Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2025-7631)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de compraventa y arrendamiento a largo plazo de bienes muebles, con letras de identificación CRENT-SRI, y sus anexos, para ser utilizado por Crede Rent, SL.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 52760
CONTRATO DE COMPRAVENTA Y ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO DE BIENES MUEBLES
Modelo CRENT-SRI aprobado por la Resolución de la DGSJFP, de fecha [*]
CONTRATO Nº
CONDICIONES PARTICULARES
responsabilidad civil por daños causados a terceros, en personas o bienes, como consecuencia de la posesión y
uso de los Bienes, en cuantía suficiente para hacer frente a los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a terceros
como consecuencia del ejercicio de su actividad y, si ya lo tuviera concertado, procederá a incorporar al mismo
los Bienes objeto de presente Contrato. El incumplimiento de esta condición en el plazo señalado facultará al
Arrendador a contratar los seguros indicados y a repercutir su coste al Arrendatario, así como un importe adicional
del 20% en concepto de penalización por el retraso en la contratación. El Arrendatario remitirá al Arrendador una
copia de las pólizas de seguro concertadas, de sus renovaciones sucesivas y, en su caso, de un justificante que le
acredite estar al corriente del pago de las primas del seguro. Las pólizas referidas no podrán ser anuladas, ni
modificadas, sin el consentimiento del Arrendador.
Opción III) Asimismo, el Arrendador contratará, en su condición de tomador, un seguro de responsabilidad
civil por daños causados a terceros, en personas o Bienes, como consecuencia de la posesión y uso de los Bienes,
en cuantía suficiente para hacer frente a los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la Arrendataria a terceros
como consecuencia del ejercicio de su actividad. El coste del referido seguro será repercutido a la Arrendataria.
Opción IV) El importe de la cuota incluye un seguro a todo riesgo sobre los Bienes objeto del Contrato y un
seguro de responsabilidad civil, contratados por el Arrendador como tomador, de conformidad con los términos
y condiciones establecidos en la Condición General I .
El importe total de la prima de seguros contratada por el Arrendador asciende a la cantidad de _____________
En caso de que los Bienes objeto del arrendamiento se encuentren en un establecimiento que no sea propiedad
del prestatario, se establece un plazo máximo de 15 días hábiles desde la firma de este contrato para la recepción
de la carta de renuncia del/los propietario/s sobre los Bienes objeto de este contrato. El incumplimiento de esta
condición dará origen a la resolución anticipada del mismo.
D- FORMA DE PAGO
Todos los pagos que deba efectuar los Arrendatarios en virtud de este contrato se realizarán mediante
domiciliación bancaria, de acuerdo con el mandato SEPA debidamente suscrito por los Arrendatarios (Anexo 4).
El abono de dicho importe se realizará por anticipado el día _________de cada mes/trimestre natural.
Los Arrendatarios satisfarán el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido, junto con el importe de la
renta pactada, al tipo que sea legalmente exigible en cada momento, así como cualquier otro tributo, tasa,
recargo o exacción, que, en el futuro, fuese legalmente exigible.
DOMICILIO DE PAGO: Entidad
IBAN
(*) Cualquier modificación deberá ser comunicada
con 30 días de antelación como mínimo
Fecha de primer pago:
Se computarán en la primera renta los importes que
correspondan a los días que medien entre la fecha de firma
del certificado de Aceptación por los Arrendatarios y el día
de abono de la primera renta, así como la renta
correspondiente al mes/trimestre entrante
F- ENTRADA EN VIGOR
El presente Contrato entrará en vigor el día en que el Certificado de Aceptación sea firmado por los Arrendatarios,
cuya copia, firmada por los Arrendatarios, formará parte de este contrato.
En
Fecha
Arrendatario 1
En
Fecha
Arrendatario 2
En
Fecha
Fiador/es Solidario/s
En
Fecha
Arrendador
Pá
cve: BOE-A-2025-7631
Verificable en https://www.boe.es
E- CERTIFICADO DE ACEPTACIÓN
A la recepción de los Bienes, los Arrendatarios firmarán el Certificado de Aceptación -conforme al modelo que se
adjunta como Anexo 2 a este Contrato- como declaración expresa de haber recibido a su plena satisfacción y sin
reserva alguna los Bienes objeto del presente Contrato del proveedor, los cuales habrán inspeccionado y
considerarán aptos para su finalidad.
