Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-8354)
Resolución de 14 de abril de 2025, de la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de València, para la realización de un estudio de caracterización de las principales mieles monoflorales españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56851
corresponden a la UPV de acuerdo con el punto 2 de la cláusula 2 con la siguiente
distribución por anualidades:
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2025, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2026, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2027, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2028, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
3. El MAPA realizará los pagos correspondientes, previa justificación de la
ejecución de actuaciones por parte de la UPV, de conformidad con el siguiente
calendario:
– Primer pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde que el convenio adquiera eficacia hasta el 15 de
noviembre 2025.
– Segundo pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 15 de noviembre
de 2026.
– Tercer pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde el 16 de noviembre de 2026 hasta el 15 de noviembre
de 2027.
– Cuarto pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde el 16 de noviembre de 2027 hasta su finalización.
El MAPA realizará dichos pagos mediante ingresos en la cuenta ES69 0049 1827 85
2910543530), a nombre de la UPV, previa entrega y aceptación de la documentación
requerida y en un plazo de 30 días desde el correspondiente Requerimiento de pago
emitido por la UPV, especificando en el ingreso la referencia indicada en dicho
Requerimiento.
Estas condiciones económicas podrán ser revisadas, mediante la correspondiente
adenda, de ser necesaria, en caso de producirse alguna modificación de las bases del
convenio y de sus contenidos técnicos y presupuestarios.
4. La UPV contribuirá en la financiación de sus propias actuaciones con una
aportación máxima de treinta mil euros (30.000 €), disponiendo de 64.000 euros en total.
Confidencialidad, titularidad y publicación de resultados.
1. Cada una de las Partes se compromete a no difundir las informaciones
pertenecientes a la otra Parte a las que haya podido tener acceso en la ejecución de las
actuaciones objeto de este convenio. No existirá obligación de confidencialidad cuando:
a) La Parte receptora tenga evidencia de que conocía previamente la información
recibida.
cve: BOE-A-2025-8354
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 100
Viernes 25 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 56851
corresponden a la UPV de acuerdo con el punto 2 de la cláusula 2 con la siguiente
distribución por anualidades:
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2025, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2026, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2027, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
– Ocho mil quinientos euros (8.500 €) para el ejercicio económico de 2028, con
cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 (proyecto 2007.21.21.0022.00)
«Planificación y control de la calidad» o la que pueda sustituirla en el ejercicio económico
correspondiente.
3. El MAPA realizará los pagos correspondientes, previa justificación de la
ejecución de actuaciones por parte de la UPV, de conformidad con el siguiente
calendario:
– Primer pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde que el convenio adquiera eficacia hasta el 15 de
noviembre 2025.
– Segundo pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 15 de noviembre
de 2026.
– Tercer pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde el 16 de noviembre de 2026 hasta el 15 de noviembre
de 2027.
– Cuarto pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio
ejecutadas y justificadas desde el 16 de noviembre de 2027 hasta su finalización.
El MAPA realizará dichos pagos mediante ingresos en la cuenta ES69 0049 1827 85
2910543530), a nombre de la UPV, previa entrega y aceptación de la documentación
requerida y en un plazo de 30 días desde el correspondiente Requerimiento de pago
emitido por la UPV, especificando en el ingreso la referencia indicada en dicho
Requerimiento.
Estas condiciones económicas podrán ser revisadas, mediante la correspondiente
adenda, de ser necesaria, en caso de producirse alguna modificación de las bases del
convenio y de sus contenidos técnicos y presupuestarios.
4. La UPV contribuirá en la financiación de sus propias actuaciones con una
aportación máxima de treinta mil euros (30.000 €), disponiendo de 64.000 euros en total.
Confidencialidad, titularidad y publicación de resultados.
1. Cada una de las Partes se compromete a no difundir las informaciones
pertenecientes a la otra Parte a las que haya podido tener acceso en la ejecución de las
actuaciones objeto de este convenio. No existirá obligación de confidencialidad cuando:
a) La Parte receptora tenga evidencia de que conocía previamente la información
recibida.
cve: BOE-A-2025-8354
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.