Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-7764)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alstom Transporte, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53510

excedencia se prorrogará automáticamente, hasta el máximo de tres años (excedencia
forzosa) o cinco años (excedencia voluntaria) previsto legalmente, salvo comunicación
de incorporación de la persona trabajadora con el preaviso anteriormente citado.
También tendrán garantizado el reingreso en la Empresa aquellas personas
trabajadoras que soliciten una excedencia voluntaria de hasta cuatro años de duración
por fines de carácter solidario o para finalizar estudios superiores, maestrías y
doctorados.
A todo lo no recogido en este artículo se estará a lo dispuesto en el artículo 46 del ET.
Artículo 39.

Absentismo.

Dada la importancia que para el negocio tiene el que las horas de presencia teórica
coincidan lo más posible con las horas de presencia efectiva, tanto la Dirección como las
Personas Trabajadoras se comprometen al estudio y puesta en práctica de medidas que
reduzcan el Absentismo y mejoren la productividad.
1.

Definición.

El Absentismo es la diferencia entre el tiempo de trabajo efectivo pactado y el
realizado. Es decir, son Absentismo las ausencias del trabajo de una persona durante
parte o toda la jornada laboral que se suponía debía asistir, independientemente de la
causa por la cual se produzca.
No computarán en ningún caso a efectos del Absentismo las siguientes ausencias:





Tiempo de vacaciones.
Horas sindicales legalmente establecidas.
Licencias retribuidas.
Excedencia.

El Absentismo se calculará cada mes cómo la diferencia entre las horas de presencia
teórica y las horas de presencia efectiva (con las excepciones anteriores).
Horas extraordinarias.

1. Horas extraordinarias de fuerza mayor: Se consideran como tales las
ocasionadas como consecuencia de siniestros y daños urgentes y extraordinarios (no
previsibles) según establece el Código Civil. La realización de estas horas se
considerará de obligado cumplimiento. Estas horas no computan dentro del límite anual
de horas extras establecido.
2. Las demás horas extras que se producen, tanto las necesarias para atender
pedidos imprevistos, períodos de punta de producción, ausencias imprevistas, cambios
de turno así como aquellas que tengan lugar, tanto por un incremento continuado de la
producción, las que se pudieran generar en los mismos departamentos y trabajos de
forma continuada, sistemática y repetitiva y, por tanto predecible, deberán ser cubiertas,
una vez adoptadas las medidas de carácter organizativo que correspondan, bien por
contratos a tiempo parcial, bien por contratos de carácter temporal en la modalidad que
corresponda.
3. La realización de estas horas serán voluntarias, y tendrán como límite máximo el
tope permitido por la ley.
4. La Empresa dará justificación escrita de las horas extras predecibles antes de su
realización. En dicha justificación se expresarán las causas, el número y el perfil las
personas a las que se les va a pedir la voluntariedad para realizarlas. Los Comités de
Empresa y Delegados/as de Personal podrán recabar las explicaciones verbales que
estime pertinentes sobre la información que se exprese en la notificación escrita citada, a
nivel de Dirección.

cve: BOE-A-2025-7764
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Artículo 40.