Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-7648)
Resolución de 7 de abril de 2025, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, la Comunidad Autónoma de Cantabria y la Junta de Castilla y León, para la realización de inversiones destinadas a la conservación de la biodiversidad en el Parque Nacional de los Picos de Europa, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 52842
artículo 2.4 del Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y
León, de reestructuración de Consejerías que integran la Administración de la
Comunidad Autónoma.
Quinto.
El artículo 16 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, establece que la cooperación
económica, técnica y administrativa entre la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónomas para la consecución de los objetivos de cada uno de los
parques nacionales y el desarrollo del resto de cometidos asignados a la primera en esta
materia respetará en todo caso el principio de voluntariedad, que se acredita en la firma
por las partes del presente convenio.
Sexto.
El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (en adelante, MRR), incluido
dentro del instrumento financiero Next Generation (EU), aprobado por el Consejo
Europeo el 21 de julio de 2020, tiene como finalidad principal el apoyo a la inversión y las
reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente,
al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la Unión Europea.
Dicho Mecanismo prevé que cada Estado Miembro desarrolle un Plan de
recuperación y Resiliencia donde se incluyan las reformas y proyectos de inversión
necesarios para alcanzar los objetivos del Mecanismo. Mediante Acuerdo del Consejo de
ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del Reino de España (en adelante, PRTR).
Dentro del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en
adelante, MITECO), se han diseñado proyectos de reformas e inversiones dirigidas a los
sectores ambientales y productivos con mayor capacidad de transformación dentro del
marco general de la transición medioambiental necesario para poner en marcha el Pacto
Verde Europeo, priorizando la transición ecológica dentro de la estrategia de desarrollo.
Así, el MITECO, participa dentro de este Plan con el componente 4 «Conservación y
restauración de ecosistemas marinos, terrestres y su biodiversidad», entre otros; en cuya
ejecución también participa el OAPN, encajando sus actuaciones en las líneas de
inversión previstas en el citado componente, concretamente en las destinadas a
conservación de biodiversidad y apoyo para su gestión y la del uso público y difusión
(C4.I2).
En consecuencia, el OAPN cuenta con financiación procedente de los fondos MRR,
en el marco del PRTR aprobado por el Gobierno Español y las instituciones
comunitarias, dentro de su componente C4 para el desarrollo de las actuaciones
anteriormente mencionadas.
El Principado de Asturias y las comunidades autónomas de Cantabria, Castilla y
León, firmantes del presente convenio, gestionan respectivamente, un 41,60 %;
un 22,69 % y un 35,71 % de la superficie total del Parque Nacional de los Picos de
Europa que, de acuerdo con los datos recogidos en la memoria de este espacio natural
protegido para 2021, asciende a 66.030,66 ha.
En consecuencia y a tal efecto las partes acuerdan suscribir el presente convenio, al
amparo de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
cve: BOE-A-2025-7648
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 52842
artículo 2.4 del Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y
León, de reestructuración de Consejerías que integran la Administración de la
Comunidad Autónoma.
Quinto.
El artículo 16 de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, establece que la cooperación
económica, técnica y administrativa entre la Administración General del Estado y las
Comunidades Autónomas para la consecución de los objetivos de cada uno de los
parques nacionales y el desarrollo del resto de cometidos asignados a la primera en esta
materia respetará en todo caso el principio de voluntariedad, que se acredita en la firma
por las partes del presente convenio.
Sexto.
El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (en adelante, MRR), incluido
dentro del instrumento financiero Next Generation (EU), aprobado por el Consejo
Europeo el 21 de julio de 2020, tiene como finalidad principal el apoyo a la inversión y las
reformas en los Estados Miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente,
al tiempo que se promueven las prioridades ecológicas y digitales de la Unión Europea.
Dicho Mecanismo prevé que cada Estado Miembro desarrolle un Plan de
recuperación y Resiliencia donde se incluyan las reformas y proyectos de inversión
necesarios para alcanzar los objetivos del Mecanismo. Mediante Acuerdo del Consejo de
ministros de 27 de abril de 2021, se aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del Reino de España (en adelante, PRTR).
Dentro del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en
adelante, MITECO), se han diseñado proyectos de reformas e inversiones dirigidas a los
sectores ambientales y productivos con mayor capacidad de transformación dentro del
marco general de la transición medioambiental necesario para poner en marcha el Pacto
Verde Europeo, priorizando la transición ecológica dentro de la estrategia de desarrollo.
Así, el MITECO, participa dentro de este Plan con el componente 4 «Conservación y
restauración de ecosistemas marinos, terrestres y su biodiversidad», entre otros; en cuya
ejecución también participa el OAPN, encajando sus actuaciones en las líneas de
inversión previstas en el citado componente, concretamente en las destinadas a
conservación de biodiversidad y apoyo para su gestión y la del uso público y difusión
(C4.I2).
En consecuencia, el OAPN cuenta con financiación procedente de los fondos MRR,
en el marco del PRTR aprobado por el Gobierno Español y las instituciones
comunitarias, dentro de su componente C4 para el desarrollo de las actuaciones
anteriormente mencionadas.
El Principado de Asturias y las comunidades autónomas de Cantabria, Castilla y
León, firmantes del presente convenio, gestionan respectivamente, un 41,60 %;
un 22,69 % y un 35,71 % de la superficie total del Parque Nacional de los Picos de
Europa que, de acuerdo con los datos recogidos en la memoria de este espacio natural
protegido para 2021, asciende a 66.030,66 ha.
En consecuencia y a tal efecto las partes acuerdan suscribir el presente convenio, al
amparo de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
cve: BOE-A-2025-7648
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.