Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-7063)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española, para el asesoramiento jurídico de mujeres españolas víctimas de violencia en el extranjero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Martes 8 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 48701

– Asegurar la unidad de defensa de manera que una misma dirección letrada deberá
asumir la defensa de la víctima en España, siempre que con ello se garantice
debidamente su derecho de defensa. Este derecho asistirá también a los causahabientes
en caso de fallecimiento de la víctima, siempre que no fueran partícipes en los hechos.
– En todo caso, una vez en España, se garantizará la defensa jurídica, gratuita y
especializada de forma inmediata a todas las víctimas de violencia de género que lo
soliciten y se procederá de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/1996, de 10 de
enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Tercera. Compromisos del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación se compromete a
colaborar con la Fundación Abogacía del Consejo General de la Abogacía Española en
el desarrollo de las actuaciones previstas en la cláusula segunda del presente convenio
y, específicamente, asume los siguientes compromisos:
– Derivar a las mujeres españolas que sufran situaciones de violencia en el exterior
y que requieran el asesoramiento de un abogado/a español/a a los profesionales
seleccionados por la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española, con el
apoyo de la Subcomisión de Violencia sobre las Mujeres del Consejo General, sin
perjuicio del derecho a la libre elección de profesional.
– Informar a las españolas en el exterior que sufran situaciones de violencia, en
colaboración con la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española y la
Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, sobre el servicio objeto de este
convenio y, en general, continuar proporcionando información sobre los derechos que
asisten a las víctimas de violencia contra las mujeres en España y en el extranjero.
– Hacer constar en todas las publicaciones, comunicados e información que se
elabore y divulgue al amparo del presente convenio la colaboración de la Fundación del
Consejo General de la Abogacía Española y, en caso de que se trate de material o
comunicaciones impresas, incluir el anagrama identificativo del mismo.
Cuarta.

Compromisos de la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española.

La Fundación del Consejo General de la Abogacía Española se compromete a
colaborar con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en el
desarrollo de las actuaciones previstas en la cláusula segunda del presente convenio y,
específicamente, asume los siguientes compromisos:

Quinta.

Financiación.

El presente convenio no comportará ningún tipo de contraprestación económica para
el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ni para la Fundación
del Consejo General de la Abogacía Española.

cve: BOE-A-2025-7063
Verificable en https://www.boe.es

– Crear, con la colaboración y asesoramiento de la Subcomisión de Violencia sobre
las Mujeres del Consejo General, un sistema de atención y asesoramiento jurídico
gratuito para atender eficientemente las solicitudes que se produzcan en el ámbito de
actuación del presente convenio.
– Gestionar los procesos de nuevas incorporaciones y de bajas de profesionales
especializados/as.
– Promover, diseñar e implementar en colaboración con la Dirección General de
Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, acciones para dar a conocer el
contenido del presente convenio.