Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-7772)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del «Estudio informativo de electrificación de la línea Bobadilla-Algeciras, tramo Bobadilla-Ronda».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53734
Durante la fase de explotación, existe el riesgo contaminación en caso de pérdida de
aceite de los transformadores, no obstante, se ha proyectado un cubeto inferior para la
posible recogida de fugas.
La Comisaría de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir indica que, dado que
en el ámbito de su demarcación únicamente se realizará la electrificación de la línea, las
actuaciones no generarán nuevas afecciones al dominio público hidráulico. Por otra
parte, la Dirección Técnica afirma que el proyecto no afectará a ninguna infraestructura
hidráulica gestionada por esa unidad.
La Dirección General Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía remite informes de
los Servicios de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Comisarías de Aguas de
las Cuencas Mediterráneas y de las Cuencas Atlánticas Andaluzas. En ambos informes,
se detallan una serie de consideraciones generales de obligado cumplimiento para el
promotor para la redacción de los proyectos de construcción durante la ejecución de las
obras.
El condicionado de la presente resolución incluye diversas prescripciones para la
protección de las aguas que tienen en cuenta el contenido de los informes recibidos y las
conclusiones extraídas por esta Dirección General.
B.3
Población y salud humana:
N.º pantalla
Margen
1
Izquierda.
0+160
0+320
160
4
2
Izquierda.
0+335
0+440
105
2
3
Derecha.
29+920
30+300
380
2
4
Izquierda.
30+325
30+340
105
2
P. k. inicio P. k. final Longitud (m) Altura (m)
cve: BOE-A-2025-7772
Verificable en https://www.boe.es
El EsIA incluye el apéndice 9 «Valoración de impacto en salud», que analiza los
efectos derivados de la exposición a agentes contaminantes de la calidad del aire, a
ruido, de la generación de campos electromagnéticos, de la exposición a residuos y de la
creación de empleo local y desarrollo económico.
La actividad de la maquinaria pesada, el transporte de materiales y los movimientos
de tierra durante la fase de construcción, pueden generar molestias en las poblaciones
cercanas por alteración de calidad del aire y ruido. En el ámbito donde se desarrollan las
obras, la incidencia de estos efectos va a ser muy leve al tratarse de zonas abiertas, con
alta capacidad dispersante y sin poblaciones cercanas, salvo en los tramos adyacentes a
los núcleos urbanos de Estación de Bobadilla (Antequera), Almargen, Atalaya (Cañete la
Real) y Ronda. Por otra parte, las molestias que puedan producirse quedarán
restringidas únicamente a los momentos de mayor actividad, que tendrán lugar sólo
durante las horas diurnas y días laborables.
Las principales medidas incluidas en el EsIA son: riegos en la zona de obras,
camiones con lonas, lavaderos de ruedas, limitación de la velocidad, limitación de la
actividad de las obras al periodo diurno y adecuado mantenimiento y puesta a punto de
la maquinaria.
En fase de funcionamiento, la actividad de transporte de energía eléctrica mediante
catenaria no conlleva ningún tipo de emisiones de gases contaminantes, lo que supone
un efecto beneficioso respecto a las emisiones producidas en la situación actual por el
uso de combustibles fósiles.
En fase de explotación, de acuerdo con el «Estudio acústico» incluido en el EsIA,
considerando un aumento de frecuencia de la circulación de los trenes, se incumplirán
de los objetivos de calidad acústica en 121 edificaciones de tipo residencial y 4 de tipo
sensible (sanitario, docente y cultural). Por ello propone la instalación de 17 pantallas
acústicas, con una longitud total de 3.570 m, y alturas de entre 2 y 4 m. Se resume este
aspecto en la siguiente tabla:
Núm. 92
Miércoles 16 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 53734
Durante la fase de explotación, existe el riesgo contaminación en caso de pérdida de
aceite de los transformadores, no obstante, se ha proyectado un cubeto inferior para la
posible recogida de fugas.
La Comisaría de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir indica que, dado que
en el ámbito de su demarcación únicamente se realizará la electrificación de la línea, las
actuaciones no generarán nuevas afecciones al dominio público hidráulico. Por otra
parte, la Dirección Técnica afirma que el proyecto no afectará a ninguna infraestructura
hidráulica gestionada por esa unidad.
La Dirección General Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía remite informes de
los Servicios de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Comisarías de Aguas de
las Cuencas Mediterráneas y de las Cuencas Atlánticas Andaluzas. En ambos informes,
se detallan una serie de consideraciones generales de obligado cumplimiento para el
promotor para la redacción de los proyectos de construcción durante la ejecución de las
obras.
El condicionado de la presente resolución incluye diversas prescripciones para la
protección de las aguas que tienen en cuenta el contenido de los informes recibidos y las
conclusiones extraídas por esta Dirección General.
B.3
Población y salud humana:
N.º pantalla
Margen
1
Izquierda.
0+160
0+320
160
4
2
Izquierda.
0+335
0+440
105
2
3
Derecha.
29+920
30+300
380
2
4
Izquierda.
30+325
30+340
105
2
P. k. inicio P. k. final Longitud (m) Altura (m)
cve: BOE-A-2025-7772
Verificable en https://www.boe.es
El EsIA incluye el apéndice 9 «Valoración de impacto en salud», que analiza los
efectos derivados de la exposición a agentes contaminantes de la calidad del aire, a
ruido, de la generación de campos electromagnéticos, de la exposición a residuos y de la
creación de empleo local y desarrollo económico.
La actividad de la maquinaria pesada, el transporte de materiales y los movimientos
de tierra durante la fase de construcción, pueden generar molestias en las poblaciones
cercanas por alteración de calidad del aire y ruido. En el ámbito donde se desarrollan las
obras, la incidencia de estos efectos va a ser muy leve al tratarse de zonas abiertas, con
alta capacidad dispersante y sin poblaciones cercanas, salvo en los tramos adyacentes a
los núcleos urbanos de Estación de Bobadilla (Antequera), Almargen, Atalaya (Cañete la
Real) y Ronda. Por otra parte, las molestias que puedan producirse quedarán
restringidas únicamente a los momentos de mayor actividad, que tendrán lugar sólo
durante las horas diurnas y días laborables.
Las principales medidas incluidas en el EsIA son: riegos en la zona de obras,
camiones con lonas, lavaderos de ruedas, limitación de la velocidad, limitación de la
actividad de las obras al periodo diurno y adecuado mantenimiento y puesta a punto de
la maquinaria.
En fase de funcionamiento, la actividad de transporte de energía eléctrica mediante
catenaria no conlleva ningún tipo de emisiones de gases contaminantes, lo que supone
un efecto beneficioso respecto a las emisiones producidas en la situación actual por el
uso de combustibles fósiles.
En fase de explotación, de acuerdo con el «Estudio acústico» incluido en el EsIA,
considerando un aumento de frecuencia de la circulación de los trenes, se incumplirán
de los objetivos de calidad acústica en 121 edificaciones de tipo residencial y 4 de tipo
sensible (sanitario, docente y cultural). Por ello propone la instalación de 17 pantallas
acústicas, con una longitud total de 3.570 m, y alturas de entre 2 y 4 m. Se resume este
aspecto en la siguiente tabla: