Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. Asistencia sanitaria. (BOE-A-2025-8730)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Concierto con entidades de seguro para el aseguramiento del acceso a la asistencia sanitaria en territorio nacional a los beneficiarios de la misma durante los años 2025, 2026 y 2027, y se establece el mes de mayo de 2025 como periodo de elección de entidad a diversos efectos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59154
ANEXO 4
Instrucciones para la elaboración y difusión del catálogo de proveedores
1.1
La Entidad publicará sus catálogos de proveedores específicos para MUFACE.
El Catálogo, cuyo contenido se ajustará a lo previsto en la cláusula 3.4, será de ámbito
provincial y equivalente al que suministre la Entidad en el registro de medios sanitarios
descrito en el punto 4 del anexo 6, conforme a lo estipulado en la cláusula 6.1.5.
En los Servicios Centrales y en los Servicios Provinciales se entregarán los catálogos
editados en formato electrónico.
1.2
La estructura e información de los catálogos será:
A) En la portada deberán figurar el logotipo de MUFACE y el de la Entidad, así
como de forma destacada el teléfono gratuito y único del Centro Coordinador de
Urgencias y Emergencias de la Entidad.
B) En la primera página deberán figurar los datos relativos a:
1) Teléfono del Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias de la Entidad.
2) Teléfono de Información de la Entidad.
3) Página web de la Entidad.
4) Dirección; teléfono, que será distinto del teléfono de información general de la Entidad,
y horario de funcionamiento de la delegación provincial de la Entidad, así como de la/las
oficinas/s existente/s en la provincia para la atención presencial de los beneficiarios, o en su
defecto, recogerá los datos de la oficina virtual y procedimiento de actuación de la misma.
5) Acceso a plataformas de telemedicina.
1) Los profesionales y centros sanitarios se relacionarán empezando por la capital
de la provincia, seguida de los municipios por orden alfabético.
2) Todos los profesionales, centros y unidades funcionales deberán aparecer
relacionados con sus datos de identificación (nombre y apellidos), debiendo figurar,
además, la dirección, teléfono y horarios de funcionamiento.
3) Por cada municipio se relacionarán primero los medios disponibles en Atención
de Urgencia, después los de Atención Primaria y a continuación los correspondientes a
la Atención Especializada.
4) En Atención de Urgencia se relacionarán los servicios extrahospitalarios y, en su
caso, hospitalarios disponibles, así como los de ambulancias.
5) En Atención Primaria, en cada municipio, los medios disponibles se ordenarán
de la siguiente forma:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Medicina general o de familia.
Pediatría.
Enfermería.
Matronas.
Fisioterapia.
Odontología-Estomatología.
Podología.
cve: BOE-A-2025-8730
Verificable en https://www.boe.es
C) En el margen derecho del encabezado de cada página deberá figurar el teléfono
del Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias.
D) Índice general del Catálogo.
E) A continuación, deberán figurar las direcciones de los centros de urgencias
hospitalarias en toda la provincia, que en el caso de las provincias insulares se detallara
por cada isla.
F) Centros hospitalarios en la provincia, indicando la relación de especialidades
concertadas.
G) Cuadro médico:
Núm. 105
Jueves 1 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 59154
ANEXO 4
Instrucciones para la elaboración y difusión del catálogo de proveedores
1.1
La Entidad publicará sus catálogos de proveedores específicos para MUFACE.
El Catálogo, cuyo contenido se ajustará a lo previsto en la cláusula 3.4, será de ámbito
provincial y equivalente al que suministre la Entidad en el registro de medios sanitarios
descrito en el punto 4 del anexo 6, conforme a lo estipulado en la cláusula 6.1.5.
En los Servicios Centrales y en los Servicios Provinciales se entregarán los catálogos
editados en formato electrónico.
1.2
La estructura e información de los catálogos será:
A) En la portada deberán figurar el logotipo de MUFACE y el de la Entidad, así
como de forma destacada el teléfono gratuito y único del Centro Coordinador de
Urgencias y Emergencias de la Entidad.
B) En la primera página deberán figurar los datos relativos a:
1) Teléfono del Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias de la Entidad.
2) Teléfono de Información de la Entidad.
3) Página web de la Entidad.
4) Dirección; teléfono, que será distinto del teléfono de información general de la Entidad,
y horario de funcionamiento de la delegación provincial de la Entidad, así como de la/las
oficinas/s existente/s en la provincia para la atención presencial de los beneficiarios, o en su
defecto, recogerá los datos de la oficina virtual y procedimiento de actuación de la misma.
5) Acceso a plataformas de telemedicina.
1) Los profesionales y centros sanitarios se relacionarán empezando por la capital
de la provincia, seguida de los municipios por orden alfabético.
2) Todos los profesionales, centros y unidades funcionales deberán aparecer
relacionados con sus datos de identificación (nombre y apellidos), debiendo figurar,
además, la dirección, teléfono y horarios de funcionamiento.
3) Por cada municipio se relacionarán primero los medios disponibles en Atención
de Urgencia, después los de Atención Primaria y a continuación los correspondientes a
la Atención Especializada.
4) En Atención de Urgencia se relacionarán los servicios extrahospitalarios y, en su
caso, hospitalarios disponibles, así como los de ambulancias.
5) En Atención Primaria, en cada municipio, los medios disponibles se ordenarán
de la siguiente forma:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Medicina general o de familia.
Pediatría.
Enfermería.
Matronas.
Fisioterapia.
Odontología-Estomatología.
Podología.
cve: BOE-A-2025-8730
Verificable en https://www.boe.es
C) En el margen derecho del encabezado de cada página deberá figurar el teléfono
del Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias.
D) Índice general del Catálogo.
E) A continuación, deberán figurar las direcciones de los centros de urgencias
hospitalarias en toda la provincia, que en el caso de las provincias insulares se detallara
por cada isla.
F) Centros hospitalarios en la provincia, indicando la relación de especialidades
concertadas.
G) Cuadro médico: