Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-7764)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alstom Transporte, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Miércoles 16 de abril de 2025
6.

Sec. III. Pág. 53523

El nivel de gastos generales.

Este indicador se expresa como porcentaje en relación con los costes de producción.
El importe de los gastos generales que se tiene en cuenta es la suma de los gastos
generales totales (de producción y fuera de producción) menos las provisiones retenidas
para el pago de la participación en los beneficios.
El objetivo de este indicador se establece a partir de los valores de los gastos
generales, tal y como se han definido anteriormente, y los costes de producción
establecidos en el presupuesto de cada centro al principio del ejercicio.
Si el resultado de dicho indicador al final del mismo ejercicio supera en un 5 % el
valor del presupuesto, no generará participación en los beneficios.
Se establece un porcentaje de progreso y abono entre el 95 % y el 100 % del objetivo
anual que establece el presupuesto del Centro.
Sexto.

Beneficiarios.

Los beneficiarios del presente acuerdo son todas las personas trabajadoras de
Alstom para el ámbito definido en artículo 1 del presente Convenio Colectivo afectadas
por el Convenio Colectivo.
Séptimo.

Pago de la prima de la productividad.

El Abono Mensual por Productividad se cobrará mensualmente por doce meses.
El Abono Mensual por Presencia Individual se cobrará mensualmente por
doce meses.
El Abono Anual por el Cálculo de la Prima del Rendimiento Industrial se cobrará el
mes de junio siguiente al cierre del ejercicio.
Octavo.

Información del personal.

La Dirección de la Empresa y los Comités de Empresa y Delegados/as de Personal
emitirán un informe sobre el funcionamiento del sistema y sobre el importe de la Prima
de la Productividad colectiva atribuida al personal.
Noveno.

Comisión de Seguimiento.

Se creará una Comisión Paritaria de Seguimiento del presente Pacto con las
competencias siguientes:
1.

Recibir información:

2. Participar y conocer los índices de valoración y elementos de los Indicadores
Industriales que intervienen en la Prima de Productividad.
3. Al comienzo del ejercicio se presentarán ante la Comisión de Seguimiento los
valores del presupuesto que determinan los objetivos de cada Indicador Industrial.
Artículo 64. Gratificaciones extraordinarias.
1. A las personas trabajadoras incluidas en el ámbito personal de este convenio se
les abonarán dos pagas extraordinarias al año equivalentes, cada una, a treinta días de

cve: BOE-A-2025-7764
Verificable en https://www.boe.es

– Del acuerdo del Pacto de Productividad de para el ámbito definido en artículo 1 del
presente Convenio Colectivo.
– Del conjunto de los elementos que sirven de referencia para calcular la Prima por
Productividad.
– Del conjunto de los componentes que sirven de referencia para la Prima por
Productividad.
– De los Indicadores del Rendimiento Industrial de los Centros.