Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Seguridad industrial. (BOE-A-2025-7190)
Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Jueves 10 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 49756

también los materiales de embalaje y transporte, tales como plásticos protectores
encapsulados, cartón o palets de madera o de plástico, así como el mobiliario
combustible. En estos casos, se debe calcular la cantidad de cada uno.
ii. En el caso de almacenamientos, debe indicarse el número máximo de palets o
unidades de almacenamiento previstos y debe acompañarse de planos de la distribución
en planta de las zonas y superficies de almacenamiento y de las secciones que reflejen
las alturas máximas de almacenamiento.
iii. Los valores del poder calorífico, qi, de cada material combustible, pueden
deducirse de la tabla 1.3.3, o ser obtenidos de otras fuentes de información, cuyo uso
debe justificarse.
iv. Los elementos y productos constructivos que forman parte del sector o área de
incendio (tales como los presentes en las paredes o techos) también deben considerarse
materiales combustibles e incluirse en el cálculo. El cálculo de su poder calorífico se
puede realizar según la sistemática recogida en la norma UNE-EN ISO 1716, o bien,
usando otras fuentes de referencia de reconocido prestigio, de forma justificada. Como
excepción, en el caso de que el elemento constructivo esté separado del interior del
sector por una capa resistente al fuego al menos EI 30, este puede no contabilizarse en
el cálculo. Además, no es necesario considerar los materiales de construcción
incombustibles (por ejemplo, hormigón o acero) ni aquellos cuya carga de fuego no sea
relevante en comparación con la carga total del sector.
v. Los valores del coeficiente de peligrosidad por combustibilidad, Ci, de cada
material combustible pueden deducirse de la tabla 1.3.2, o de otras fuentes de
información de reconocido prestigio cuyo uso debe justificarse. Alternativamente,
también se puede usar la tabla 1.3.3, donde se incluyen valores de Ci de algunos
materiales.
vi. El valor del coeficiente R puede deducirse de la tabla 1.3.4.
vii. El cálculo de Qs puede simplificarse descartando de la fórmula los materiales no
representativos por su escaso aporte a dicho valor. En el caso de aplicar dichas
simplificaciones, en ningún caso el valor calculado de Qs deberá desviarse más del 10 %
del total que se obtendría si se hubieran tomado en consideración todos los materiales
descartados. Además, en el caso de no conocer los valores exactos de un determinado
material (Gi, qi) podrán usarse estimaciones aproximadas y coeficientes de seguridad,
siempre que se justifique su utilización y procedencia, y que el cálculo obtenido de Qs es
igual o superior al que se obtendría si se usaran los valores exactos.
3.2.2 Cálculo de Qs a partir de los datos de densidad de carga de fuego de las
zonas con actividades de fabricación.

Donde:
Qs, Ci, R y A tienen el mismo significado que en el apartado 3.2.1.
qsi: densidad de carga de fuego de cada zona con actividad (i) diferente según los
distintos procesos que se realizan en el sector de incendio, en MJ/m2.
Si: superficie construida de cada zona con actividad (i) diferente, en metros
cuadrados.

cve: BOE-A-2025-7190
Verificable en https://www.boe.es

De forma alternativa al método de cálculo de Qs del apartado 3.2.1, para sectores o
áreas de incendio con actividades específicas de fabricación y otros procesos similares,
tales como producción, transformación, reparación o cualquier otra actividad distinta al
almacenamiento, puede usarse la siguiente expresión: