Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Federación Española de Petanca. Estatutos. (BOE-A-2025-8025)
Resolución de 9 de abril de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Petanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 19 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 54722

TÍTULO VIII
Del régimen económico en la FEP
CAPÍTULO I
Régimen económico, financiero y patrimonial
Artículo 74. Disposiciones generales.
1. La FEP se encuentra sujeta al régimen de administración y gestión de
presupuesto y patrimonio de las Federaciones deportivas españolas, siéndole de
aplicación las siguientes reglas:
a) Puede promover y organizar actividades y competiciones deportivas dirigidas al
público, debiendo aplicar los beneficios económicos, si los hubiere, al desarrollo de su
objeto social.
b) Puede gravar y enajenar sus bienes inmuebles, tomar dinero a préstamo y emitir
títulos representativos de deuda o de parte alícuota patrimonial, siempre que dichos
negocios jurídicos no comprometan de modo irreversible su patrimonio o su objeto
social. Cuando se trate de bienes inmuebles que hayan sido financiados, en todo o en
parte, con fondos públicos de la Administración General del Estado, será preceptiva la
autorización del Consejo Superior de Deportes para su gravamen o enajenación.
c) Puede ejercer, complementariamente, actividades de carácter económico,
comercial, profesional o de servicios que guarden conexión con su objeto social, y
destinar sus bienes y recursos a los mismos objetivos de desarrollo o deportivos, pero en
ningún caso podrá repartir beneficios entre sus miembros.
2. La FEP establecerá su propio sistema de control económico a propuesta de la
Comisión de control económico, que podrá consistir en sistemas de intervención previa
de la propia Comisión o control financiero posterior por núcleos de actividad.
Artículo 75. Patrimonio y recursos económicos.
1. El Patrimonio de la FEP está integrado por los bienes y derechos cuya titularidad
le corresponda.
2. Son recursos económicos de la FEP:
a) Las subvenciones y ayudas públicas y privadas que pueda percibir.
b) Los patrocinios o colaboraciones.
c) Las herencias, legados y donaciones que se le otorguen, así como los premios
económicos que pueda obtener.
d) Las cuotas de afiliación o participación en actividades deportivas, formativas o de
cualquier otra naturaleza.
e) Los gastos de gestión, y los derechos por la expedición de certificados y
documentos.
f) Las multas y sanciones de carácter económico.
g) Los frutos, rentas e intereses de su patrimonio.
h) Los derivados de las operaciones de crédito que puedan realizar.
i) La comercialización de las competiciones, actividades, acontecimientos y eventos
deportivos que organice, las selecciones nacionales y su imagen corporativa.
j) Los rendimientos que produzcan las demás actividades que desarrolle.
k) Cualesquiera otros que puedan serle atribuidos por disposición legal, convenio,
contrato u otro negocio jurídico.

cve: BOE-A-2025-8025
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Núm. 95