Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-8352)
Resolución de 14 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta por la que se modifica el Convenio colectivo del Grupo Allianz.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Viernes 25 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 56796

Con frecuencia anual, o a requerimiento de la Comisión, la empresa facilitará a la
misma toda la información necesaria para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
5.

Actas:

Al finalizar cada reunión se levantará un Acta en el que se refleje, el orden del día,
las propuestas efectuadas y, en su caso, los acuerdos adoptados.
Cada reunión de la Comisión comenzará con la aprobación del acta de la sesión
anterior, la cual será firmada por todos los miembros, entregándose posteriormente una
copia a cada integrante de la Comisión.
6.

Confidencialidad:

Todas las personas componentes de la Comisión se comprometen a tratar con
confidencialidad la información, datos, documentos, y/o cualquier otra información de la
que se hiciera uso en el seno de la misma o les fuera entregada.
ANEXO III
Protocolo de acoso sexual, moral, y por razón de orientación sexual, identidad
de género y/o expresión de género
Declaración de principios

El presente Protocolo viene a sustituir al firmado en el ámbito de Allianz, Seguros y
Reaseguros, SA, con el objetivo de adaptar, modernizar y actualizar su contenido; y dar
respuesta y cobertura en esta materia a las entidades que ex novo figuran en su ámbito
de aplicación de manera coherente con la decisión de abordar de manera común cuanta
materia laboral normativa opere en las empresas del Grupo que comparten políticas de
gestión de personal comunes y a las que se les aplican las condiciones laborales
establecidas en el Convenio Colectivo de Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros,
SA (2018-2021).
La Dirección de la empresa y, en particular, la Comisión de Igualdad, constituida el 18
de abril de 2007, en coherencia con cuanto se contempla en la disposición
adicional tercera del Convenio Colectivo Allianz y el Código de Conducta del Grupo
Allianz, conscientes de la necesidad de proteger los derechos fundamentales de las
personas, se compromete a seguir trabajando para consolidar un entorno laboral donde
se respete la dignidad, igualdad y la no discriminación por razón de edad, incapacidad,
origen étnico, sexo, raza, tendencias políticas o actividades de los representantes de los
trabajadores, religión, orientación sexual, identidad y/o expresión de género, así como
proteger a las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (en adelante,
LGTBI), velando porque las personas puedan trabajar en un ámbito libre de acoso de
cualquier tipo.
El objetivo del Protocolo de acoso sexual, moral, y por razón de orientación sexual,
identidad de género y/o expresión de género, consistirá en definir las pautas que nos
permitan identificar una situación de acoso, ya sea moral, sexual o por razón de sexo,
así como acoso por razón de orientación sexual, identidad de género y/o expresión de
género, con el fin de solventar una situación discriminatoria y minimizar sus
consecuencias en el entorno de la compañía, procurando la garantía de los principios de
seguridad jurídica y presunción de inocencia y el respeto a los derechos laborales y de
protección social de las víctimas, bajo la máxima de que todas las personas trabajadoras
tienen derecho a ser tratadas con dignidad.
Este protocolo viene a cumplir también con lo que recoge el Convenio Colectivo
General de Ámbito Estatal para las Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas
Colaboradoras con la Seguridad Social (años 2020-2024) y más concretamente en su
artículo 97.–Protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual, o acoso por razón
de sexo, o de acoso moral.

cve: BOE-A-2025-8352
Verificable en https://www.boe.es

I.