Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Hockey. Estatutos. (BOE-A-2025-8405)
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Hockey.
32 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Sábado 26 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57163

8. Para la aprobación, por parte de la Asamblea General de la RFEH, de la
desintegración de una Federación Autonómica, será necesario el voto favorable de la
mayoría simple de los miembros presentes en la Asamblea General Extraordinaria en la
que se lleve a cabo la votación.
9. En caso de que la Asamblea General de la RFEH apruebe la desintegración de
una Federación Autonómica integrada, dicho acuerdo será debidamente notificado a la
Federación Autonómica afectada.
Artículo 61 ter.

Sistema para la solución de conflictos.

La solución de los conflictos que puedan surgir entre la RFEH y las Federaciones
autonómicas integradas, que no sean constitutivos de incumplimiento determinante de
infracción disciplinaria ni de causa de desintegración, se someterán, en primera
instancia, a una Comisión paritaria conformada por las presidencias y hasta tres
miembros designados por cada una de las Federaciones implicadas, pudiendo contar
cada parte con hasta dos asesores externos.
De no existir acuerdo en el plazo de tres meses, la solución del conflicto se someterá
a la mediación del órgano que acuerden las partes.
Si en el plazo de tres meses tampoco se alcanzara acuerdo alguno, la solución del
conflicto podrá someterse a un sistema de solución extrajudicial alternativo, o plantearse
ante los órganos jurisdiccionales competentes.
Cuando la naturaleza o posibles consecuencias del conflicto precisen de una
solución urgente o inmediata, finalizada la reunión a que hace referencia el primer
párrafo del presente apartado, podrá acudirse directamente a las opciones indicadas en
el párrafo anterior, pudiendo la junta directiva de la RFEH adoptar las medidas
provisionales o cautelares que sean necesarias, justificadas y proporcionadas, cuyos
efectos solo podrán desplegar efectos en los ámbitos internacional, estatal
y supraautonómico.
Artículo 62.

Delegaciones territoriales.

Cuando en una Comunidad Autónoma no exista Federación de ámbito autonómico o
ésta no se hubiese integrado en la RFEH, la RFEH podrá establecer en dicha
Comunidad, en coordinación con la Administración deportiva de la misma, una
Delegación Territorial, respetando, en todo caso, la organización territorial del Estado.
La delegación tendrá la función de desarrollar la actividad puramente estatal o que
habilite para la participación en las competiciones estatales, y estará integrada por una
persona cuyo nombramiento y cese compete a la presidencia.
Las distintas Delegaciones Territoriales se regirán por los presentes Estatutos en
todo aquello que les sea aplicable.
Artículo 63. Régimen de la persona que asuma la Delegación.
Esta persona será el órgano de representación y gobierno de dichas delegaciones.
TÍTULO IV

Artículo 64. Estamentos de la RFEH.
La RFEH está integrada por los siguientes Estamentos:
a) Los Clubes deportivos.
b) Los Deportistas.
c) Los Técnicos.
d) Los Árbitros, jueces y oficiales.

cve: BOE-A-2025-8405
Verificable en https://www.boe.es

Derechos y deberes de los estamentos de la Real Federación Española de Hockey