Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2025-7930)
Resolución de 12 de abril de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la tercera modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, E.P.E., para la construcción de la nueva red ferroviaria en el País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 54280

Vasco, comprometiéndose las partes a suscribir un convenio relativo a la ejecución de
las obras del citado tramo, estableciendo como base la solución que se apruebe
definitivamente en el «Estudio Informativo complementario de la Nueva Red Ferroviaria
en el País Vasco, tramo: Astigarraga-Lezo» actualmente pendiente de aprobación
definitiva.
De acuerdo con la cláusula novena de la primera modificación del convenio de 24 de
abril de 2006 y con el apartado 1.º del artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, esta segunda modificación fue efectivamente
suscrita el 23 de diciembre de 2021 con una vigencia de cuatro años.
V. Que al tiempo de la presente aún se encuentra en desarrollo, (i) una parte de las
obras de ejecución de la estación de Ezkio que no se han ejecutado por rescisión del
contrato de obras inicial, referidas principalmente a las instalaciones y (ii) la redacción,
pendiente de aprobación, del proyecto constructivo del apeadero de Astigarraga en la
red de ancho ibérico gestionada por Adif. Atendiendo a dichos extremos, y a la fecha de
vigencia que, cual término máximo improrrogable, figura establecida en la segunda
modificación y prórroga suscrita el 23 de diciembre de 2021, dentro del cual se han de
verificar la totalidad de actuaciones objeto de convenio, las partes están de acuerdo en
proceder a una nueva modificación, excluyendo (i) tanto la ejecución de la parte
pendiente de las obras de la estación de Ezkio, las cuales quedarán definitivamente
localizadas fuera de todo convenio asumiendo unilateralmente Adif Alta Velocidad, de
manera separada, la terminación de las mismas, (ii) como la ejecución de las obras del
apeadero de Astigarraga en la red de ancho ibérico gestionada por Adif del convenio de
colaboración para la construcción de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco, suscrito
el 24 de abril de 2006, así como de su primera modificación de 27 de diciembre de 2017
y de su segunda modificación de 23 de diciembre de 2021.
VI. Que, celebrada la comisión de seguimiento en fecha 20 de marzo de 2024,
analizando el transcurso de las obras y trabajos pendientes, se considera necesario
actualizar el presupuesto de las distintas actuaciones contenidas inicialmente en el
convenio y que continuarán finalmente dentro del mismo en su tercera modificación.
VII. Que lo expresado en párrafos anteriores implica la modificación de los anexos I
y II contenidos en la segunda modificación del convenio, al objeto de actualizar la tabla
con la estimación de importes y el esquema con la localización de las actuaciones.
Asimismo, resulta necesario ajustar la distribución de anualidades prevista en su
anexo III.
VIII. Que, en desarrollo del convenio de 24 de abril de 2006, el mismo día se
suscribió el convenio entre el Ministerio de Fomento, la Administración General de la
Comunidad Autónoma del País Vasco y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
para la encomienda de determinadas actuaciones para la construcción de la Nueva Red
Ferroviaria en el País Vasco, así como, y en consonancia con lo acontecido en el caso
de aquel convenio, se suscribió una primera modificación del mismo en fecha 27 de
diciembre de 2017, junto con una segunda modificación en fecha 23 de diciembre
de 2021.
En vista de todo lo anterior, se considera justificado tramitar una tercera modificación
del convenio suscrito el 24 de abril de 2006, para excluir del convenio de 2006
modificado, las actuaciones referidas a (i)la ejecución de la parte pendiente de las obras
de la estación de Ezkio, las cuales conforme se ha indicado, pasarán a ser asumidas por
Adif Alta Velocidad, (ii) la ejecución de la totalidad de las obras del apeadero de
Astigarraga en la red de ancho ibérico gestionada por Adif las cuales serán objeto de
desarrollo en un convenio ulterior y (iii) a la actualización del presupuesto estimado de
las actuaciones que quedan contenidas en el convenio.
Por todo ello, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la Vicepresidencia
Primera del Gobierno y Ministerio de Hacienda, la Administración General de la
Comunidad Autónoma del País Vasco y las entidades públicas empresariales Adif y Adif-

cve: BOE-A-2025-7930
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