Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Universidad de Vic-Universidad Central de Cataluña. Organización. (BOE-A-2025-7042)
Acuerdo GOV/76/2025, de 25 de marzo, por el que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Universidad de Vic-Universidad Central de Cataluña.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Martes 8 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 48430
e) Estudiantes en prácticas.
f) El personal investigador externo que haya solicitado la doble filiación.
5. La aprobación de la creación, modificación, supresión o fusión de departamentos
corresponde al Consejo de Gobierno de la UVic-UCC a propuesta del Consejo de
Gobierno de Centro u órgano equivalente según cada centro. El acuerdo de creación
debe contemplar su estructura, sus funciones y su dependencia orgánica.
Este acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad debe elevarse al Patronato
de la FUBalmes para su aprobación, y a las entidades federadas cuando se trate de
centros de su titularidad, para su ratificación.
Artículo 10. Funciones de los departamentos.
1.
Son funciones de un departamento:
a) Velar por la trayectoria académica, de investigación y profesional del personal
docente e investigador y del personal docente e investigador en formación adscrito al
departamento.
b) Garantizar la atención personalizada a todos los miembros que forman parte del
departamento y su participación en las actividades dirigidas por el departamento.
c) Proponer a la dirección del centro la creación, la supresión o el reajuste de
puestos de trabajo para personal docente e investigador.
d) Participar en la selección y promoción de las personas adscritas al
departamento.
e) Proponer a la dirección de los centros la asignación de la dedicación académica
anual, de acuerdo con el plan docente, el plan de investigación y transferencia de
conocimiento y la normativa establecida en la UVic-UCC.
f) Participar en los programas de evaluación del personal docente e investigador y
en los planes de formación y mejora de la actividad docente e investigadora.
g) Velar por el desarrollo de la docencia de las enseñanzas, de acuerdo con las
directrices de la UVic-UCC.
h) Impulsar y facilitar la investigación, la transferencia de conocimiento y la
divulgación científica del personal docente e investigador del departamento, de acuerdo
con las directrices de la UVic-UCC.
i) Participar en las actividades institucionales y en los órganos de gobierno que
correspondan.
Artículo 11.
La Escuela de Doctorado.
1. La Escuela de Doctorado de la UVic-UCC es una unidad estructural de
ordenación, organización y coordinación de las enseñanzas y actividades propias del
doctorado que depende funcionalmente del vicerrectorado con funciones de
investigación y transferencia de conocimiento.
2. La Escuela de Doctorado se rige por la normativa vigente aplicable y por su
propio reglamento, que deben aprobar el Consejo de Gobierno de la UVic-UCC y el
Patronato de la FUBalmes.
cve: BOE-A-2025-7042
Verificable en https://www.boe.es
2. Los departamentos deben impulsar la investigación en sus ámbitos de
experiencia y colaborar activamente con los CERT, las cátedras, los institutos
universitarios de investigación y con los grupos de investigación, si procede, para evaluar
y asignar la actividad de investigación del personal docente e investigador.
3. Los departamentos se pueden estructurar y coordinar según sus necesidades
para propiciar el intercambio de conocimientos y metodologías y facilitar la investigación
y la transferencia de conocimiento y la tecnología interna y externa con grupos de otras
universidades.
4. Los departamentos pueden solicitar el reconocimiento de nuevos grupos de
investigación.
Núm. 85
Martes 8 de abril de 2025
Sec. I. Pág. 48430
e) Estudiantes en prácticas.
f) El personal investigador externo que haya solicitado la doble filiación.
5. La aprobación de la creación, modificación, supresión o fusión de departamentos
corresponde al Consejo de Gobierno de la UVic-UCC a propuesta del Consejo de
Gobierno de Centro u órgano equivalente según cada centro. El acuerdo de creación
debe contemplar su estructura, sus funciones y su dependencia orgánica.
Este acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad debe elevarse al Patronato
de la FUBalmes para su aprobación, y a las entidades federadas cuando se trate de
centros de su titularidad, para su ratificación.
Artículo 10. Funciones de los departamentos.
1.
Son funciones de un departamento:
a) Velar por la trayectoria académica, de investigación y profesional del personal
docente e investigador y del personal docente e investigador en formación adscrito al
departamento.
b) Garantizar la atención personalizada a todos los miembros que forman parte del
departamento y su participación en las actividades dirigidas por el departamento.
c) Proponer a la dirección del centro la creación, la supresión o el reajuste de
puestos de trabajo para personal docente e investigador.
d) Participar en la selección y promoción de las personas adscritas al
departamento.
e) Proponer a la dirección de los centros la asignación de la dedicación académica
anual, de acuerdo con el plan docente, el plan de investigación y transferencia de
conocimiento y la normativa establecida en la UVic-UCC.
f) Participar en los programas de evaluación del personal docente e investigador y
en los planes de formación y mejora de la actividad docente e investigadora.
g) Velar por el desarrollo de la docencia de las enseñanzas, de acuerdo con las
directrices de la UVic-UCC.
h) Impulsar y facilitar la investigación, la transferencia de conocimiento y la
divulgación científica del personal docente e investigador del departamento, de acuerdo
con las directrices de la UVic-UCC.
i) Participar en las actividades institucionales y en los órganos de gobierno que
correspondan.
Artículo 11.
La Escuela de Doctorado.
1. La Escuela de Doctorado de la UVic-UCC es una unidad estructural de
ordenación, organización y coordinación de las enseñanzas y actividades propias del
doctorado que depende funcionalmente del vicerrectorado con funciones de
investigación y transferencia de conocimiento.
2. La Escuela de Doctorado se rige por la normativa vigente aplicable y por su
propio reglamento, que deben aprobar el Consejo de Gobierno de la UVic-UCC y el
Patronato de la FUBalmes.
cve: BOE-A-2025-7042
Verificable en https://www.boe.es
2. Los departamentos deben impulsar la investigación en sus ámbitos de
experiencia y colaborar activamente con los CERT, las cátedras, los institutos
universitarios de investigación y con los grupos de investigación, si procede, para evaluar
y asignar la actividad de investigación del personal docente e investigador.
3. Los departamentos se pueden estructurar y coordinar según sus necesidades
para propiciar el intercambio de conocimientos y metodologías y facilitar la investigación
y la transferencia de conocimiento y la tecnología interna y externa con grupos de otras
universidades.
4. Los departamentos pueden solicitar el reconocimiento de nuevos grupos de
investigación.