Núm. 91
Martes 15 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 52760
CONTRATO DE COMPRAVENTA Y ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO DE BIENES MUEBLES
Modelo CRENT-SRI aprobado por la Resolución de la DGSJFP, de fecha [*]
CONTRATO Nº
CONDICIONES PARTICULARES
responsabilidad civil por daños causados a terceros, en personas o bienes, como consecuencia de la posesión y
uso de los Bienes, en cuantía suficiente para hacer frente a los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a terceros
como consecuencia del ejercicio de su actividad y, si ya lo tuviera concertado, procederá a incorporar al mismo
los Bienes objeto de presente Contrato. El incumplimiento de esta condición en el plazo señalado facultará al
Arrendador a contratar los seguros indicados y a repercutir su coste al Arrendatario, así como un importe adicional
del 20% en concepto de penalización por el retraso en la contratación. El Arrendatario remitirá al Arrendador una
copia de las pólizas de seguro concertadas, de sus renovaciones sucesivas y, en su caso, de un justificante que le
acredite estar al corriente del pago de las primas del seguro. Las pólizas referidas no podrán ser anuladas, ni
modificadas, sin el consentimiento del Arrendador.
Opción III) Asimismo, el Arrendador contratará, en su condición de tomador, un seguro de responsabilidad
civil por daños causados a terceros, en personas o Bienes, como consecuencia de la posesión y uso de los Bienes,
en cuantía suficiente para hacer frente a los daños y perjuicios que pudiera ocasionar la Arrendataria a terceros
como consecuencia del ejercicio de su actividad. El coste del referido seguro será repercutido a la Arrendataria.
Opción IV) El importe de la cuota incluye un seguro a todo riesgo sobre los Bienes objeto del Contrato y un
seguro de responsabilidad civil, contratados por el Arrendador como tomador, de conformidad con los términos
y condiciones establecidos en la Condición General I .
El importe total de la prima de seguros contratada por el Arrendador asciende a la cantidad de _____________
En caso de que los Bienes objeto del arrendamiento se encuentren en un establecimiento que no sea propiedad
del prestatario, se establece un plazo máximo de 15 días hábiles desde la firma de este contrato para la recepción
de la carta de renuncia del/los propietario/s sobre los Bienes objeto de este contrato. El incumplimiento de esta
condición dará origen a la resolución anticipada del mismo.
D- FORMA DE PAGO
Todos los pagos que deba efectuar los Arrendatarios en virtud de este contrato se realizarán mediante
domiciliación bancaria, de acuerdo con el mandato SEPA debidamente suscrito por los Arrendatarios (Anexo 4).
El abono de dicho importe se realizará por anticipado el día _________de cada mes/trimestre natural.
Los Arrendatarios satisfarán el correspondiente Impuesto sobre el Valor Añadido, junto con el importe de la
renta pactada, al tipo que sea legalmente exigible en cada momento, así como cualquier otro tributo, tasa,
recargo o exacción, que, en el futuro, fuese legalmente exigible.
DOMICILIO DE PAGO: Entidad
IBAN
(*) Cualquier modificación deberá ser comunicada
con 30 días de antelación como mínimo
Fecha de primer pago:
Se computarán en la primera renta los importes que
correspondan a los días que medien entre la fecha de firma
del certificado de Aceptación por los Arrendatarios y el día
de abono de la primera renta, así como la renta
correspondiente al mes/trimestre entrante
F- ENTRADA EN VIGOR
El presente Contrato entrará en vigor el día en que el Certificado de Aceptación sea firmado por los Arrendatarios,
cuya copia, firmada por los Arrendatarios, formará parte de este contrato.
En
Fecha
Arrendatario 1
En
Fecha
Arrendatario 2
En
Fecha
Fiador/es Solidario/s
En
Fecha
Arrendador
Pá
cve: BOE-A-2025-7631
Verificable en https://www.boe.es
E- CERTIFICADO DE ACEPTACIÓN
A la recepción de los Bienes, los Arrendatarios firmarán el Certificado de Aceptación -conforme al modelo que se
adjunta como Anexo 2 a este Contrato- como declaración expresa de haber recibido a su plena satisfacción y sin
reserva alguna los Bienes objeto del presente Contrato del proveedor, los cuales habrán inspeccionado y
considerarán aptos para su finalidad.