Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-7775)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XXV, SL, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Envatios XXV, de 183,75 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Valdenuño Fernández, El Casar, El Cubillo de Uceda y Uceda (Guadalajara).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53780

términos expresados en la DIA, y en coordinación con el organismo autonómico
competente, salvo que el organismo autonómico competente en medio ambiente
finalmente considere que los impactos del soterramiento sean más significativos que el
trazado aéreo, según la condición 1.ii). Patrimonio cultural. (49).; evitar la colocación de
apoyos en terrenos de dominio público pecuario, según la condición 1.ii). Patrimonio
cultural. (50).; y llevar a cabo medidas correctoras anti-electrocución, según el Real
Decreto 1432/2008, de 29 de diciembre, y aplicar las condiciones técnicas generales
establecidas en el Decreto 5/1999, de 2 de febrero, según la condición 1.ii). Fauna. (21).
En consecuencia, en la resolución de autorización administrativa previa del proyecto,
se recogía expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa
de alguna de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del
artículo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Envatios Promoción XXV, SL (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 15 de
marzo de 2024, autorización administrativa previa respecto de las modificaciones
descritas anteriormente, autorización administrativa de construcción, aportando los
correspondientes proyectos de ejecución y declaración responsable que acredita el
cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, para el parque fotovoltaico
Envatios XXV, de 183,75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación,
en los términos municipales de Valdenuño Fernández, El Cubillo de Uceda, El Casar y
Uceda, en la provincia de Guadalajara.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Guadalajara y se ha tramitado de conformidad con lo
previsto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones,
organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte
que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestación de la que no se desprende oposición del Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias (Adif). Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, que expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa), del
Ayuntamiento de El Cubillo de Uceda, del Ayuntamiento de Uceda, del Ayuntamiento de
Valdenuño Fernández, de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección General
Carreteras del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Confederación
Hidrográfica del Tajo, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
de la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Subdirección
General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de
Defensa, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha
(IACLM), la cual manifiesta que ha detectado que se producen afecciones por
paralelismos sobre el sistema de conducciones y su servidumbre de paso-acueducto del
Sistema de Abastecimiento Campiña Baja denominada «Ramal 4 (Valdenuño)» por parte
del parcelario denominado «Isla 02» de la planta fotovoltaica Envatios XXV, lo que
provoca que informen desfavorablemente sobre la posibilidad de ejecutar la instalación
de obras permanentes en las bandas de protección de las citadas infraestructuras. Se ha
dado traslado al promotor, el cual manifiesta que ha realizado una modificación en el
vallado del precitado parcelario «Isla 02» retranqueando uno de los vértices

cve: BOE-A-2025-7775
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Núm. 92