Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Hockey. Estatutos. (BOE-A-2025-8405)
Resolución de 19 de marzo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Hockey.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Sábado 26 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 57159

CAPÍTULO IV
Comités Técnicos
Sección primera.

Disposiciones generales

Artículo 48. Constitución.
La Asamblea General de la RFEH podrá acordar la constitución de los Comités,
Comisiones o Agrupaciones que considere conveniente para el mejor funcionamiento de
los colectivos y Estamentos integrantes de la RFEH, cuyos reglamentos deberán ser
aprobados por la Comisión Delegada.
Sección segunda.
Artículo 49.

Del Comité Técnico de las personas que ejercen de Árbitros, Jueces
y Oficiales

Competencias de este Comité Técnico.

Este Comité tendrá las siguientes funciones:
a) Establecer los niveles de formación de árbitros, jueces y oficiales.
b) Clasificar técnicamente a los árbitros proponiendo su adscripción a las
categorías correspondientes.
c) Proponer a la Presidencia de la RFEH las designaciones para torneos
internacionales sin perjuicio de las normas reguladoras de la FIH.
d) Coordinar con las Federaciones de ámbito autonómico los grados de formación
de los árbitros de las mismas.
e) Designar los árbitros, jueces y oficiales que hayan de intervenir en las
competiciones de ámbito nacional.
f) Aprobación de las normas administrativas reguladoras de las actividades de las
personas que ejerzan de árbitros, jueces y oficiales.
Artículo 50. Régimen de este Comité Técnico.
La composición y funcionamiento de dicho Comité se regulará en las normas de
régimen interno de la organización arbitral de la RFEH, que deberá ser aprobado por la
Comisión Delegada.
Artículo 51. Elección de la persona que ostente la Presidencia.
El titular de la Presidencia del Comité Técnico de Árbitros, Jueces y Oficiales será
nombrado por el titular de la Presidencia de la RFEH.
Sección tercera.

Definición del Comité Técnico Deportivo.

El Comité Técnico Deportivo es un órgano de apoyo técnico y asesoramiento en
actividades y proyectos relacionados con la promoción, formación y tecnificación de
deportistas y técnicos.
Artículo 53. Competencias del Comité Técnico Deportivo.
Las tareas del citado Comité son los siguientes:
a) El desarrollo de programas deportivos sobre promoción.
b) Actualización y reciclaje de forma permanente de los técnicos, a través de
cursos, jornadas y medios de apoyo.

cve: BOE-A-2025-8405
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 52.

Del Comité Técnico Deportivo