Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-7085)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., por la que se publica el segundo Convenio con la Universidad de Córdoba, para la evaluación de la dinámica de extinción en metacomunidades cambiantes en la cuenca hidrográfica del Guadalquivir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Martes 8 de abril de 2025

Sec. III. Pág. 48880

Tercera. Ámbito territorial.
Las actividades del proyecto se realizarán en el ámbito territorial de la Demarcación
Hidrográfica del Guadalquivir.
Cuarta.

Ámbito material.

Ambas partes se comprometen a aportar los medios materiales, técnicos, humanos y
económicos, que sean precisos para la materialización de las acciones arriba descritas y
en concreto:
La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir aportará:
a)

Medios materiales:

Coordinación de los trabajos por parte de un Jefe de Área de la Oficina de
Planificación Hidrológica.
Las horas de trabajo necesarias de funcionarios de la Oficina de Planificación
Hidrológica.
b)

Financiación:

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir aportará una cantidad económica por
importe de sesenta y cuatro mil ciento treinta euros (64.130 euros) con cargo a la
aplicación presupuestaria 23.105.452A.227.06 y en concreto con una única anualidad:
Año: 2025
Importe: 64.130 euros.
La Universidad de Córdoba aportará:

El abono de las cantidades irá precedido del Acta de la Comisión de Seguimiento del
convenio previsto en la cláusula sexta, en la que se concrete el estado y avance de los
trabajos y se cuantifique el grado de cumplimiento del convenio, cuantificándose los
gastos asumidos por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, OA.
Los citados importes se abonarán contra Requerimiento de pago en la Cuenta con
IBAN número ES16 2100 7435 83 2200083052 abierta en la Caixa a nombre de la
Universidad de Córdoba.
Una vez efectuado cada ingreso por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir,
OA, la Universidad de Córdoba emitirá un certificado del ingreso recibido, que recogerá
la entidad pagadora, la fecha, el concepto y la cantidad.
No obstante, se podrán percibir anticipos en concepto de actividades preparatorias
que resulten necesarias para realizar las actividades objeto del presente convenio, en los
términos y límites que prevé el artículo 21 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria.
La aportación económica del Organismo de Cuenca no podrá superar el importe de
los gastos derivados de la ejecución del convenio, de conformidad con lo previsto en el
artículo 48.6 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta.

Derechos sobre los resultados del estudio.

Los resultados del Programa serán propiedad de la Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir y de la Universidad de Córdoba, debiendo informar una parte a la otra, con
carácter previo, del uso que vaya a hacer de esos resultados.

cve: BOE-A-2025-7085
Verificable en https://www.boe.es

Las horas de trabajo de sus investigadores.
Equipamiento científico necesario para realizar todas las pruebas de caracterización
de los sistemas diseñados.