Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-7775)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XXV, SL, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Envatios XXV, de 183,75 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Valdenuño Fernández, El Casar, El Cubillo de Uceda y Uceda (Guadalajara).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 53779

estudio de impacto ambiental y nuevos proyectos de la instalación fotovoltaica y de la
línea de evacuación a 400 kV, con modificaciones consistentes en:
– Reducción de la superficie inicial de implantación de la poligonal fotovoltaica en el
término municipal de Valdenuño Fernández, pasando de 644,3 hectáreas a 493,07
hectáreas, en respuesta a los informes de la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Asociación
Campiña Verde y de la Asociación Dalma.
– Desplazar la ubicación de la SET La Cereal Promotores 30/400 kV, ubicada
originalmente más al norte en el término municipal de El Casar, colindando con el
término municipal de El Cubillo de Uceda, a las proximidades de la frontera del término
municipal de El Casar con el término municipal de Valdenuño Fernández, en respuesta a
los informes de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
– Modificar el trazado y características de la línea de evacuación a 400 kV que
conecta la subestación transformadora La Cereal Promotores 30/400 kV con la
subestación eléctrica La Cereal 400 kV (REE) y soterrar parcialmente su recorrido,
pasando de una longitud total de 43,92 km, de los cuales 1,15 km eran soterrados, a una
longitud de 49,36 km, de los cuales 22,17 km eran soterrados, discurriendo el trazado
definitivo por los términos municipales de Valdenuño Fernández, El Casar, El Cubillo de
la Uceda, Uceda, Torremocha del Jarama, Torrelaguna, El Vellón, El Molar, San Agustín
de Guadalix, Colmenar Viejo y Tres Cantos, en respuesta a los informes de la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha.
De conformidad con lo dispuesto en la citada resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 18 de septiembre de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula declaración de impacto ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
núm. 243, de 11 de octubre de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se
debían llevar a cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:
i. En cuanto a la generación: establecer un área de exclusión de actuaciones en
torno al elemento etnográfico «Tejar de Valdehinojuela» en los términos expresados en la
DIA, y en coordinación con el organismo autonómico competente, según la
condición 1.ii). Patrimonio cultural. (49).; evitar la colocación de apoyos en terrenos de
dominio público pecuario, según la condición 1.ii). Patrimonio cultural. (50) y Respetar
una zona libre de paneles de al menos el doble de su anchura a cada lado de las vías
pecuarias existentes, según la condición 1.ii). Patrimonio cultural. (51).; establecimiento
de islas o manchas de vegetación arbustiva distribuidas en mosaico dentro de las
instalaciones, una red de corredores continua interna que mantenga zonas de presencia
de vegetación natural y se mantendrán los majanos de piedras y otras estructuras
similares existentes, incluidas las lineales como ribazos y lindes, según condiciones 1.ii).
Vegetación, flora, HIC. (13) y (14), 1.ii). Fauna (26) y 1.ii). Paisaje (44).; y el vallado
deberá ajustarse a lo recogido en la condición 1.ii). Fauna. (23).; y
ii. En cuanto a la evacuación: la infraestructura de evacuación final del proyecto es
la definida en la condición 1.i).1. de la DIA. Es decir, la infraestructura de evacuación
incluida en los proyectos Envatios XXV y Envatios XIII-La Cereal-Fase II finalizará en la
Subestación Eléctrica Alten Tres Cantos. El resto de infraestructura de evacuación hasta
La Cereal 440 kV REE no es objeto de esta resolución; soterramiento completo del tramo
de longitud 2,98 kilómetros de la línea de evacuación a 400 kV «SET La Cereal
Promotores-SET La Cereal (REE)», entre la SET La Cereal Promotores y la SET Alten
Tres Cantos 30/220/400 kV, según la condición 1.i). (1).; establecer un área de exclusión
de actuaciones en torno al elemento etnográfico «Tejar de Valdehinojuela» en los

cve: BOE-A-2025-7775
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