Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-7182)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Renovación por componentes de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV "SE Villalbilla-T Ayala 1", en el tramo comprendido entre SE Villalbilla y el apoyo T171, en la provincia de Burgos».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 9 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 49668

9) Toda actuación no prevista en la documentación aportada que surja en el
transcurso de las obras y/o durante la fase de funcionamiento, que pueda afectar al
dominio público hidráulico, será puesta en conocimiento de la Confederación
Hidrográfica que corresponda, a la mayor brevedad posible.
10) Para evitar la afección a zonas forestales y a hábitats de interés comunitario, se
priorizará la utilización de los caminos existentes y su acondicionamiento y se controlará
el área de ocupación de las campas temporales de trabajo, que se limitará a la superficie
estrictamente necesaria. Igualmente, no se circulará con la maquinaria por fuera de las
áreas replanteadas, que serán siempre las mismas en el caso de acceder campo a
través, y en ningún caso se atravesará con maquinaria cauces de arroyos, áreas
higroturbosas o zonas encharcadas. En estas áreas, y con carácter previo al inicio de las
obras, deberá realizarse un jalonamiento para evitar la afección a dichas zonas y
hábitats. Los trabajos, el tránsito de la maquinaria y las zonas de acopio de material
deberán circunscribirse a las zonas previamente jalonadas y a la calle de servidumbre
del tendido eléctrico existente.
11) Previamente al replanteo definitivo de las zonas de ocupación, se procederá a
realizar una prospección botánica y faunística de la zona para descartar la presencia de
hábitats naturales, lugares de cría para la fauna o posibles ejemplares de flora protegida.
La detección de estos elementos se comunicará al Servicio Territorial de Medio Ambiente
de Burgos, con objeto de recabar y ejecutar las medidas preventivas oportunas. Se
extremarán las precauciones para evitar actuar directa o indirectamente sobre los
hábitats de interés comunitario indicados en esta resolución.
12) Los trabajos de mantenimiento de la vegetación en la franja de servidumbre del
tendido eléctrico se efectuarán por medios mecánicos, quedando prohibidos tratamientos
químicos. Los restos de podas, cortas y desbroces de vegetación se eliminarán por
trituración o astillado, preferentemente.
13) Por motivos paisajísticos, faunísticos y de prevención de la erosión, se dejarán
sin desbrozar, de forma genérica, las zonas de matorral cuya eliminación no sea
imprescindible para la prevención de incendios y la seguridad de la línea eléctrica. Del
mismo modo, se preservarán de corta los pies arbóreos cuyas dimensiones actuales
sean compatibles con la seguridad de la línea eléctrica. Si, excepcionalmente, fuese
preciso cortar algún pie arbóreo, el promotor deberá justificar la no existencia de otras
alternativas y solicitar la corta al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos,
conforme a lo recogido en la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León.
14) Las actuaciones que se realicen en el tramo comprendido entre el extremo
norte del proyecto y el municipio de Lences de Bureba, deberán llevarse a cabo fuera del
periodo de cría del visón europeo (Mustela lutreola), comprendido entre el 1 de abril y
el 15 de agosto. Se extremarán las precauciones con el tránsito de maquinaria en
caminos cercanos a los cursos de agua de esta zona, ya que el visón posee una alta
tasa de mortalidad por atropellos. Por ello, se estima pertinente regular a 20 km/hora la
velocidad de los vehículos que transiten por los caminos circundantes.
15) En toda la línea a reformar se deberán aplicar las medidas de protección de la
avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión
recogidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, así como las
Recomendaciones técnicas para la corrección de apoyos eléctricos publicadas por el
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (2018). A este respecto, se
deberá realizar el forrado del conductor central y las otras dos fases en una longitud de
más de un metro desde el apoyo, según los modelos de crucetas, atendiendo las
Recomendaciones técnicas, así como la instalación de dispositivos salvapájaros en todo
el trazado de línea a reformar, siendo deseable el modelo de hélices móviles
reflectantes.
16) Las zonas donde se lleven a cabo las labores auxiliares del proyecto, como
parque de maquinaria y equipos auxiliares, acopio de materiales, etc., se situarán
alejadas de cualquier zona ambientalmente sensible: vías pecuarias, hábitats de interés

cve: BOE-A-2025-7182
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Núm. 86