Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-7765)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Nunhems Spain, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
14.1
Sec. III. Pág. 53581
Tabla de salarios base (mínimos).
Los salarios base mínimos brutos anuales aplicables a los niveles profesionales del
artículo 11 son los siguientes para el año 2025 (aplicables desde el mes de abril):
Nivel
Mínimo banda salarial 2025
–
Euros
B
16.576
C
17.873
D
22.222
E
27.169
F
32.354
G
34.993
H
39.729
4
47.178
La empresa podrá pactar individualmente el salario fijo anual bruto por encima del
salario base mínimo señalado para cada nivel profesional.
Esta tabla de salarios base mínimos anuales brutos se actualizará anualmente de
acuerdo con lo establecido en el artículo 15.
14.2
Estructura salarial:
La estructura salarial de Nunhems Spain, SAU, es la siguiente:
a) Salario fijo anual: Es la suma de todos los conceptos salariales fijos brutos
anuales. El salario fijo se distribuye en doce (12) mensualidades, prorrateándose las
dos (2) pagas extraordinarias de junio y Navidad. Los conceptos en los que se divide el
salario fijo son: salario base mínimo, complemento y prorrata pagas extras.
b) Salario variable anual (bonus): Es el aplicable a cada persona trabajadora según
su sistema retributivo de acuerdo con la política de retribución variable en vigor aplicable
en cada momento en la empresa.
c) Remuneración total anual: Se compone del salario fijo y variable, más todos
aquellos beneficios que pueda percibir la persona trabajadora en concepto de
retribuciones en especie u otros conceptos salariales (ej.: bolsa de beneficios).
Artículo 15. Revisiones salariales.
Los salarios fijos anuales de todas las personas trabajadoras se actualizarán, con
efectos del mes de abril de cada año de vigencia pactada de la siguiente forma:
En el caso que el IPC (Índice de Precios al Consumo) anual del año 2024
(acumulado a 31 de diciembre), publicado por el INE registrase una variación superior
al 3 %, este porcentaje se verá incrementado en dicha variación sin que en ningún caso
ésta exceda del 2 %.
En el caso de que el IPC (Índice de Precios al Consumo) anual del año 2024
(acumulado a 31 de diciembre), publicado por el INE fuera un porcentaje negativo, el
incremento salarial del 3 % se verá reducido en dicha variación. Si esa reducción fuera
superior al 3 %, no se aplicará el incremento salarial pactado en este artículo.
cve: BOE-A-2025-7765
Verificable en https://www.boe.es
Año 2025: 3 %.
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
14.1
Sec. III. Pág. 53581
Tabla de salarios base (mínimos).
Los salarios base mínimos brutos anuales aplicables a los niveles profesionales del
artículo 11 son los siguientes para el año 2025 (aplicables desde el mes de abril):
Nivel
Mínimo banda salarial 2025
–
Euros
B
16.576
C
17.873
D
22.222
E
27.169
F
32.354
G
34.993
H
39.729
4
47.178
La empresa podrá pactar individualmente el salario fijo anual bruto por encima del
salario base mínimo señalado para cada nivel profesional.
Esta tabla de salarios base mínimos anuales brutos se actualizará anualmente de
acuerdo con lo establecido en el artículo 15.
14.2
Estructura salarial:
La estructura salarial de Nunhems Spain, SAU, es la siguiente:
a) Salario fijo anual: Es la suma de todos los conceptos salariales fijos brutos
anuales. El salario fijo se distribuye en doce (12) mensualidades, prorrateándose las
dos (2) pagas extraordinarias de junio y Navidad. Los conceptos en los que se divide el
salario fijo son: salario base mínimo, complemento y prorrata pagas extras.
b) Salario variable anual (bonus): Es el aplicable a cada persona trabajadora según
su sistema retributivo de acuerdo con la política de retribución variable en vigor aplicable
en cada momento en la empresa.
c) Remuneración total anual: Se compone del salario fijo y variable, más todos
aquellos beneficios que pueda percibir la persona trabajadora en concepto de
retribuciones en especie u otros conceptos salariales (ej.: bolsa de beneficios).
Artículo 15. Revisiones salariales.
Los salarios fijos anuales de todas las personas trabajadoras se actualizarán, con
efectos del mes de abril de cada año de vigencia pactada de la siguiente forma:
En el caso que el IPC (Índice de Precios al Consumo) anual del año 2024
(acumulado a 31 de diciembre), publicado por el INE registrase una variación superior
al 3 %, este porcentaje se verá incrementado en dicha variación sin que en ningún caso
ésta exceda del 2 %.
En el caso de que el IPC (Índice de Precios al Consumo) anual del año 2024
(acumulado a 31 de diciembre), publicado por el INE fuera un porcentaje negativo, el
incremento salarial del 3 % se verá reducido en dicha variación. Si esa reducción fuera
superior al 3 %, no se aplicará el incremento salarial pactado en este artículo.
cve: BOE-A-2025-7765
Verificable en https://www.boe.es
Año 2025: 3 %.