Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Universidad de Vic-Universidad Central de Cataluña. Organización. (BOE-A-2025-7042)
Acuerdo GOV/76/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Universidad de Vic-Universidad Central de Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Martes 8 de abril de 2025

Sec. I. Pág. 48437

c) Nombrar al gerente o a la gerente de la Universidad a propuesta del rector o
rectora de la UVic-UCC y del director o directora general de la FUBalmes.
d) Aprobar los planes estratégicos de la Universidad y realizar su seguimiento.
e) Nombrar, a propuesta del rector o rectora, a los altos cargos de la UVic-UCC,
entendiéndose como tales los vicerrectores, el secretario o secretaria general, los
decanos o directores de centros docentes y los directores de los centros de investigación
y transferencia de conocimiento, de las cátedras y de centros de investigación, y
cualquier otro cargo con carácter equivalente.
f) Aprobar la implantación de nuevas enseñanzas, la modificación y la supresión de
enseñanzas oficiales en la UVic-UCC, y la creación, la modificación, la fusión y la
supresión de escuelas, facultades, centros de investigación y transferencia de
conocimiento, cátedras, institutos universitarios de investigación y otros centros o
estructuras que sean necesarios, siempre de conformidad con la normativa aplicable.
g) Definir los criterios para la confección del presupuesto, aprobar el presupuesto
de la FUBalmes, su liquidación y los documentos que integran las cuentas anuales.
h) Aprobar la política de precios de la Universidad en lo que se refiere a los centros
de la FUBalmes, así como los programas de becas y ayudas, según la propuesta
efectuada por el Consejo de Gobierno de la UVic-UCC respecto de los centros y
servicios de la Universidad.
i) Aprobar los criterios de selección del personal de la Universidad en lo que se
refiere a los centros de la FUBalmes, las normas de funcionamiento laboral y promoción
interna y el convenio colectivo aplicables a su personal.
j) Realizar todas las actuaciones de gobierno, de gestión y de administración
económica de la Universidad.
k) Aprobar los contratos y convenios de federación, adscripción o, si procede,
vinculación con instituciones de enseñanza superior, centros de investigación y
transferencia de conocimiento, institutos de investigación y otras instituciones con
objetivos afines a los de la UVic-UCC, así como aprobar la solicitud de reconocimiento
de instituciones sanitarias como hospitales universitarios y el convenio correspondiente.
2. El Patronato debe aprobar o ratificar, en su caso, las propuestas y acuerdos del
Consejo de Gobierno de la UVic-UCC que prevén estas NOF o los estatutos de la
FUBalmes y, en todo caso, los que tengan una incidencia económica o relevancia
estratégica para la Universidad.
3. La estructura federada de la UVic-UCC compromete a la FUBalmes y a las
entidades federadas a establecer criterios homogéneos de gestión y gobernanza y,
concretamente:
a) Establecer criterios generales para la confección de los presupuestos de los
centros y servicios de la Universidad.
b) Facilitar la información de los aspectos económicos y de gestión, especialmente
de sus respectivos presupuestos y cuentas anuales.
c) Analizar y promover la implantación de servicios comunes en base a criterios de
eficiencia.

Órganos colegiados
Sección primera.
Artículo 24.

La Junta de Rectorado

La Junta de Rectorado.

La Junta de Rectorado es el órgano que asiste al rector o rectora en las
responsabilidades de gobierno y gestión de la Universidad y está formado por el rector o

cve: BOE-A-2025-7042
Verificable en https://www.boe.es

CAPÍTULO SEGUNDO