utilizados son homogéneos, independientemente
del origen geográfico de la solicitud.
Las bases de las ayudas reguladas en esta orden se dictan al amparo del
artículo 149.1.13.ª y 15.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la
competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica
y para el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica.
El Ministerio de Industria y Turismo es el Departamento de la Administración General
del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
industria y turismo que abarca, entre otros aspectos, la estrategia y el desarrollo industrial,
del emprendimiento y de la pequeña y mediana empresa; la promoción y defensa de la
propiedad industrial y la política de turismo, así como el resto de competencias y
atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. La gestión que la Administración
General del Estado realiza de estas ayudas, permite introducir un adecuado nivel de
competencia, así como una planificación racional y eficaz de las mismas.
cve: BOE-A-2025-9130
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112