Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2025-7631)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de compraventa y arrendamiento a largo plazo de bienes muebles, con letras de identificación CRENT-SRI, y sus anexos, para ser utilizado por Crede Rent, SL.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 52761
CONTRATO DE COMPRAVENTA Y ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO DE BIENES MUEBLES
Modelo CRENT-SRI aprobado por la Resolución de la DGSJFP, de fecha [*]
CONTRATO Nº
CONDICIONES PARTICULARES
G- DURACIÓN
__ meses a contar desde la fecha de la firma del Acta de Aceptación de los Bienes, de conformidad con lo
establecido en la Condición General D.
H- FIANZA
La fianza que se menciona en la Condición General S, que debe satisfacer los Arrendatarios, asciende a la cantidad
de «fianza_» Euros y su pago se realizará a la fecha de firma del presente Contrato. Esta fianza será devuelta por
el Arrendador, una vez terminado el Contrato y cumplidas todas las condiciones y obligaciones por parte de los
Arrendatarios.
I- TERMINACIÓN Y VENCIMIENTO ANTICIPADO
La presente relación arrendaticia finalizará, salvo que tenga lugar cualquiera de las causas de terminación o
vencimiento anticipado del presente Contrato (según Condición General Q), el último día del periodo de vigencia
indicado en la Condición Particular G “Duración”.
J- IMPUESTOS Y TRIBUTOS
El Arrendador manifiesta que es una sociedad mercantil que no tiene naturaleza de entidad regulada y que por
ello no está sometida a supervisión de autoridad alguna en España, lo que los Arrendatarios declaran conocer y
aceptar expresamente. Por su parte, el Arrendatario manifiesta que no ha recibido ningún tipo de asesoramiento
por el Arrendador en relación con la operación objeto de este Contrato, en particular en lo que a sus aspectos
financieros, jurídicos y fiscales se refiere. Asimismo, el Arrendatario manifiesta que ha analizado la operación
objeto del presente Contrato y que la considera adecuada a sus intereses, habiendo obtenido, de forma
independiente, el asesoramiento financiero, jurídico y fiscal que ha estimado necesario o conveniente a estos
efectos. Los Gastos, Impuestos y Tributos derivados del presente contrato serán asumidos por las partes según
se establece en la Condición General U.
K- DESTINO Y UBICACIÓN DE LOS BIENES
DESTINO: proceso productivo propio
UBICACIÓN: Instalaciones del Arrendatario
L-
PREPARACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO
Descripción de las especificaciones técnicas de instalación, según oferta de renting nº
N- CESIONES
Las partes acuerdan que solo el Arrendador podrá ceder sin recabar el consentimiento previo del Arrendatario:
(i) su posición contractual o (ii) la totalidad o parte de sus derechos y obligaciones derivados del Contrato a favor de
terceros, siempre y cuando dicha cesión no suponga un incremento de los costes para los Arrendatarios o sus
fiadores. Por su parte, los Arrendatarios deberán recabar la autorización previa del Arrendador para cualquier cesión
de derechos o posición contractual.
En
Fecha
Arrendatario 1
En
Fecha
Arrendatario 2
En
Fecha
Fiador/es Solidario/s
En
Fecha
Arrendador
cve: BOE-A-2025-7631
Verificable en https://www.boe.es
M- USO Y MANTENIMIENTO
Los Arrendatarios mantendrán durante la vigencia de este contrato, un contrato de prestación de servicios de
mantenimiento de los Bienes.
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 52761
CONTRATO DE COMPRAVENTA Y ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO DE BIENES MUEBLES
Modelo CRENT-SRI aprobado por la Resolución de la DGSJFP, de fecha [*]
CONTRATO Nº
CONDICIONES PARTICULARES
G- DURACIÓN
__ meses a contar desde la fecha de la firma del Acta de Aceptación de los Bienes, de conformidad con lo
establecido en la Condición General D.
H- FIANZA
La fianza que se menciona en la Condición General S, que debe satisfacer los Arrendatarios, asciende a la cantidad
de «fianza_» Euros y su pago se realizará a la fecha de firma del presente Contrato. Esta fianza será devuelta por
el Arrendador, una vez terminado el Contrato y cumplidas todas las condiciones y obligaciones por parte de los
Arrendatarios.
I- TERMINACIÓN Y VENCIMIENTO ANTICIPADO
La presente relación arrendaticia finalizará, salvo que tenga lugar cualquiera de las causas de terminación o
vencimiento anticipado del presente Contrato (según Condición General Q), el último día del periodo de vigencia
indicado en la Condición Particular G “Duración”.
J- IMPUESTOS Y TRIBUTOS
El Arrendador manifiesta que es una sociedad mercantil que no tiene naturaleza de entidad regulada y que por
ello no está sometida a supervisión de autoridad alguna en España, lo que los Arrendatarios declaran conocer y
aceptar expresamente. Por su parte, el Arrendatario manifiesta que no ha recibido ningún tipo de asesoramiento
por el Arrendador en relación con la operación objeto de este Contrato, en particular en lo que a sus aspectos
financieros, jurídicos y fiscales se refiere. Asimismo, el Arrendatario manifiesta que ha analizado la operación
objeto del presente Contrato y que la considera adecuada a sus intereses, habiendo obtenido, de forma
independiente, el asesoramiento financiero, jurídico y fiscal que ha estimado necesario o conveniente a estos
efectos. Los Gastos, Impuestos y Tributos derivados del presente contrato serán asumidos por las partes según
se establece en la Condición General U.
K- DESTINO Y UBICACIÓN DE LOS BIENES
DESTINO: proceso productivo propio
UBICACIÓN: Instalaciones del Arrendatario
L-
PREPARACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO
Descripción de las especificaciones técnicas de instalación, según oferta de renting nº
N- CESIONES
Las partes acuerdan que solo el Arrendador podrá ceder sin recabar el consentimiento previo del Arrendatario:
(i) su posición contractual o (ii) la totalidad o parte de sus derechos y obligaciones derivados del Contrato a favor de
terceros, siempre y cuando dicha cesión no suponga un incremento de los costes para los Arrendatarios o sus
fiadores. Por su parte, los Arrendatarios deberán recabar la autorización previa del Arrendador para cualquier cesión
de derechos o posición contractual.
En
Fecha
Arrendatario 1
En
Fecha
Arrendatario 2
En
Fecha
Fiador/es Solidario/s
En
Fecha
Arrendador
cve: BOE-A-2025-7631
Verificable en https://www.boe.es
M- USO Y MANTENIMIENTO
Los Arrendatarios mantendrán durante la vigencia de este contrato, un contrato de prestación de servicios de
mantenimiento de los Bienes.