Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-7772)
Resolución de 4 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del «Estudio informativo de electrificación de la línea Bobadilla-Algeciras, tramo Bobadilla-Ronda».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53730

Las principales actuaciones contenidas en el proyecto son:
– Electrificación de la línea ferroviaria entre Bobadilla y Ronda en 25 kV con una
catenaria tipo CA200.
– Nuevos centros de autotransformación intermedios (ATI) y final (ATF), necesarios
para la electrificación de la citada línea ferroviaria: ATI 402.6, ATF 411.1, ATI 411.2 y
ATI 411.3.
– Actuaciones sobre la infraestructura existente para su compatibilidad con los
requerimientos de la electrificación. Para el tramo comprendido entre el p. k. 20+000 y la
Estación de Ronda, situada en el p. k. 70+745, las actuaciones sobre la infraestructura
existente ya están comprendidas en otros proyectos constructivos que, o bien están
aprobados o están en redacción y, por ende, no son objeto del presente estudio.
Tampoco se incluyen actuaciones en el entorno de la estación de Campillos (entre el
p. k. 12+390.9 y el p. k. 13+740.0), que es objeto del «Proyecto para la ampliación de la
longitud a 750 m de los apartaderos de Campillos y Setenil en el tramo Bobadilla-Ronda,
de agosto de 2020», a excepción de las actuaciones relacionadas con la necesaria
reposición del actual paso superior situado en el p. k. 12+800 (PS-04) para adaptarlo a
los requerimientos de gálibo por electrificación de la línea. Por tanto, en el presente
estudio, las actuaciones sobre la infraestructura existente entre el p. k. 0+000 y el
p. k. 20+000 son las siguientes:
● Adaptación de gálibo de pasos superiores:
○ Es necesario realizar un ajuste de rasante de los pasos superiores PS-03
(p. k. 10+343) y PS-05 (p. k. 15+780) consistente en rebajes de 63 cm y 67 cm
respectivamente. Esto obliga a modificar valores de rampas y pendientes del trazado
existente en los puntos de inicio y final del rebaje.
○ Demolición y reconstrucción del paso superior PS-04 (p. k. 12+800), por lo que el
trazado en alzado no sufre cambios respecto de la situación actual.
● Renovación de superestructura de vía.
● Comprobación de que las obras de drenaje existentes cumplen con el
dimensionamiento para T=500 años.
El sistema de electrificación estará alimentado desde la LAV Córdoba-Málaga y
desde una nueva subestación a ubicar en las inmediaciones de Ronda (hacia el p. k. 67
de la vía actual), que no se incluye en el presente estudio, y que cuenta con declaración
de impacto ambiental, mediante Resolución de 20 de noviembre de 2024, de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Subestación de Ronda 400 KV y la línea de entrada/salida de
Pinar del Rey-Tajo de la Encantada 2 y Jordana-Tajo de la Encantada».
Las labores de instalación de la catenaria se ejecutarán desde la propia plataforma y
las ocupaciones temporales se harán en las propias estaciones y a ambos lados de la
vía, sin salir del dominio público ferroviario.
El estudio informativo y el estudio de impacto ambiental se encuentran a disposición
del público en el siguiente enlace:
https://www.mitma.gob.es/ferrocarriles/estudios-en-tramite/estudios-y-proyectos-entramite/estudio-informativo-de-la-electrificacion-de-la-linea-bobadilla-algeciras-tramobobadilla-ronda.
2.

Tramitación del procedimiento

Mediante Resolución de fecha 20 de abril de 2020, de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, se emite informe de impacto ambiental que determina el sometimiento a
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto «Electrificación del tramo

cve: BOE-A-2025-7772
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 92