Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-7758)
Resolución de 27 de febrero de 2025, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53397

c) Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al anexo V del convenio MARPOL:
Tarifa máxima desechos MARPOL V
Cantidad descargada

Tarifa (€/m3)

Hasta 1 m3

79,00

Entre 1 m y 2 m

126,40

3

Entre 2 m y 3 m

176,96

Entre 3 m3 y 4 m3

211,72

3
3

3

≥ 4 m3 (por m3 o fracción)

47,40

d) Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al anexo VI del convenio MARPOL:
Tarifa máxima desechos MARPOL VI

Tarifa (€/m3)

b.2

100 €/m3

Residuos de carga.

a) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo I del convenio MARPOL:
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL I

No inflamables (punto inflamación>60°) 53,21 €/m3
Inflamables (punto inflamación<60°)

66,46 €/m3

b) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo II del convenio MARPOL:
La estructura tarifaria y tarifas máximas por este servicio serán idénticas a las
correspondientes a las indicadas para residuos de carga correspondientes al anexo I en
este mismo pliego de prescripciones particulares.
c) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al anexo V del convenio MARPOL:

Con respecto a las tarifas máximas de los apartados e, f y g anteriores, dada la
amplia tipología de residuos de carga existente, podrá admitirse, de manera excepcional
y previa justificación de los costes del servicio ante la Autoridad Portuaria y ante el buque
receptor del servicio, la aplicación por el prestador de un recargo sobre las tarifas
máximas que se detallan.
Cuando exista limitación del número de prestadores y se convoque concurso para la
adjudicación de las licencias, las tarifas a aplicar serán las ofertadas por el adjudicatario
en cada caso, que serán siempre inferiores a las tarifas máximas que en ese momento
estén vigentes.

cve: BOE-A-2025-7758
Verificable en https://www.boe.es

La estructura tarifaria y tarifas máximas por este servicio serán idénticas a las
correspondientes a las indicadas para desechos correspondientes al anexo V en este
mismo pliego de prescripciones particulares.