Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-7295)
Real Decreto 213/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para la familia profesional Hostelería y Turismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Viernes 11 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 50456

4. Relación de Estándares de Competencias Profesionales del Catálogo Nacional de
Estándares de Competencias Profesionales incluidos en este certificado profesional
Los Estándares de Competencias Profesionales incluidos en este certificado
profesional son:
UC1048_2: Servir vinos y prestar información básica sobre los mismos.
UC0259_2: Definir ofertas gastronómicas sencillas, realizar el aprovisionamiento y
controlar consumos.
UC0711_2: Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección ambiental en
hostelería.
UC9998_2: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario básico (A2),
según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.
5.

Entorno profesional

Este profesional ejerce su actividad por cuenta ajena en grandes, medianas y
pequeñas empresas, principalmente del sector de hostelería, de cualquier tipo de
empresa o entidad de carácter privado o público, en todos los sectores productivos.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
– Ayudantes/as de sumiller.
– Auxiliares de servicios en medios de transporte.
– Empleados/as de economato de unidades de producción y servicio de alimentos y
bebidas.
6.

Espacios y equipamientos mínimos

Los espacios y el equipamiento mínimo necesarios quedan establecidos como siguen:
Espacios
Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este certificado
profesional son aula polivalente y aula de catas, cuyos requisitos y consideraciones
generales serán los indicados en los reales decretos de establecimiento de los títulos.

Aula polivalente.

Ordenadores instalados en red, cañón de proyección e internet.
Medios audiovisuales.

Aula de catas.

Equipos de frío (eurocave, armarios y cámaras de frío).
Puestos individuales con pila y grifo de agua corriente y mobiliario
de cata.
Utillaje de cata.
Copas de cata Normalizadas.
Pizarra.
Cpu con conexión a Internet.
Estanterías armarios de custodia de material.
Kit degüelle de oportos.
Kit Aromas del Vino.
Kit aromas de defectos del vino.
Luz blanca artificial.
Fichas normalizadas de cata,impresos.
Cañón y pantalla.

cve: BOE-A-2025-7295
Verificable en https://www.boe.es

Equipamientos mínimos