Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Formación profesional. (BOE-A-2025-7096)
Real Decreto 211/2025, de 18 de marzo, por el que se regulan aspectos específicos de los grados A, B y C de Formación Profesional para las familias profesionales Industrias Alimentarias; Seguridad y Medio Ambiente; Textil, Confección y Piel; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Miércoles 9 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 49007

UC1968_3: Planificar y coordinar las operaciones de vigilancia, detección, extinción y
prevención de las unidades de intervención en incendios forestales.
UC1970_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos
laborales en el ámbito de la prevención y extinción de incendios forestales.
5.

Entorno profesional

Este profesional ejerce su actividad en el entorno de la protección civil y las
emergencias, fundamentalmente en los servicios estatales de protección civil, en la
unidad militar de emergencias, en servicios autonómicos, supramunicipales y
municipales de protección civil y emergencias, en áreas de extinción de incendios en
empresas privadas, que tengan como objeto el diseño de la respuesta a situaciones de
emergencia.
Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
– Técnicos/as de gestión en protección civil y emergencias.
– Técnicos/as de gestión en incendios forestales.
– Coordinadores/as de protección civil y emergencias.
– Coordinadores/as en incendios forestales.
– Coordinadores/as de emergencias ordinarias y extraordinarias.
– Jefes/as de servicios de extinción de incendios urbanos.
– Jefes/as de servicios de intervención ante emergencias de origen natural,
tecnológico y antrópico.
6. Espacios y equipamientos mínimos
Los espacios y el equipamiento mínimo necesarios quedan establecidos como
siguen:
Espacios
Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este certificado
profesional son aula polivalente, aula técnica de coordinación de emergencias, aula
técnica de mantenimiento de vehículos, máquinas y equipos de emergencias y
protección civil, aula técnica de mantenimiento y reparación de equipos especiales y
utillaje, laboratorio de análisis de riesgos, área de simulacros e intervenciones operativas
y área de intervención en incendios forestales, cuyos requisitos serán los indicados en
los reales decretos de establecimiento de los títulos.

Aula polivalente.

Ordenadores instalados en red, sistema de proyección e internet.
Medios audiovisuales.
Programas informáticos de aplicación.

Aula técnica de
coordinación de
emergencias.

Zona para prácticas de coordinación en equipo.
Un ordenador por cada 2 alumnos, conectado en red, equipado con sistema de información geográfica (tipo ArcGIS,
ArcVIEW, Autodesk Geospatial o similar), software para simulación de escenarios de emergencia hidrológicos, sísmicos,
volcánicos, de incendios forestales, entre otros y software de gestión de operaciones de emergencias.
Medios audiovisuales que posibiliten comunicaciones internas-externas.

Aula técnica de
mantenimiento de
vehículos, máquinas y
equipos de
emergencias y
protección civil.

Equipos para la limpieza de EPIS, perchas para secado posterior.
Equipo de soldadura y corte.
Equipos para lijado, decapado y pintado de elementos.
Compresor de aire para limpieza, pintado y otras acciones.
Equipos para el petroleado y engrasado de elementos, piezas o vehículos, y sistemas de atornillado neumático.

cve: BOE-A-2025-7096
Verificable en https://www.boe.es

Equipamiento mínimo