Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-7412)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Urbanización de la zona de actividades complementarias de la Etapa 1, en el Aeropuerto de Castellón».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 51327

La zona del proyecto no se encuentra en zona inundable para ningún nivel de
peligrosidad según el PATRICOVA (Plan de acción territorial de carácter sectorial sobre
prevención del riesgo de inundación en la Comunitat Valenciana).
Según se indica en el documento ambiental, durante la fase de construcción, los
impactos en la calidad del agua pueden deberse a elementos en suspensión que
aumenten la turbidez de las aguas superficiales o a derrames accidentales de sustancias
químicas. Aunque existe un bajo riesgo de que esto ocurra dada la distancia de los
cauces fluviales. Además, el uso de maquinaria puede causar derrames accidentales
de productos contaminantes como aceites y combustibles, aunque el riesgo de
contaminación de aguas subterráneas es reducido debido a la baja permeabilidad del
terreno. Si ocurrieran derrames, se utilizarán materiales absorbentes para minimizar el
impacto. El almacenamiento de materiales contaminantes se realizará en superficies
impermeabilizadas. En conjunto, estos riesgos son controlables con las medidas
preventivas adecuadas, por lo que el impacto se considera no significativo.
La Confederación Hidrográfica del Júcar, del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico informa que el área de actuación no afecta a ningún cauce público
ni a sus zonas de servidumbre o policía. En relación con el vertido de aguas residuales,
señala que el Aeropuerto de Castellón, SLU cuenta con autorización para dicho vertido.
Además, el área de actuación no está en una zona de riesgo de inundación según
la cartografía del PATRICOVA. No obstante, se observa que en la documentación
presentada no se especifica el volumen del aumento en la demanda de agua que
generará la actuación, lo que deberá aclararse según lo contemplado en las
prescripciones de la presente resolución.
Este órgano ambiental añade una prescripción adicional para la protección de las
aguas subterráneas.
Vegetación, hábitats de interés comunitario y flora.

La ocupación del suelo es de cultivos abandonados y terreno natural con escasa
vegetación. En la zona circundante a la instalación, puede observarse un mosaico
variado con cultivos, cultivos abandonados, espacios con vegetación escasa y áreas de
arbolado y superficies de pastizal. En la zona en la que se prevén las obras, se han
realizado trabajos de campo, donde se constata que existe una formación vegetal
predominante formada por matorrales seriales, romerales y aulagares (Rosmarinus
officinalis), y sus formaciones de pastizales vivaces –lastonares– (Thero-Brachypodion),
los cuales han colonizado los campos abandonados en muchos de los aterrazamientos
que se extienden por la zona. También existen pies sueltos y pequeños bosquetes de
carrascal (Quercus rotundifolia), los cuales, en su mayoría, se encuentra en avanzado
estado de degradación.
La actividad producirá afección sobre la vegetación existente, ya que requiere el
desbroce de la zona, lo que conllevará la eliminación de la vegetación herbácea y
arbustiva, así como la tala de un número estimado de 180 carrascas (Quercus
rotundifolia). Se implementará un plan de restauración de las zonas afectadas por las
obras que incluirá la restitución de terrenos, descompactación, aporte de tierra vegetal y
replantación de especies arbustivas y arbóreas autóctonas. En cuanto a las especies
arbóreas, se repondrán los ejemplares talados con una relación de 3 a 1, lo que significa
la plantación de 540 pies de Quercus rotundifolia para compensar los 180 talados, en el
lugar y forma acordados con el organismo autonómico competente. Además, se
generará un impacto positivo debido a la creación de las zonas verdes proyectadas.
El proyecto no afecta a ningún Hábitat de Interés Comunitario (HIC). Los HIC más
próximos son el HIC «5330-Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos», a una
distancia mínima de 750 m respecto de la zona de estudio.
El Servicio de Vida Silvestre y Red Natura 2000 de la Dirección General de Medio
Natural y de Evaluación Ambiental de la Generalitat Valenciana informa que consultada
la cartografía interna (escala 1:50.000), se observa que en el ámbito del proyecto no se
encuentran hábitats protegidos del anexo IV del Decreto 70/2009, de 22 de mayo, del

cve: BOE-A-2025-7412
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