Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-7002)
Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de abril de 2025

Sec. II.B. Pág. 47868

indicación expresa de la causa de exclusión. Las listas serán expuestas en el Tablón
Electrónico de Anuncios de la Universidad de Valladolid y para su mayor difusión, en su
página web https://pdi.uva.es. En dichas listas figurarán las personas aspirantes
identificadas según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4.2 Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación en el BOCYL de la resolución aludida en la
base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en
las relaciones de personas admitidas y excluidas. El procedimiento de subsanación se
realizará accediendo al mismo expediente en el que se tramitó la solicitud, a través de la
Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid-Carpeta ciudadana (oficina virtual)–
Trámites pendientes y anexando la documentación necesaria para la subsanación de las
causas que motivan su exclusión o alegando la omisión.
Aquellas personas que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas. En todo
caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse éstos, de posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, se deberá comprobar fehacientemente, no sólo que no
figuran recogidos en la relación de personas excluidas, sino, además, que sus nombres
constan en la pertinente relación de personas admitidas.
La resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas
será objeto de publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad de
Valladolid y en su página web. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y,
consiguientemente, aquellas personas definitivamente excluidas podrán interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. Potestativamente, podrán
interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un
mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso, no podrá interponerse el
recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable la persona interesada. Únicamente en el caso de que la
Universidad publicase modificaciones del anexo I de la convocatoria que afecten a la
plaza convocada, se procedería al reintegro de las tasas una vez que se solicite, en el
nuevo plazo concedido para la presentación de solicitudes en la modificación de la
convocatoria, justificando el pago y comunicando el IBAN del número de su cuenta
bancaria a la que realizar la devolución. En este caso la solicitud de devolución implicaría
el desistimiento a la participación en el concurso.
5.

Comisiones de Selección

5.1 Las Comisiones de Selección están formadas por los miembros que figuran en
el anexo II de la presente resolución, cuyo nombramiento se efectúa por este rectorado,
a propuesta de la Comisión de Profesorado, oído el Departamento afectado, conforme a
la normativa vigente.
5.2 El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma.
En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este rectorado.
5.3 Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la
comisión, o éstos abstenerse, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en
el artículo 23.2 de la LRJSP. El escrito de abstención o recusación se dirigirá al Rector de
la Universidad quien, a la vista de las manifestaciones efectuadas por el miembro de la
comisión, resolverá en el plazo de tres días hábiles, previos los informes y
comprobaciones que considere oportunos.
Los miembros de las distintas Comisiones de Selección no podrán hallarse incursos
en los conflictos de intereses regulados en el Real Decreto 678/2023. A estos efectos,

cve: BOE-A-2025-7002
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Núm. 84