Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Programa Coincidente. (BOE-A-2025-8948)
Resolución 300/38194/2025, de 30 de abril, de la Dirección General de Estrategia e Innovación de la Industria de Defensa, por la que se convoca proceso de selección de proyectos de I+D de interés para Defensa susceptibles de ser incluidos en el ámbito del Programa de Cooperación en Investigación Científica y Desarrollo en Tecnologías Estratégicas (Programa Coincidente).
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109

Martes 6 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 60272

prácticas en la redacción de los documentos. Se dará información de las preguntas más
frecuentes recibidas sobre el proceso administrativo de la convocatoria y se explicará el
procedimiento de contratación que se seguirá con los proyectos que sean seleccionados.
La fecha concreta y el procedimiento de inscripción en la Jornada Informativa virtual
se publicarán en la página web del portal de Tecnología e Innovación del Ministerio de
Defensa con, al menos, una semana de antelación a su realización:
http://www.tecnologiaeinnovacion.defensa.gob.es/es-es/Presentacion/ImasD/Paginas/
Coincidente.aspx
Sexto. Evaluación de proyectos.
La documentación de los proyectos que sean admitidos será evaluada por el Sistema
de Observación y Prospectiva Tecnológica (SOPT) de la Subdirección General
de Planificación, Tecnología e Innovación (SDG PLATIN) de la Dirección General de
Estrategia e Innovación de la Industria de Defensa (DIGEID). La citada Subdirección
General propondrá al Director General de Estrategia e Innovación de la Industria
de Defensa, aquellos proyectos que considere de mayor interés para el Ministerio de
Defensa, para ser incluidos dentro del Programa Coincidente. La presente convocatoria
podrá quedar desierta, justificadamente, en caso de que ninguno de los proyectos
presentados se ajuste a los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Será condición indispensable para la valoración del proyecto, que el equipo de
trabajo del proyecto y su equipamiento responda de forma adecuada, en composición y
dedicación, a los objetivos y actividades establecidas para el proyecto, y de acuerdo con
lo establecido en el apartado tercero.
La evaluación del proyecto se realizará basándose en los siguientes criterios:
1. Adecuación a la finalidad del Programa Coincidente. Se valorarán los siguientes
aspectos:
– Que haya una empresa entre las entidades participantes en el proyecto de cara a
facilitar el traslado futuro al mercado de los resultados del proyecto.
– Que se constate una implicación de potenciales usuarios del MINISDEF en el
proyecto, con una participación activa en la definición de requisitos, y en las pruebas de
los resultados parciales y finales.
2.

Interés y carácter innovador del proyecto. Se valorarán los siguientes aspectos:

– La coherencia de la solución propuesta con respecto al contenido técnico incluido
en la ficha descriptiva de la temática.
– El interés de la componente de I+D+i del proyecto.
– El interés y carácter innovador de la solución tecnológica que se obtendrá del
proyecto en relación con su futura aplicación para Defensa. Se valorarán las
funcionalidades militares que incorpora el proyecto y su respuesta a las necesidades
actuales y futuras de las Fuerzas Armadas.

– Que, tanto las entidades que presentan el proyecto, como el resto de entidades
participantes, disponen de experiencia y capacidades necesarias para abordar el
contrato y que cada una de ellas asume un rol acorde con su experiencia dentro del
proyecto.
– Que el riesgo tecnológico que se asume en la realización del contrato, es
compatible con alcanzar los objetivos del proyecto.
– Que la gestión prevista para el contrato es adecuada, facilita el alcanzar los
objetivos previstos y ayuda a minimizar todos los posibles riesgos, los cuales deben

cve: BOE-A-2025-8948
Verificable en https://www.boe.es

3. Viabilidad técnica. Se analizará el riesgo tecnológico que se asume en la
realización del proyecto para lo que se tendrán en cuenta: