Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-7182)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Renovación por componentes de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV "SE Villalbilla-T Ayala 1", en el tramo comprendido entre SE Villalbilla y el apoyo T171, en la provincia de Burgos».
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 49666
vías pecuarias y cuyo trazado actualmente permite el tránsito de vehículos. El uso de
estas vías será de carácter temporal y con una duración limitada, ya que el recrecimiento
de cada apoyo se completa entre dos a tres días.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León indica que, por la naturaleza de las actuaciones y su localización, las afecciones
sobre el dominio público forestal serán escasamente significativas y, en todo caso,
tendrán carácter puntual y transitorio. Asimismo, parte de las actuaciones también
afectarán a montes no demaniales por la ejecución de los accesos para llegar a los
apoyos a renovar, así como durante su desmontaje y traslado, pudiendo ocasionar
afecciones a montes arbolados y arbustivos como consecuencia de la adecuación de los
accesos y campas de trabajo, y por el movimiento de maquinaria. En cuanto al impacto
sobre vías pecuarias ocasionado por ocupación o uso de estas durante la fase de obras,
informa de las diferentes vías interceptadas por el proyecto, aunque no prevé que sea
potencialmente significativa la afección sobre estas. No obstante, señala que el promotor
deberá adoptar una serie de medidas preventivas de carácter general, que se incluyen
en las prescripciones de esta resolución.
9.
Calidad del aire y salud humana.
El promotor identifica varios efectos derivados del proyecto que pueden ser
significativos sobre la calidad del aire y la población:
– Contaminación atmosférica por partículas en suspensión, impacto que se generará
durante la fase de construcción, por el movimiento de maquinaria en las campas de
trabajo, y que cesará una vez concluyan las operaciones de renovación del apoyo que
corresponda. El promotor destaca el núcleo urbano de Rioseras, dentro del término
municipal de Valle de las Navas y ubicado a menos de 50 m de los apoyos 64 y 65, como
principal núcleo urbano afectado por este impacto. No obstante, al ser de duración
restringida al periodo previsto de obras en cada apoyo (2 a 3 días) y de intensidad similar
al efecto generado por la maquinaria agrícola, no prevé que sea potencialmente
significativo.
– Contaminación acústica: Generado a partir de dos fuentes distintas, por la emisión
de ruidos de la maquinaria durante la fase de obras y por el efecto corona, durante la
fase de explotación. En el primer caso, el promotor descarta que el impacto acústico sea
potencialmente significativo, atendiendo a la duración de las operaciones de renovación
en el apoyo, la ejecución en horario diurno y las medidas preventivas planteadas por el
promotor. En cuanto al efecto corona, el promotor manifiesta que, al mantenerse el
voltaje del tendido eléctrico actual (220 kV), no se generarán incrementos en la
intensidad de ruido, por lo que se mantienen las estimaciones actuales, cifradas en 30
dB a una distancia de 20 m en línea recta, por debajo de los valores límite de inmisión de
la normativa aplicable.
– Campos electromagnéticos: Impacto que sólo se generará en fase de
funcionamiento. El promotor manifiesta que la renovación de la línea no implica
incrementos en los campos electromagnéticos que se experimentan actualmente en el
tendido existente, que se mantienen en niveles inferiores a los valores límite
recomendados por la Unión Europea.
Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves y catástrofes.
Como accidentes graves, el promotor considera el riesgo por vertidos accidentales y
la generación de incendios forestales durante las obras, debido a la maquinaria
empleada, y plantea minimizar sus efectos mediante un estricto control preventivo en el
manejo de sustancias contaminantes, combustibles y tránsito de maquinaria. Asimismo,
plantea disponer de equipos de lucha contra incendios en obra.
En relación con la vulnerabilidad del proyecto frente a inundaciones, en el tramo de la
línea a renovar que cruza el río Arlanzón, existen varios apoyos que ocupan la zona
inundable de 500 años definida en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
cve: BOE-A-2025-7182
Verificable en https://www.boe.es
10.
Núm. 86
Miércoles 9 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 49666
vías pecuarias y cuyo trazado actualmente permite el tránsito de vehículos. El uso de
estas vías será de carácter temporal y con una duración limitada, ya que el recrecimiento
de cada apoyo se completa entre dos a tres días.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León indica que, por la naturaleza de las actuaciones y su localización, las afecciones
sobre el dominio público forestal serán escasamente significativas y, en todo caso,
tendrán carácter puntual y transitorio. Asimismo, parte de las actuaciones también
afectarán a montes no demaniales por la ejecución de los accesos para llegar a los
apoyos a renovar, así como durante su desmontaje y traslado, pudiendo ocasionar
afecciones a montes arbolados y arbustivos como consecuencia de la adecuación de los
accesos y campas de trabajo, y por el movimiento de maquinaria. En cuanto al impacto
sobre vías pecuarias ocasionado por ocupación o uso de estas durante la fase de obras,
informa de las diferentes vías interceptadas por el proyecto, aunque no prevé que sea
potencialmente significativa la afección sobre estas. No obstante, señala que el promotor
deberá adoptar una serie de medidas preventivas de carácter general, que se incluyen
en las prescripciones de esta resolución.
9.
Calidad del aire y salud humana.
El promotor identifica varios efectos derivados del proyecto que pueden ser
significativos sobre la calidad del aire y la población:
– Contaminación atmosférica por partículas en suspensión, impacto que se generará
durante la fase de construcción, por el movimiento de maquinaria en las campas de
trabajo, y que cesará una vez concluyan las operaciones de renovación del apoyo que
corresponda. El promotor destaca el núcleo urbano de Rioseras, dentro del término
municipal de Valle de las Navas y ubicado a menos de 50 m de los apoyos 64 y 65, como
principal núcleo urbano afectado por este impacto. No obstante, al ser de duración
restringida al periodo previsto de obras en cada apoyo (2 a 3 días) y de intensidad similar
al efecto generado por la maquinaria agrícola, no prevé que sea potencialmente
significativo.
– Contaminación acústica: Generado a partir de dos fuentes distintas, por la emisión
de ruidos de la maquinaria durante la fase de obras y por el efecto corona, durante la
fase de explotación. En el primer caso, el promotor descarta que el impacto acústico sea
potencialmente significativo, atendiendo a la duración de las operaciones de renovación
en el apoyo, la ejecución en horario diurno y las medidas preventivas planteadas por el
promotor. En cuanto al efecto corona, el promotor manifiesta que, al mantenerse el
voltaje del tendido eléctrico actual (220 kV), no se generarán incrementos en la
intensidad de ruido, por lo que se mantienen las estimaciones actuales, cifradas en 30
dB a una distancia de 20 m en línea recta, por debajo de los valores límite de inmisión de
la normativa aplicable.
– Campos electromagnéticos: Impacto que sólo se generará en fase de
funcionamiento. El promotor manifiesta que la renovación de la línea no implica
incrementos en los campos electromagnéticos que se experimentan actualmente en el
tendido existente, que se mantienen en niveles inferiores a los valores límite
recomendados por la Unión Europea.
Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves y catástrofes.
Como accidentes graves, el promotor considera el riesgo por vertidos accidentales y
la generación de incendios forestales durante las obras, debido a la maquinaria
empleada, y plantea minimizar sus efectos mediante un estricto control preventivo en el
manejo de sustancias contaminantes, combustibles y tránsito de maquinaria. Asimismo,
plantea disponer de equipos de lucha contra incendios en obra.
En relación con la vulnerabilidad del proyecto frente a inundaciones, en el tramo de la
línea a renovar que cruza el río Arlanzón, existen varios apoyos que ocupan la zona
inundable de 500 años definida en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
cve: BOE-A-2025-7182
Verificable en https://www.boe.es
10.