Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Lugares de memoria democrática. (BOE-A-2025-7569)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo de incoación del procedimiento de declaración de Lugar de Memoria Democrática de la «Ciudad de Éibar».
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Lunes 14 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 52104

Segundo.

La ciudad de Éibar fue el primer lugar de España donde se proclamó la Segunda
República española el 14 de abril de 1931. Además, durante la Guerra de España, y a lo
largo de siete meses, se registraron 29 operaciones de bombardeo en Éibar,
convirtiéndose en una de las once localidades más castigadas de Euskadi por parte de
ejercito sublevado y sus apoyos internacionales de Alemania e Italia. Tras la llegada de
la Legión Cóndor en marzo de 1937 al frente vasco y el inicio de la ofensiva de
primavera, Éibar se convirtió en uno de los lugares señalados por el mando rebelde para
conducir experimentos de guerra. La manera en que se bombardearon Durango, Éibar y
Gernika formó parte de este ejercicio de guerra y respondía a una lógica que trascendía
al objetivo estratégico de ocupar Bilbao.
Éibar fue la primera ciudad española cuyo ayuntamiento proclamó la II República tras
las elecciones del 12 de abril de 1931. En esta localidad, de tradición obrera e industrial,
el nuevo Ayuntamiento surgido de las elecciones municipales se reunió en sesión
extraordinaria «siendo las 6 de la mañana del 14 de abril de 1931, en atención a las
circunstancias históricas que se han producido en la nación», como señala el acta de
proclamación de la República en Éibar. Presidido por Alejandro Tellería, y acompañado
por los concejales Domingo Cortázar, Juan de los Toyos, Eulogio Gárate, Martín
Erquiaga, José María Ojanguren, José Lizarzaburu, Florentino Bueno, Gregorio
Bustinduy, Jacinto Galarraga, Jacinto Alberdi, Félix Arregui, Esteban Rementería,
Cándido Arrizabalaga, Florentino Corral, Marcelino Bascarán, Mateo Careaga y Joaquín
Elorza, el pleno de Ayuntamiento señala en palabras del señor Toyos que «se había
proclamado la República en España, y que en Éibar, donde el domingo se dio una
prueba tan elocuente de su vitalidad ciudadana, debíase apresurar a constituir el nuevo
orden».
Tras constituirse formalmente el nuevo Ayuntamiento con Alejandro Tellería como
nuevo alcalde de Éibar, «los señores Alcalde y Concejales se trasladaron al balcón
central del Salón de Actos y, ante gran parte del pueblo congregado en la plaza,
procedieron a izar la bandera de la República, que fue saludada con vítores y aplausos
cerrados». El bando del alcalde Tellería dio cuenta de las resoluciones tomadas por el
nuevo ayuntamiento e hizo saber que «habiéndose constituido el Ayuntamiento elegido
por el voto popular del domingo último, para tomar los acuerdos que corresponden a las
circunstancias históricas que atraviesa la Nación (…) se nombrará los delegados
necesarios, que llevarán un distintivo de la República, y recomiendo a todo el vecindario
atienda las indicaciones de dichos delegados, que obedecerán a órdenes encaminadas
al bien público, de este órgano fundamental del derecho reestablecido».
A las cuatro y media de la tarde se hizo público, desde el balcón del Ayuntamiento, la
noticia de la abdicación del rey Alfonso XIII. Con tal motivo, el Ayuntamiento de Éibar
decidió que la banda municipal de música estuviera noche y día tocando en el quiosco
de la plaza del pueblo, conminó a la Guardia Civil a permanecer en los cuarteles y
cambiar la «Plaza Alfonso XIII» por la «Plaza de la República». Quedaba así proclamada
la Segunda República española en Éibar.

cve: BOE-A-2025-7569
Verificable en https://www.boe.es

La incoación del procedimiento de declaración de un Lugar de Memoria Democrática
ha de estar motivada, tal y como dispone el artículo 50.2 de la Ley de Memoria
Democrática.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de Memoria Democrática, los
hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su
repercusión en la memoria colectiva, vinculados a la memoria democrática, la lucha de la
ciudadanía española por sus derechos y libertades, la memoria de las mujeres, así como
con la represión y violencia sobre la población como consecuencia de la resistencia al
golpe de Estado de julio de 1936, la Guerra, la Dictadura, el exilio y la lucha por la
recuperación y profundización de los valores democráticos, que justifican esta incoación
son los siguientes: