Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Programa Coincidente. (BOE-A-2025-8948)
Resolución 300/38194/2025, de 30 de abril, de la Dirección General de Estrategia e Innovación de la Industria de Defensa, por la que se convoca proceso de selección de proyectos de I+D de interés para Defensa susceptibles de ser incluidos en el ámbito del Programa de Cooperación en Investigación Científica y Desarrollo en Tecnologías Estratégicas (Programa Coincidente).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 60271
Las condiciones de uso de la propiedad resultante estarán sujetas a la autorización
del Ministerio de Defensa. El contratista, podrá, previa autorización del Ministerio de
Defensa, comercializar los resultados del contrato, sujeto a la imposición de unos
royalties que serán objeto de negociación.
10. Aquellos proyectos que no cumplan alguno de los requisitos anteriores o
aquellos establecidos en la presente convocatoria serán rechazados y no serán
evaluados desde el punto de vista técnico.
11. La información aportada por los participantes podrá ser cedida al Ministerio de
Ciencia e Innovación (MICIN) para su utilización con efectos estadísticos en el Sistema
Información de Ciencia, Tecnología e Innovación (SICTI), en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 11 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación.
12. Asimismo, se autoriza al Ministerio de Defensa a remitir la información de los
proyectos a los agentes del sistema español de ciencia, tecnología e innovación que
pudieran estar interesados en la financiación de los proyectos que no sean
seleccionadas por el Ministerio de Defensa en esta convocatoria.
Quinto.
Plazo y forma de presentación de los proyectos.
1. El plazo para la presentación de los proyectos para la presente convocatoria, se
establece en dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Los proyectos podrán presentarse en el Registro electrónico del Ministerio de
Defensa, accesible a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Defensa
(https://sede.defensa.gob.es/) o en el resto de los lugares previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Para participar en el procedimiento selectivo, el representante deberá
necesariamente efectuar la presentación de la siguiente documentación, en formato PDF
no editable. La documentación que se relaciona a continuación, en los apartados A, B, C,
D y E, se presentará de acuerdo con las indicaciones de los anexos de esta resolución,
que se encontrarán disponibles en la página web del portal de Tecnología e Innovación
del Ministerio de Defensa:
A. Resumen del proyecto. Deberá contener los datos detallados en el anexo I de la
presente convocatoria.
B. Memoria del proyecto. De acuerdo a las instrucciones incluidas en el anexo II de
la presente convocatoria.
C. Descripción de la capacitación tecnológica de los participantes. Por cada una de
las entidades participantes en el proyecto se incluirá una descripción de sus capacidades
tecnológicas y un resumen de la experiencia previa del grupo investigador/equipo de
trabajo en el área tecnológica objeto del proyecto, de acuerdo a las instrucciones
incluidas en el anexo III. Esta capacitación tecnológica deberá mantenerse hasta que el
contrato se finalice, en caso de ser seleccionado.
D. Justificación de la solvencia económico-financiera de la entidad que presenta el
proyecto. De acuerdo con las instrucciones incluidas en el anexo IV de la presente
convocatoria.
E. Acreditación de tener la representación de la entidad solicitante.
Los proyectos que no presenten toda la documentación anterior serán rechazados y
no entrarán en la siguiente fase de evaluación.
4. La Subdirección General de Planificación, Tecnología e Innovación organizará en
el plazo de 15 días a partir de la publicación de esta resolución una jornada informativa
virtual (WEBINAR), donde se expondrán los objetivos de la convocatoria y las buenas
cve: BOE-A-2025-8948
Verificable en https://www.boe.es
http://www.tecnologiaeinnovacion.defensa.gob.es/es-es/Presentacion/ImasD/Paginas/
Coincidente.aspx
Núm. 109
Martes 6 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 60271
Las condiciones de uso de la propiedad resultante estarán sujetas a la autorización
del Ministerio de Defensa. El contratista, podrá, previa autorización del Ministerio de
Defensa, comercializar los resultados del contrato, sujeto a la imposición de unos
royalties que serán objeto de negociación.
10. Aquellos proyectos que no cumplan alguno de los requisitos anteriores o
aquellos establecidos en la presente convocatoria serán rechazados y no serán
evaluados desde el punto de vista técnico.
11. La información aportada por los participantes podrá ser cedida al Ministerio de
Ciencia e Innovación (MICIN) para su utilización con efectos estadísticos en el Sistema
Información de Ciencia, Tecnología e Innovación (SICTI), en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 11 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación.
12. Asimismo, se autoriza al Ministerio de Defensa a remitir la información de los
proyectos a los agentes del sistema español de ciencia, tecnología e innovación que
pudieran estar interesados en la financiación de los proyectos que no sean
seleccionadas por el Ministerio de Defensa en esta convocatoria.
Quinto.
Plazo y forma de presentación de los proyectos.
1. El plazo para la presentación de los proyectos para la presente convocatoria, se
establece en dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Los proyectos podrán presentarse en el Registro electrónico del Ministerio de
Defensa, accesible a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Defensa
(https://sede.defensa.gob.es/) o en el resto de los lugares previstos en el artículo 16.4 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Para participar en el procedimiento selectivo, el representante deberá
necesariamente efectuar la presentación de la siguiente documentación, en formato PDF
no editable. La documentación que se relaciona a continuación, en los apartados A, B, C,
D y E, se presentará de acuerdo con las indicaciones de los anexos de esta resolución,
que se encontrarán disponibles en la página web del portal de Tecnología e Innovación
del Ministerio de Defensa:
A. Resumen del proyecto. Deberá contener los datos detallados en el anexo I de la
presente convocatoria.
B. Memoria del proyecto. De acuerdo a las instrucciones incluidas en el anexo II de
la presente convocatoria.
C. Descripción de la capacitación tecnológica de los participantes. Por cada una de
las entidades participantes en el proyecto se incluirá una descripción de sus capacidades
tecnológicas y un resumen de la experiencia previa del grupo investigador/equipo de
trabajo en el área tecnológica objeto del proyecto, de acuerdo a las instrucciones
incluidas en el anexo III. Esta capacitación tecnológica deberá mantenerse hasta que el
contrato se finalice, en caso de ser seleccionado.
D. Justificación de la solvencia económico-financiera de la entidad que presenta el
proyecto. De acuerdo con las instrucciones incluidas en el anexo IV de la presente
convocatoria.
E. Acreditación de tener la representación de la entidad solicitante.
Los proyectos que no presenten toda la documentación anterior serán rechazados y
no entrarán en la siguiente fase de evaluación.
4. La Subdirección General de Planificación, Tecnología e Innovación organizará en
el plazo de 15 días a partir de la publicación de esta resolución una jornada informativa
virtual (WEBINAR), donde se expondrán los objetivos de la convocatoria y las buenas
cve: BOE-A-2025-8948
Verificable en https://www.boe.es
http://www.tecnologiaeinnovacion.defensa.gob.es/es-es/Presentacion/ImasD/Paginas/
Coincidente.aspx