Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-7766)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XIX Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría, tecnologías de la información y estudios de mercado y de la opinión pública.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53604
Proponen mejoras en los procesos que se le asignan. Puede supervisar tareas de
personas a su cargo.
Nivel 3:
Poseen los conocimientos necesarios y cuenta con poca experiencia profesional en
las tareas del grupo. Tiene conocimientos de las tareas administrativas o técnicas, que
desarrolla con cierta iniciativa, pero bajo supervisión. Demuestra autonomía en la
ejecución técnica de sus labores. Puede supervisar tareas de personas a su cargo.
Grupo D
Pertenecen a este grupo profesional las personas que, ejecutan los procesos
administrativos y técnico-operativos, con un grado de complejidad medio, y que
dispongan de la necesaria formación, conocimiento y experiencia profesional. Puede
supervisar tareas de personas a su cargo.
Desarrollan sus funciones con autonomía limitada.
Nivel 1:
Personas con el perfil profesional adecuado, con experiencia profesional en las
tareas del grupo y que poseen los conocimientos necesarios. Realiza tareas de
complejidad media y con poca supervisión. Propone mejoras en los procesos que se le
asignan, pero sin contar con capacidad de decisión.
Nivel 2:
Poseen los conocimientos necesarios y experiencia profesional en las tareas del
grupo. Realiza tareas de complejidad media que tienen que ser supervisadas.
Nivel 3:
Poseen los conocimientos necesarios y con poca experiencia profesional en las
tareas del grupo. Realiza tareas de complejidad media, normalmente estandarizadas y
que tienen que ser supervisadas.
Grupo E
Pertenecen a este grupo profesional las personas que ejecutan tareas técnicas y
administrativas de baja complejidad sujetas a instrucciones de trabajo, por formación,
conocimiento y experiencia profesional.
Desarrollan sus funciones sin autonomía y bajo supervisión.
Nivel 1:
Personas con el perfil profesional adecuado que realizan las tareas técnicas propias
de su grupo con complejidad baja y bajo supervisión y sin autonomía.
Personas con el perfil profesional adecuado que realizan tareas administrativas,
operativas o de gestión sencillas, bajo supervisión y sin autonomía.
Artículo 16. Contratos en el sector de Empresas de investigación de mercados y de la
opinión pública.
1. El Contrato tipo del expresado sector para el Nivel II del Grupo E (antigua
categoría de Entrevistador/Entrevistadora-Encuestador/Encuestadora) del área
Funcional 6 de Estudios de Mercado será el Contrato de Trabajo Fijo-Discontinuo,
cve: BOE-A-2025-7766
Verificable en https://www.boe.es
Nivel 2:
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53604
Proponen mejoras en los procesos que se le asignan. Puede supervisar tareas de
personas a su cargo.
Nivel 3:
Poseen los conocimientos necesarios y cuenta con poca experiencia profesional en
las tareas del grupo. Tiene conocimientos de las tareas administrativas o técnicas, que
desarrolla con cierta iniciativa, pero bajo supervisión. Demuestra autonomía en la
ejecución técnica de sus labores. Puede supervisar tareas de personas a su cargo.
Grupo D
Pertenecen a este grupo profesional las personas que, ejecutan los procesos
administrativos y técnico-operativos, con un grado de complejidad medio, y que
dispongan de la necesaria formación, conocimiento y experiencia profesional. Puede
supervisar tareas de personas a su cargo.
Desarrollan sus funciones con autonomía limitada.
Nivel 1:
Personas con el perfil profesional adecuado, con experiencia profesional en las
tareas del grupo y que poseen los conocimientos necesarios. Realiza tareas de
complejidad media y con poca supervisión. Propone mejoras en los procesos que se le
asignan, pero sin contar con capacidad de decisión.
Nivel 2:
Poseen los conocimientos necesarios y experiencia profesional en las tareas del
grupo. Realiza tareas de complejidad media que tienen que ser supervisadas.
Nivel 3:
Poseen los conocimientos necesarios y con poca experiencia profesional en las
tareas del grupo. Realiza tareas de complejidad media, normalmente estandarizadas y
que tienen que ser supervisadas.
Grupo E
Pertenecen a este grupo profesional las personas que ejecutan tareas técnicas y
administrativas de baja complejidad sujetas a instrucciones de trabajo, por formación,
conocimiento y experiencia profesional.
Desarrollan sus funciones sin autonomía y bajo supervisión.
Nivel 1:
Personas con el perfil profesional adecuado que realizan las tareas técnicas propias
de su grupo con complejidad baja y bajo supervisión y sin autonomía.
Personas con el perfil profesional adecuado que realizan tareas administrativas,
operativas o de gestión sencillas, bajo supervisión y sin autonomía.
Artículo 16. Contratos en el sector de Empresas de investigación de mercados y de la
opinión pública.
1. El Contrato tipo del expresado sector para el Nivel II del Grupo E (antigua
categoría de Entrevistador/Entrevistadora-Encuestador/Encuestadora) del área
Funcional 6 de Estudios de Mercado será el Contrato de Trabajo Fijo-Discontinuo,
cve: BOE-A-2025-7766
Verificable en https://www.boe.es
Nivel 2: