Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-8362)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de manifestación de interés de comunidades autónomas para la selección de operaciones en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 56895

comunidades autónomas por los medios que se consideren oportuno del resultado de
dicho cálculo.
4. Las comunidades autónomas y ciudad de Ceuta y Melilla tendrán dos meses
para entregar una solicitud por cada medida que se quiera cofinanciar siguiendo las
instrucciones contempladas en esta resolución y cumplimentando el anexo
correspondiente.
5. Se presentará una solicitud de financiación por proyecto y medida. Los proyectos
deberán presentar un enfoque basado en resultados. A tal efecto, deberán recoger una
previsión de los indicadores de realización y de resultados, inmediatos y a largo plazo,
correspondientes a sus actuaciones conforme a lo establecido en el anexo I del
Reglamento (UE) 2021/1057. Los indicadores deberán ser realistas y coherentes con la
financiación solicitada.
Los proyectos deberán incluir así mismo un coste aproximado por participante o
persona beneficiaria final. Las solicitudes presentadas deberán garantizar de forma
explícita el cumplimiento de los principios horizontales recogidos en el artículo 9 del
Reglamento (UE) 2021/1060 y en los artículos 6 y 8 del Reglamento (UE) 2021/1057, a
saber:
– Respeto de los derechos fundamentales y conformidad con la Carta de los
Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
– Igualdad entre mujeres y hombres, generalización de la consideración del género e
integración de la perspectiva de género.
– Igualdad de oportunidades y no discriminación.
– Accesibilidad para las personas con discapacidad.
– Desarrollo sostenible.
6. Tras la entrega de la solicitud, se procederá a la firma de un convenio entre la
Secretaría de Estado de Derechos Sociales y la administración correspondiente, al que
se adjuntará un Documento en el que se Establecen las Condiciones de la Ayuda
(D.E.C.A.).
Madrid, 8 de abril de 2025.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María
Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO I
Criterios obligatorios de selección de operaciones
Se definen como criterios obligatorios aquellos relativos a las condiciones mínimas
de elegibilidad.
Se han determinado para cada prioridad, con este carácter, unos criterios recogidos
en los reglamentos de la UE aplicables, que debe cumplir toda operación cualquiera que
sea el marco de intervención.
El incumplimiento de cualquiera de estos criterios impedirá la selección de la
operación.
Criterio 1. La propuesta de operación cumple con lo previsto en el programa, es
coherente con las estrategias pertinentes en las que se basa el mismo y contribuye
eficazmente a la consecución del objetivo específico de la prioridad en que se encuadra.
Criterio 2. La propuesta de operación se circunscribe al ámbito de actuación del FSE
+, se atribuye al tipo de intervención que corresponda y a uno de los tipos de acciones
afines descritos en el objetivo específico de la prioridad en que se encuadra.
Criterio 3. La propuesta de operación se ajusta al perfil de entidades para ejecutar la
operación cuando así se haya previsto en el objetivo específico de la prioridad en que se
encuadra.

cve: BOE-A-2025-8362
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Núm. 100