Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-8020)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de Puertos del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la creación de la cátedra «Puertos del Estado-UPM sobre logística portuaria».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Sábado 19 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 54639

arreglo al ordenamiento jurídico vigente, a las normas legales que le resulten de
aplicación y, en particular, a las siguientes
CLÁUSULAS
1.

Objeto.

Por el presente convenio, las Partes acuerdan la colaboración en la creación de la
Cátedra de investigación en el ámbito de la gestión, explotación, planificación y logística
portuaria.
2. Actividades.
El propósito de la Cátedra es posibilitar la realización conjunta de actividades y
proyectos en los asuntos que resulten de interés para Puertos del Estado y para la UPM
y que contribuyan al desarrollo científico y tecnológico en el área de la gestión,
explotación, planificación y logística portuaria. En general se realizarán acciones
formativas, conferencias, workshops y seminarios técnicos, y así como otras acciones
divulgativas. A su vez, la creación de la Cátedra contribuye al interés público, puesto que
la sociedad en general podrá beneficiarse indirectamente de los resultados. En el anexo I
se describen las actividades a realizar en el marco del presente convenio.
3. Aportaciones y compromisos de las Partes.
3.1

Aportaciones y compromisos de Puertos del Estado.

3.1.1 Puertos del Estado contribuirá al desarrollo de las actividades objeto de la
Cátedra a través de las siguientes actuaciones y recursos:
a) Colaborando con una aportación económica descrita en la cláusula novena para
su financiación.
b) Participando junto con la UPM en la planificación, el diseño y organización y
dirección de las actividades.
c) Difundiendo y promocionando las actividades programadas.
3.1.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente convenio y en las demás leyes
aplicables, Puertos del Estado se regirá por los principios administrativos del
ordenamiento jurídico español.
3.2

Aportaciones y compromisos de la Universidad.

a) Personal docente e investigador de la UPM.
b) Infraestructura científico-técnica y administrativa suficiente para el desarrollo de
las actividades objeto de la Cátedra.
c) Facilitando a Puertos del Estado la información que sea solicitada, con el objeto
de conocer el desarrollo y la evolución de las actividades objeto de la Cátedra.
3.2.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente convenio y en las demás leyes
aplicables, la UPM se regirá por los principios administrativos del ordenamiento jurídico
español.

cve: BOE-A-2025-8020
Verificable en https://www.boe.es

3.2.1 La Universidad, previo cumplimiento de cuanta normativa resulte de
aplicación, contribuirá al desarrollo de las actividades objeto de la Cátedra a través de
las siguientes actuaciones y recursos: