Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Contaminación atmosférica. (BOE-A-2025-7439)
Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 51613

reducir el riesgo de liberación de carbono a la atmósfera durante el periodo de
permanencia establecido según el artículo 9.4.b).12.º En caso de darse desviaciones
sobre el plan de gestión por causas bióticas (afección por enfermedades, plagas,
herbivorismo, etc.), abióticas (incendios, sequías, derrumbes por ventiscas o nieve, etc.),
la existencia de un alto índice de marras, el estancamiento del crecimiento de la
masa, u otros, deberá ser notificado a la Oficina Española de Cambio Climático con
la mayor brevedad posible. En estos casos, se facilitará, como mínimo, información
sobre el origen del problema, su alcance, el momento en el que sucedió, la manera
en la que ha afectado al proyecto de absorción y las medidas y calendarios
establecidos para el restablecimiento de la parte afectada del proyecto si fuese el
caso. La no comunicación de estos hechos podrá ser motivo de baja según lo
establecido en el artículo 9.6. La Oficina Española de Cambio Climático evaluará la
información facilitada y determinará en qué medida debe modificarse la información
inscrita del proyecto afectado.
9. Se crea una bolsa de garantía como mecanismo de aseguramiento de la
permanencia de las absorciones. Estará integrada por absorciones de los proyectos de
absorción inscritos. Cubrirá aquellas absorciones cedidas que hayan desaparecido por
motivos ajenos al promotor u otras partes intervinientes en el proyecto de absorción. El
funcionamiento de esta será establecido en los documentos de apoyo a los que hace
referencia el apartado 4 y el artículo 8.4.
10. La Oficina Española de Cambio Climático podrá realizar inspecciones, a través
de medios telemáticos o de visitas in situ, para comprobar el estado del proyecto de
absorción. Si se detectasen desviaciones sobre el plan de gestión que no hayan sido
comunicadas previamente, se pondrá en conocimiento del promotor del proyecto de
absorción y podrá procederse a la modificación o baja del proyecto según lo establecido
en el artículo 9.6.
11. Las absorciones de CO2 generadas por los proyectos de absorción se
considerarán, en el marco del registro, liberadas a la atmósfera al final del periodo de
inscripción salvo que se haya presentado la documentación que permita comprobar que
el proyecto sigue en marcha tal y como establece el artículo 7.7 o, en el caso de baja del
proyecto, según lo establecido en el artículo 9.6.
Artículo 8. Actos sujetos a inscripción de la Sección c) «Sección de compensación de
huella de carbono».
1. En esta sección c) se inscribirán las compensaciones de huellas de carbono
inscritas en la sección a) provenientes de los proyectos de absorción de dióxido de
carbono inscritos en la sección b) o de proyectos de reducción de emisiones de gases de
efecto invernadero realizadas por un tercero reconocidas por el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
2. La compensación no será válida a los efectos del cumplimiento de la obligación
anual de entrega de derechos de emisión de gases de efecto invernadero establecida
por el artículo 27 de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de
comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
3. Esta sección contendrá como mínimo los siguientes campos:
a) Código de identificación de la compensación.
b) Datos del titular que compensa: nombre o razón o denominación social, NIF,
datos de contacto (correo electrónico y teléfono), y código del registro de huella de
carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
c) Información sobre la compensación: proyecto con el que se compensa,
tipología, cantidad de emisiones de gases de efecto invernadero compensadas,
código de las unidades utilizadas para compensar, periodo para el que se
compensan las emisiones, y proporción de emisiones que se compensan respecto al
total de la huella de carbono.

cve: BOE-A-2025-7439
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Núm. 89