Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-7772)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del «Estudio informativo de electrificación de la línea Bobadilla-Algeciras, tramo Bobadilla-Ronda».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53736

son los aceites de los transformadores. En cualquier caso, el proyecto incluye la
adecuada gestión de todo tipo de residuos.
La fase de construcción supondrá una demanda de bienes y servicios (materiales de
construcción, maquinaria, equipos, instrumentación, etc.), que incidirá positivamente en
la creación de empleo local y desarrollo económico.
Los efectos sobre el cambio climático en fase de construcción vienen derivados de la
emisión de gases de efecto invernadero (GEI) por parte de los vehículos y maquinarias
que intervienen en la obra. En fase de funcionamiento, la actividad de transporte de
energía eléctrica mediante catenaria no conlleva ningún tipo de emisiones de gases
contaminantes ni CO2, por lo que no tiene incidencia sobre el cambio climático y supone
un efecto beneficioso respecto a las emisiones producidas en la situación actual del
transporte ferroviario sin electrificar.
La Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico valora positivamente el proyecto al estar alineado con los
objetivos de mitigación del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC),
recomienda incluir la identificación y valoración del impacto del proyecto en el clima y el
cambio climático y recomienda llevar a cabo el cálculo de la huella de carbono de las
alternativas previstas y una evaluación de la vulnerabilidad y los riesgos climáticos. La
documentación adicional remitida por el promotor incluye un capítulo específico en el que
se estudia la vulnerabilidad del proyecto frente al cambio climático cuyas conclusiones se
incluyen en la presente resolución.
El informe de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de
la Junta de Andalucía concluye considerando el impacto global del proyecto como
positivo en cuanto a la promoción de la actividad económica y el empleo en la zona, la
mejora de la movilidad y la reducción de impactos en la calidad del aire, mientras que los
potenciales impactos negativos sobre el ruido, los residuos y los campos
electromagnéticos no es previsible que supongan un impacto relevante sobre la
población, por ello, no considera necesario efectuar alegaciones o consideraciones al
proyecto.
El condicionado de la presente resolución incluye, además de medidas generales
para la protección de la calidad del aire, la realización de estudios acústicos y vibratorios
de detalle durante la redacción de los proyectos de construcción.
Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario (HIC):

El EsIA incluye un «Estudio de Vegetación, Flora y Hábitats de interés comunitario»,
para su elaboración se han realizado trabajos de campo.
El promotor informa que la instalación de la catenaria se ejecutará desde la propia
plataforma y las ocupaciones temporales se harán en las propias estaciones y a ambos
lados de la vía, sin salir del dominio público ferroviario, por lo que no se ocasiona nueva
ocupación en terrenos fuera de la plataforma. Por tanto, no se afectará a formaciones de
vegetación natural, pese a que existen parcelas catalogadas como hábitats de interés
comunitario y bosques isla en zonas adyacentes a la vía.
Las únicas zonas en las que se llevará a cabo nueva ocupación, y por tanto será
necesaria la eliminación de la cubierta vegetal por despeje y desbroce, serán las zonas
donde se ubican los centros de autotransformación y sus viales de acceso. Todos ellos
se ubican en terrenos de olivar.
Respecto a las especies de flora amenazada presentes en el entorno del proyecto,
no se ha detectado en la zona de actuación ninguna por lo que el EsIA descarta posibles
afecciones sobre dichas poblaciones.
Las principales medidas de protección de la vegetación propuestas por el promotor
son: desbroces de forma manual, jalonamiento de las zonas de actuación,
establecimiento de zonas de exclusión, restauración de las áreas alteradas (en el caso
de que se hayan alterado comunidades vegetales naturales y/o hábitats de interés
comunitario restauración similar a la preexistente) y previo al inicio de las obras se
realizarán prospecciones del terreno en la época de floración por un técnico

cve: BOE-A-2025-7772
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