Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Seguridad industrial. (BOE-A-2025-7190)
Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
127 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Una salida
Nivel de riesgo
intrínseco
Sec. I. Pág. 49796
Dos o más salidas alternativas
Distancia a la salida (1)
Distancia del recorrido sin
alternativa (2) (4)
Distancia a la salida más
próxima (1) (4)
Riesgo medio.
35 m
35 m
50 m
Riesgo alto.
20 m
20 m
35 m
(3) (4)
Notas de la tabla:
Nota 1: Se refiere a la distancia total desde cualquier origen de evacuación hasta la
salida de planta o salida de edificio.
Nota 2: Se refiere a la longitud de los recorridos de evacuación desde su origen
hasta llegar a algún punto desde el cual existan al menos dos recorridos alternativos.
Nota 3: Cuando un sector solo disponga de una salida y su recorrido de evacuación
pase por otros sectores intermedios hasta la salida de planta o de edificio, la longitud
máxima de dicho recorrido será la aplicable al sector que tenga un nivel de riesgo mayor.
Nota 4: Las longitudes de los recorridos de evacuación incluidas en la tabla 2.3.1 se
podrán aumentar usando los coeficientes indicados según las siguientes condiciones.
(Los coeficientes no son acumulativos, por lo que solo se podrá aplicar uno de ellos):
a) En sectores de incendio protegidos con un sistema fijo de extinción automática
basada en agua, u otros tipos de sistemas fijos de extinción automática que sean
compatibles para poder funcionar durante la fase de evacuación, los recorridos podrán
incrementarse un 25 %.
b) En sectores de incendio dotados con un sistema para el control de humos y de
calor según el apartado 8.3 del anexo III, diseñado con los objetivos de protección de los
medios de evacuación y de facilitación de las operaciones de lucha contra incendios, los
recorridos podrán incrementarse un 25 %.
c) En sectores situados en la planta de salida del edificio, con dos o más salidas
directas al exterior, con altura de techo igual o mayor a 8 metros y protegidos por un
sistema fijo de extinción automática compatible para poder funcionar durante la fase de
evacuación: Los recorridos podrán incrementarse hasta un 100 % respecto a los valores
indicados en la tabla, sin que puedan superar un máximo de 90 metros. En el caso de
que el sector tenga varias plantas o entreplantas, solo se podrá aplicar lo anterior a la
evacuación procedente de orígenes de evacuación situados en la planta de salida del
edificio.
3.1.3
Otras consideraciones:
a) La salida de planta desde un sector a otro sector de incendio alternativo no
precisará de vestíbulo de independencia siempre y cuando el sector de origen tenga una
ocupación (P) de hasta 25 personas (en su caso, incluyendo también a aquellos
ocupantes provenientes de otras zonas que deban utilizar el paso por dicho sector para
alcanzar la salida), o bien, cuando la altura libre de planta en ambos sectores sea igual o
mayor de 5 metros.
cve: BOE-A-2025-7190
Verificable en https://www.boe.es
Nota 5: Para sectores clasificados como riesgo bajo nivel 1 en donde se justifique
que los materiales existentes (incluyendo tanto el contenido almacenado como los
productos de construcción y los revestimientos) sean incombustibles o de muy baja
combustibilidad y emisión de humo (de clase A1 o A2, o de un comportamiento
equivalente) en un 95 % de masa, podrá aumentarse la distancia máxima de los
recorridos de evacuación hasta ser esta de 100 metros en casos de una salida; o bien,
de hasta 150 metros hasta la salida más próxima en casos de dos o más salidas y con
una distancia del recorrido sin alternativa de máximo 100 metros. (Cuando aplique esta
nota no se podrán aplicar los coeficientes de la nota 4).
Núm. 87
Jueves 10 de abril de 2025
Una salida
Nivel de riesgo
intrínseco
Sec. I. Pág. 49796
Dos o más salidas alternativas
Distancia a la salida (1)
Distancia del recorrido sin
alternativa (2) (4)
Distancia a la salida más
próxima (1) (4)
Riesgo medio.
35 m
35 m
50 m
Riesgo alto.
20 m
20 m
35 m
(3) (4)
Notas de la tabla:
Nota 1: Se refiere a la distancia total desde cualquier origen de evacuación hasta la
salida de planta o salida de edificio.
Nota 2: Se refiere a la longitud de los recorridos de evacuación desde su origen
hasta llegar a algún punto desde el cual existan al menos dos recorridos alternativos.
Nota 3: Cuando un sector solo disponga de una salida y su recorrido de evacuación
pase por otros sectores intermedios hasta la salida de planta o de edificio, la longitud
máxima de dicho recorrido será la aplicable al sector que tenga un nivel de riesgo mayor.
Nota 4: Las longitudes de los recorridos de evacuación incluidas en la tabla 2.3.1 se
podrán aumentar usando los coeficientes indicados según las siguientes condiciones.
(Los coeficientes no son acumulativos, por lo que solo se podrá aplicar uno de ellos):
a) En sectores de incendio protegidos con un sistema fijo de extinción automática
basada en agua, u otros tipos de sistemas fijos de extinción automática que sean
compatibles para poder funcionar durante la fase de evacuación, los recorridos podrán
incrementarse un 25 %.
b) En sectores de incendio dotados con un sistema para el control de humos y de
calor según el apartado 8.3 del anexo III, diseñado con los objetivos de protección de los
medios de evacuación y de facilitación de las operaciones de lucha contra incendios, los
recorridos podrán incrementarse un 25 %.
c) En sectores situados en la planta de salida del edificio, con dos o más salidas
directas al exterior, con altura de techo igual o mayor a 8 metros y protegidos por un
sistema fijo de extinción automática compatible para poder funcionar durante la fase de
evacuación: Los recorridos podrán incrementarse hasta un 100 % respecto a los valores
indicados en la tabla, sin que puedan superar un máximo de 90 metros. En el caso de
que el sector tenga varias plantas o entreplantas, solo se podrá aplicar lo anterior a la
evacuación procedente de orígenes de evacuación situados en la planta de salida del
edificio.
3.1.3
Otras consideraciones:
a) La salida de planta desde un sector a otro sector de incendio alternativo no
precisará de vestíbulo de independencia siempre y cuando el sector de origen tenga una
ocupación (P) de hasta 25 personas (en su caso, incluyendo también a aquellos
ocupantes provenientes de otras zonas que deban utilizar el paso por dicho sector para
alcanzar la salida), o bien, cuando la altura libre de planta en ambos sectores sea igual o
mayor de 5 metros.
cve: BOE-A-2025-7190
Verificable en https://www.boe.es
Nota 5: Para sectores clasificados como riesgo bajo nivel 1 en donde se justifique
que los materiales existentes (incluyendo tanto el contenido almacenado como los
productos de construcción y los revestimientos) sean incombustibles o de muy baja
combustibilidad y emisión de humo (de clase A1 o A2, o de un comportamiento
equivalente) en un 95 % de masa, podrá aumentarse la distancia máxima de los
recorridos de evacuación hasta ser esta de 100 metros en casos de una salida; o bien,
de hasta 150 metros hasta la salida más próxima en casos de dos o más salidas y con
una distancia del recorrido sin alternativa de máximo 100 metros. (Cuando aplique esta
nota no se podrán aplicar los coeficientes de la nota 4).